ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley 1306


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  Informe  •  1.374 Palabras (6 Páginas)  •  484 Visitas

Página 1 de 6

Ley 1306 de 2009. Protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados.

Según lo leído y comprendido de la ley estudiada el objeto es la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad y la rehabilitación y el bienestar del afectado, a través del ejercicio de las guardas, de las consejerías y de los sistemas de administración patrimonial.

Según lo leído en los artículos de esta ley procura modernizar las normas de protección de individuos con discapacidad mental y adaptarlas a la Carta Política vigente y a las diversas convenciones internacionales sobre personas con discapacidad a las que Colombia ha adoptado, pero especialmente para lograr que la sociedad cumpla con su función de proteger e incluir a todos los sujetos de Derecho como corresponde a una Nación moderna organizada como Estado Social de Derecho.

La concordancia de esta norma frente a los principios constitucionales es otro elemento que encontramos dentro de la ley y es observable a simple vista pues la ley 1306 de 2009 plantea en sus artículos cinco y seis, garantía de derechos y obligaciones con los discapacitados mentales, no discriminación, protección y seguridad y esto es correlativamente consecuente con los principios constitucionales acogidos en nuestro ordenamiento jurídico, más exactamente en nuestra Constitución Política estableciendo esto en la parte dogmática de la misma; al igual que la importancia dentro de este como principios como la solidaridad, prevalencia de los derechos fundamentales, prevalencia del interés general, prosperidad, seguridad, diversidad y dignidad.

El cambio más relevante desde esta perspectiva, es el modo de abordar jurídicamente el tema de la discapacidad mental. “Se sustituye el término demente por la expresión persona con discapacidad mental con lo cual se pone en evidencia que para el ordenamiento jurídico quien padezca una discapacidad mental es persona y ha de ser tratada como tal”.

Bajo esta nueva legislación, se explicitan los derechos, las medidas de protección así como las garantías de las que gozan las personas con discapacidad mental absoluta y de las personas con discapacidad mental relativa.

En ese sentido, se reglamentaron los requisitos y funciones de los “guardadores”, es decir de las personas que tiene a su cargo el cuidado de la persona y la administración de los bienes de quienes padecen alguno de los tipos de discapacidad contemplados en la ley.

La promulgación de esta ley representa un gran avance para el país, pues se trata de una legislación moderna que brinda una protección integral a las personas con discapacidad mental.

Por su parte, el Ministerio Público, en cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, “ejercerá una vigilancia y control de las actuaciones públicas relacionadas con todos aquellos que tienen a su cargo personas con discapacidad mental”. Misma ley, con el ánimo de que no se le vulneren sus derechos y por ende garantizar un nivel de vida adecuado.

El mérito de la ley 1306 de 2009 no es más que garantizar y ofrecer a los discapacitados mentales oportunidades orientadas a la prelación, y protección de sus derechos, condiciones de vida, capacidad de ejercicio de sus derechos de manera indirecta pero con beneficios para la integridad personal, esto es identificable en la ley cuando se tocan temas como lo son las obligaciones hacia los discapacitados mentales, la protección y actuación del estado en la inspección, vigilancia y verificación del respeto a los derechos fundamentales, prestación del servicio de salud, educación rehabilitación, sanidad derecho al trabajo y mecanismos de protección de derechos de los discapacitados mentales.

Pero de acuerdo con La Ley 1306 de 2009, en su artículo primero, señala que el “ejercicio de las guardas y consejerías y de los sistemas de administración patrimonial, tendrán como objetivo principal la rehabilitación y el bienestar del afectado”, a lo que agrega que “la protección de la persona con discapacidad mental y de sus derechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplicación de estas normas”.

La actual ley, en relación a las personas que deben tener guardador,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com