Legislacion
Enviado por tatijimenez1807 • 5 de Junio de 2015 • 1.153 Palabras (5 Páginas) • 152 Visitas
TALLER N°1
1. Son los documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora.
2. A la orden: el título valor a la orden contiene el nombre del beneficiario. Se caracterizan por ser transmitidos mediante el procedimiento del endoso a lo que debe agregarse la entrega
Título valor nominativo, también, se indica el nombre del beneficiario. El nombre de esta persona debe aparecer en el título propiamente dicho y, además, en un registro que lleva el creador del título. Sólo será reconocido como legítimo tenedor quien figure en el título y en el registro correspondiente
Título valor al portador es aquél en el cual no figura el nombre del beneficiario y se trasmite mediante su mera entrega. Generalmente, el espacio destinado al nombre del beneficiario se deja en blanco. Si después se completa con el nombre de una persona determinada,
3. Es obligado conforme al tenor literal del mismos, a menos que firme salvedades compatibles con su esencia
4. Es la obligación autónomamente, las circunstancias que invaliden la obligación de alguno o algunas de los obligados de los demás, cada poseedor tiene derecho propio.
5. Se transmite al heredero.
6. La mención del derecho que en el título se incorpora, y La firma de quién lo crea.
7. Sirve para indicación del momento a partir del cual se cuente el término para poder llenar el título.
8. Quien posee el título , el tomador
9. El título en blanco no es negociable sino cuando los espacios en blanco se han llenado de conformidad con las instrucciones del suscriptor, quedando para este, la carga para este, cuando el título fue llenado contrariando tales instrucciones.
10. Se considera tenedor legitimo del título a quien posea conforme a su ley de circulación; requisito indispensable para poder ejercer el derecho.
11. Es una clausula accesoria e inseparable del título, por virtud de la cual el acreedor pone a otro acreedor a su lugar dentro del título, sea con carácter ilimitado.
12. es aquella en que le primer endoso debe estar firmado por el tomador y cada siguiente endoso por la persona designada por el endoso inmediatamente precedente, es decir, que el endosante sea el endosatario del endoso anterior.
13. FUNCION DE TRADICION para la negociación o la trasferencia del título, porque se requiere para poderlo negociar con efectos cambiarios.
• FUNCIÓN DE GARANTIA Porque todo endosante por el hecho de endosar se compromete al pago del título frente a los tenedores posteriores. Esa es la regla general, el endosante por el hecho de endosar se responsabiliza del pago del título,
• FUNCIÓN DE LEGITIMACIÓN. Además de las dos funciones indicadas, el endoso cumple una función legitimadora, porque el adquirente de un título valor a la orden, para que pueda ser tenido como dueño, como titular, debe exhibir el título precedido de una cadena de endosos, de endosos que no tengan solución de continuidad.
14. Se transmite la propiedad del título, es el único endoso que se transmite efectos: es necesario para que se produzca el efecto traslativo es necesario que el endosante tenga legitimación necesaria para poder endosar el título, y está obligado ante el nuevo tenedor del título, en forma solidaria con los endosantes anteriores.
15. No transfiere la propiedad del título valor, pero faculta al endosatario para actuar en nombre de su endosante entando autorizado a presentar el título valor a su aceptación, el endosante conforme a lo señalado goza de todos los derechos y obligaciones que corresponde a su endosante, Efectos: convierte al endosante en el titular del título.
16. Contiene la cláusula en garantía, en endosatario puede ejercitar todos los derechos inherentes al tirulo valor, EFECTO: todo endosante garantiza la aceptación y el pago de la obligación cambiaria.
17. Se pierde la autonomía,
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