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Levantamiento Y Manipulación De Cargas


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2014  •  1.988 Palabras (8 Páginas)  •  594 Visitas

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*Levantamiento y Manipulación de Cargas*

Los trabajadores y trabajadoras mayormente se ven expuestos a realizar esfuerzos físicos, según sea su área de trabajo, siendo esto un factor muy importante en la salud de cada uno de ellos.

Es Importante estar informados sobre cómo se debe hacer los levantamientos de cargas y que peso máximo se debe levantar.

Haciendo énfasis en esto nos encontramos con el Anteproyecto de Norma Técnica para Control en Manipulación, Levantamiento y Traslado de cargas la cual tiene como objetivo principal:

• Establecer criterios, Pausas y Procedimientos, fundamentales para la regulación de la manipulación, levantamientos y traslado de cargas con relación a los procesos peligrosos y condiciones disergonomicas generadas por los procesos de trabajo que produzcan un daño a la salud o perjudiquen las condiciones físicas de los trabajadores y trabajadoras.

Todo esto considerando las operaciones de levantamiento, descenso, empuje, tracción y movilización de objetos, personas y/o animales, así como la frecuencia y duración de dichos procesos, garantizando condiciones de seguridad y salud a cada uno de los trabajadores y trabajadoras.

Esta norma se aplica en general a toda institución y/o empresa que sirva como prestación de servicios personales y cuenten con empleador o empleadora, trabajadores o trabajadoras, asociados y asociadas de cooperativas, sea cual sea su naturaleza. Cabe destacar que esta norma la estipula el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INSASEL).

Esta norma técnica nos habla de los sistemas que se usan al momento de realizar un levantamiento y manipular una carga, que serían los medios técnicos, estos van desde automatizados, mecánicos y manuales. Expresados en los artículos 9,10 y 11 de la presente norma; nos dicen que:

• Cuando las cargas sean uniformes y de peso constante, los materiales se muevan continuamente, las rustas de desplazamientos no varíen en otros aspectos, el empleador o empleadora deberá garantizar el uso sistemas automatizados; es también obligación del empleador o empleadora, garantizar la implementación de sistemas mecánicos cuando sean necesarios para minimizar el fuerzo físico de trabajador y trabajadora. En caso de que sea imposible la aplicación de sistemas automatizados y/o mecánicos, el empleador o empleadora deberá garantizar las condiciones óptimas para reducir el esfuerzo físico de cada uno de los trabajadores, y en caso de que no se puedan aplicar ninguna de las anteriores el empleador o empleadora, deberá justificar con especificaciones técnicas ante la instancia de control de seguridad y salud laboral la imposibilidad de la aplicación de estos medios técnicos ya nombrados, ante el comité de salud y seguridad laboral de la empresa, cooperativa, unidad de explotación entre otros

Es obligación del empleador o empleadora garantizar a través del servicios de seguridad y salud laboral en su programa se salud y seguridad en el trabajo que la carga máxima a levantar por parte de cada uno de los trabajadores y trabajadoras sea de 20 Kilogramos, en condiciones ideales de manipulación y con trabajadores formados en el modo correcto de manipulación y que no exceda de 4 levantamientos por min. De igual manera se establecen la cantidad de peso máximo permisible para hombres, mujeres y embarazadas que son:

• Hombres: 20 Kilogramos

• Mujeres: 12 Kilogramos

• En cuanto a las mujeres embarazadas se deberá garantizar la no manipulación y levantamientos de cargas durante los 9 meses de embarazo, resguardando la salud y seguridad de la misma y de su infante.

Todo esto expresado en los artículos 30, 34, 35, 36 de la presente norma.

En conjunto con el tema de levantamiento y manipulación de cargas, nos encontramos con el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo; analizando los artículos 222, 22, 224, 235, encontramos que es obligatorio que en todo centro de trabajo se haga cumplir en todo lo que respecta el basamento legal sobre el manejo de carga, ya que toda institución, empresa, faena, entre otros, están obligadas a implementar todas las medias de seguridad y salud así como también la instrucción previa, para el levantamiento de cargas, de esta manera evitar riesgos o enfermedades ocupacionales.

Todo trabajador debe tener el conocimiento del contenido o sustancia contenida en el interior de la carga manipulada, ya que estas pueden contener sustancias corrosivas o nocivas para la salud; bordes cortantes entre otros. Para la protección de la vida de los trabajadores y trabajadoras deberá dotarse de la correcta información necesaria, así como equipos de protección personal (EPP) de acuerdo a los riesgos latentes y sustancias manipuladas.

Es importante mencionar que en este tipo de trabajos deben estar presentes los métodos ergonómicos para realizar levantamientos de cargas, de una forma segura, sin movimientos bruscos o repetitivos.

En continuidad con el tema, nos encontramos la Norma Covenin 2248 – 87 Manejo de Materiales y Equipos.

En este contexto se establece las medidas generales de seguridad en el manejo manual de los materiales, siendo una tarea bastante frecuente en determinadas actividades, realizándose de manera repetitiva dependiendo de la labor. Esta norma estipula que las cargas máximas a soportar de acuerdo a la edad y sexo varían desde:

• Hombres mayores de 18 años de edad: 50Kg

• Hombres entre 16 y 18 años de edad: 20Kg

• Mujeres Mayores de 18 años de edad: 20Kg

• Mujeres entre 16 y 18 años de edad: 15 Kg

Las especificaciones de esta norma según lo razonado no irrelevantes, debido a que se considera que los pesos de cargas máximas son un tanto elevados considerando la capacidad de fuerzas, movimientos repetitivos, traslados entre otros puntos, lo cual afectarían de manera considerable a la salud de los trabajadores y trabajadoras, quedando así en segundo plano, y sosteniendo las estipulaciones del el Anteproyecto de Norma Técnica para Control en Manipulación, Levantamiento y Traslado de Cargas.

Cabe destacar que la norma técnica por ser un anteproyecto no está totalmente aprobada por lo que sostener las estipulaciones de la misma es de carácter subjetivo.

Otras de las estipulaciones encontradas en la Covenin 2248 – 87 son:

• Los Lugares por donde se han de transportar las cargas, deberán estar libres, es decir, sin algún obstáculo que incomode y retrase el desplazamiento del trabajador

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