Ley De Contrataciones Publicas
Enviado por mary_noche • 19 de Junio de 2013 • 2.335 Palabras (10 Páginas) • 467 Visitas
INTRODUCCIÓN.
La Ley de Contrataciones Públicas se puede considerar como una normativa destinada, a regular toda la “contratación pública” es decir, toda la actividad contractual del Estado y, por tanto, los contratos del Estado o contratos públicos celebrados por las personas jurídicas estadales. Fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.895 de fecha 25 de marzo de 2008, reformada en el 2009 y publicada en gaceta Nº 39.165 de fecha 24 de abril de 2009 y posteriormente en el 2010 y publicada en gaceta Nº 39.503 de fecha 06 de septiembre de 2010. Esta ley viene a derogar el Decreto Ley de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones Nº 1.555 y publicado en la gaceta Oficial Nº 5.556 de fecha: 13 de noviembre del 13/11/2001. Es un instrumento jurídico el cual estaba diseñado para regir, modernizar y agilizar los procedimientos de selección de contratistas, llevados a cabo por los entes públicos.
El objeto de la ley de Contrataciones Publica consiste en regular la actividad del estado para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras y asegurar la transparencia de los órganos del estado.
La Ley de Contrataciones Públicas le otorga la facultad a los Consejos Comunales como órganos de participación ciudadana, para realizar contrataciones de obras y adquisición de bienes y/o servicios, seleccionando el tipo de contratación de acuerdo a sus requerimientos, preferiblemente por “Consulta de Precios” y de esta manera brindar soluciones a las necesidades más urgentes y cercanas a la comunidad. Los consejos comunales, con los recursos asignados por los entes del Estado podrán aplicar las modalidades de selección de contratistas y deberán realizar contraloría social a fin de hacer control, seguimiento y rendición de cuentas en la ejecución de los contratos.
LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Esta Ley tiene por objeto regular la actividad del Estado para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, con la finalidad de preservar el patrimonio público, fortalecer la soberanía, desarrollar la capacidad productiva y asegurar la transparencia de las actuaciones de los órganos y entes sujetos a la Presente Ley, de manera de coadyuvar al crecimiento sostenido y diversificado de la economía.
En su objeto esta ley presente aspectos muy importantes, los cuales se explican de mejor manera a continuación:
.Regular la actividad del estado para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras: esta característica de la ley implica que su objeto va más de allá de regular los procesos de selección de contratistas, que su objeto es regular toda la actividad del estado en materia contrataciones públicas.
-Preservar el patrimonio público: significa cuidar, resguardar, defender todo aquello que corresponde por cualquier titulo a: 1) La República; 2) Los Estados y Municipios; 3) Los Institutos Autónomos, los establecimientos públicos y demás personas jurídicas de derecho público en las cuales los organismos antes mencionados tengan participación; 4) Las sociedades en las cuales la República y demás personas a que se refieran los numerales anteriores tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento del capital social. Quedarán comprendidas, además, las sociedades de propiedad totalmente estatal cuya función, a través de la posesión de acciones de otras sociedades, sea coordinar la gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional; 5) Las sociedades en las cuales las personas a que se refiere el ordinal anterior tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento; 6) Las fundaciones constituidas y dirigidas por algunas de las personas referidas en el presente artículo, o aquellas de cuya gestión pudieran derivarse compromisos financieros para esas personas.
- Fortalecer la soberanía: significa hacer más fuerte y vigorosa nuestra independencia, libertad y autonomía.
-Desarrollar la capacidad productiva: significa incrementar la capacidad de producción.
- Asegurar la transparencia de las actuaciones de los órganos y entes sujetos a la Presente Ley: implica garantizar que la actuación de los entes sujetos a la Ley de Contrataciones Públicas sea transparente ante la opinión pública.
TIPOS DE CONTRATACIONES.
Consulta de Precios:
Capítulo V Consulta de Precios artículos, 73, 74 y 75.
Es la modalidad de selección del contratista en la que de manera documentada, se consultan precios a por lo menos tres proveedores de bienes, ejecutores de obras o prestadores de servicios.
Se puede proceder por consulta de precios:
1) En el caso de adquisición de bienes o prestación de servicios, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado de hasta cinco mil unidades tributarias (5.000 UT.).
2) En el caso de ejecución de obras, si el contrato a ser otorgado es por un precio de hasta veinte mil unidades tributarias (20.000 UT.)
En la consulta de precios el plazo de manifestación de Voluntad será tres días hábiles para bienes y servicios, y cuatro días hábiles para obras.
La Consulta de precios sometidas a la Comisión de Contrataciones, según el artículo 75 de la ley Orgánica de Contrataciones Públicas: “En la modalidad de consulta de precios, la Unidad Contratante, deberá estructurar todo el expediente y elaborar el informe de recomendación que se someterá a la máxima autoridad del órgano o ente contratante. El informe a elaborar en aquellos casos que por su cuantía supere las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 UT.), para la adquisición de bienes o prestación de servicio y las diez mil unidades tributarias (10.000 UT.), para la ejecución de obras, debe contar con la previa aprobación de la Comisión de Contrataciones”.
Plan de campo del Estado (Compras Especiales):
Planificar las compras del estado o realizar compras especiales, es estimar, la necesidad, cuantificarla en cantidad, costo, caracterizarla de acuerdo los requerimientos del Ente u Organismo, así como la mejor forma de adquirirla, dentro del marco legal vigente.
Durante muchos años Venezuela ha ido creciendo en compras a nivel nacional e internacional; sin embargo, hoy se ve con claridad que si bien, existen leyes, reglamentos, decretos básicos y necesarios, los mismos no son suficientes. Sabemos que la situación se hace mas critica en los intríngulis de los Entes del Estado; sus esfuerzos ahora serán mayores dada la dimensión estratégica de las Empresas del Estado, lo cual lo hace tan relevante que exige un tratamiento cualitativamente diferente, cuando el
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