Legislacion
Enviado por lainsuperable • 12 de Julio de 2015 • 882 Palabras (4 Páginas) • 430 Visitas
TAREA No. 6: Prestaciones Laborales
1- Utilizando el Código de Trabajo realizar un cuadro que describa los días de preaviso, cesantía y la asistencia económica. Coloque en la plataforma UAPA.
Preaviso
De 3 a 6 meses
De 6 a 12 meses
De 12 meses en adelante Cantidad de días específicos a ser pagados al empleado dependiendo de los años de servicio que el empleado tenga en la empresa.
7 días de preaviso
14 días de preaviso
28 días de preaviso
Cesantía
De 3 a 6 meses
De 6 a 12 meses
De 1 a 5 años
De 5 años en adelante Cantidad de días específicos a ser pagados al empleado dependiendo de los años de servicio que el empleado tenga en la empresa.
6 días de cesantía.
13 días de cesantía.
21 días de cesantía por año.
23 días de cesantía por año, más la porción del último año no cumplido.
Asistencia Económica
De 3 a 6 meses
De 6 a 12 meses
De 1 año en adelante Entidad de días específicos a ser pagados al empleado dependiendo de los años de servicio que el empleado tenga en la empresa.
5 días.
10 días.
15 días por año más la porción del último año no cumplido.
2- Utilizando el Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo describa cuales son los factores divisores para calcular las prestaciones laborales y la participación en los beneficios o utilidades de la empresa (Bonificación). Coloque en la plataforma UAPA.
Como obtengo el factor divisor 23.83?
El factor divisor se obtiene de la operación siguiente:
Los días de trabajo de la semana (5.5) X la cantidad de semanas del año (52) = 286 horas, luego se divide entre el número de meses del año calendario (12),
Factor divisor = 23.83
PARTICIPACION DE LOS BENEFICIOS DE LA EMPRESA:
Las empresas están obligadas a otorgar una participación equivalente al 10% de los beneficios netos anuales a todos sus trabajadores por un tiempo indefinido. La participación será según lo establece el art. Del código de trabajo.
Trabajadores con menos de 1 a 3 años de antigüedad 45 días de salario ordinario o la proporción.
Trabajadores con 3 años o más de antigüedad 60 días de salario ordinario.
La participación será proporcional al salario anual del tiempo trabajado.
El pago se hará a los trabajadores entre 90 a 120 días del cierre de cada ejercicio fiscal.
3- Elaboración de un reporte con los elementos distintivos entre derechos adquiridos y asistencia económica.
Derechos Adquiridos, los cuales a diferencia de las prestaciones, nacen desde el momento que se empieza a desarrollar la relación laboral, es decir, desde el momento que inicia a trabajar y no importa de la manera en que haya terminado la relación laboral estos deberán ser pagados, la única observación que se debe de tener en cuenta es que al ser adquiridos
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