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Legislacion Tributaria


Enviado por   •  18 de Marzo de 2014  •  345 Palabras (2 Páginas)  •  430 Visitas

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Jurisprudencia

Según el Libro IV del Código Tributario “Infracciones, sanciones y delitos Tributarios o Derecho Penal Tributario”, TITULO I denominado: Infracciones y sanciones Administrativas.

Considerando el Artículo 172 del dicho Código nos habla sobre:

“Tipos de Infracciones Tributarias”: Las infracciones tributarias se originan por el incumplimiento de las obligaciones siguientes:

1. De inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción.

2. De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos.

3. De llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos.

4. De presentar declaraciones y comunicaciones.

5. De permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma.

6. Otras obligaciones tributarias.

Las infracciones tributarias que se originan por el incumplimiento de las obligaciones siguientes: Para nuestro trabajo hemos considerado el numeral 2 denominado: De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos.

Analizando el Artículo 174 del libro IV del Código Tributario llegamos a la conclusión que la infracción cometida por el propietario del establecimiento se encuentra presente dentro de este Artículo numeral 1 el cual pasaremos a mencionar:

ARTÍCULO 174: Infracciones Relacionadas con la Obligación de emitir, otorgar y exigir Comprobantes de Pago y/o otros Documentos:

Constituye infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago:

1.- No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

Observando la Tabla de Infracciones relacionada con el ART 174 numeral 1 del presente Código Tributario.

Pasaremos a continuación a explicar el Proceso Operativo y los pasos que ha seguido el propietario del establecimiento por haber cometido la infracción que se encuentra en el libro IV del Código Tributario artículo 174 numeral 1:

PROCESO OPERATIVO

CONCLUSIONES

Para evitar ser sancionado y cometer infracciones, ya sea por descuido o intencionalmente, se debe tener presente las consecuencias.

La obligación de SUNAT es velar por el cumplimiento de las normas, ya sea que para algunos estas sanciones puedan ser severas.

En el caso que desconozcamos el procedimiento a seguir, tengamos información insuficiente obtenida, acudamos a las áreas de orientación al contribuyente de las oficinas de la SUNAT o nos comuniquemos a la Central Telefónica o solicitar apoyo a profesionales competentes, para evitar sanciones.

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