Ley De La Formalizacion De Empleo
Enviado por richy90 • 29 de Noviembre de 2012 • 1.637 Palabras (7 Páginas) • 359 Visitas
Ley No. 1429 del 24 de Diciembre de 2010: “Ley de formalización y generación de empleo”
En marzo de 2011 entró en vigencia la llamada ley del primer empleo. Esta ley fue Impulsada por el Gobierno Nacional como la herramienta más eficaz para eliminar típicos vicios del mercado laboral, dentro de los cuales se destacan la informalidad y la subcontratación de empleos permanentes a través de cooperativas o bolsas de empleo. Desde la llegada de Uribe, el desempleo ha disminuido a pasos agigantados, rompiendo incluso la barrera de los dos dígitos, situándose cerca de la tasa de desempleo estructural colombiano (8%). Sin embargo, la informalidad, definida por el DANE como “La proporción de ocupados que trabajan en empresas donde solo se emplean 10 o menos o personas, que en general no cotizan para salud ni pensión, o que en su defecto son trabajadores cuenta propia sin título profesional” siempre se ha mantenido en altísimos niveles, por encima del 50 %, y si bien ha disminuido en mas de 10 puntos porcentuales en los últimos años, aún se encuentra en niveles que muestran la baja calidad y pocos o nulos beneficios que tienen la gran mayoría de empleados en Colombia. Por lo anterior, a lo largo de este texto se pretende analizar las implicaciones de la ley, así como una mirada sobre los incentivos (negativos y positivos) que ésta genera, para por última revisar si mejorarán las condiciones del empleo colombiano en un plazo de 5 años.
Síntesis de la Ley
Básicamente la ley se encarga de crear una serie de incentivos de todo tipo. Entre ellos, se destacan los incentivos para la formalización empresarial, para la generación de empleo y la formalización laboral en la ciudad y el campo, así como diversos incentivos tributarios para aquellas empresas que contraten jóvenes recién salidos de la universidad. A continuación se dispone a analizar los artículos más relevantes de la ley.
Artículo 2: Se encuentra la definición de pequeña empresa, considerada por la ley como aquella con menos de 50 empleados y no más de 5000 salarios mínimos en sus activos. Además, se define la informalidad, como aquella actividad económica que se ejerce fuera de los parámetros definidos por el Estado.
Artículo 3: Se estipulan los deberes del Gobierno, que a través del Ministerio de Comercio, Industria y Comercio deberá implementar incentivos a la formalización de empresas, especialmente a aquellas empresas creadas por menores de 28 años. Estas empresas disfrutaran de líneas especiales de crédito, así como condiciones especiales del Fondo Nacional de Garantías que permitan el desarrollo de proyectos que de otra forma no podrían materializarse.
Artículo 4 y 5: Se refiere a los progresivos beneficios tributarios que recibirán las compañías en términos del impuesto de renta y el pago de parafiscales. Por ejemplo, el artículo 4 determina que las pequeñas empresas (ya definidas anteriormente) creadas después de la promulgación de la ley no estarán sujetas al impuesto de renta durante los primeros 5 años de existencia. Es importante resaltar que para dichas empresas constituidas dentro de los departamentos de Vaupés, Amazonas y Guainía, el beneficio se extenderá hasta 10 años, esto para tratar de llevar el crecimiento de la industria hasta las zonas mas deprimidas del país.
El artículo 5, por su parte, se refiere a los descuentos en pagos de parafiscales y otras contribuciones de nómina, específicamente los aportes al SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, que representan en total el 9% del total del valor de la nómina de una empresa. Las empresas pequeñas (creadas antes o después de la ley) no tendrán que hacer dichos aportes durante los 2 primeros años de vigencia de la ley, al tercer año tendrán que pagar el 25% de los aportes y así hasta el sexto año donde finalmente tendrán toda la carga tributaria. Para este artículo también hay beneficios para los departamentos del sur del país, que durarán hasta un máximo de 10 años sin pagar la totalidad de los impuestos antes mencionados. Cabe resaltar que para recibir estos beneficios las empresas deben ponerse al día en todas sus obligaciones con el Estado, y que los trabajadores continuarán recibiendo los ya conocidos servicios de las cajas de compensación.
Artículos 9, 10, 11,12 y 13: se encargan de describir los incentivos para la generación y formalización de empleo. Se aplicará descuento tributario en las obligaciones tributarias mencionadas en el punto anterior y en el impuesto de renta y complementarios a aquellas empresas que:
a) Aquellos empleadores que vinculen empleados menores de 28 años, aplica para empleados cabeza de familia en nivel 1 y 2 del Sisbén.
b) Aquellos empleadores que vinculen laboralmente personas en condiciones de desplazamiento forzoso o discapacidad y que hayan sido certificados por la autoridad competente como tal.
c) Aquellos empleadores que contraten mujeres mayores a 40 años, y que lleven mas de 1 año si un contrato de trabajo.
d) Por último, aquellos empleadores
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