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Ley nº 20545: las nuevas reglas de la sección II del Libro II del Código del trabajo


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2014  •  Resumen  •  478 Palabras (2 Páginas)  •  362 Visitas

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La ley N° 20.545, publicada en el Diario Oficial de 17 de Octubre de 2011, introduce una serie de modificaciones e incorpora nuevas normas al Título II, del Libro II del Código del Trabajo. Estas modificaciones se detallan en forma resumida a continuación:

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MODIFICACIONES AL DESCANSO MATERNAL

El nuevo texto del artículo 195 del Código del Trabajo, fijado por el artículo 1º número 1 de la ley N°20.545, implica los siguientes cambios:

a) Permiso por nacimiento de un hijo.

La nueva disposición introduce un mejoramiento del beneficio de permiso por nacimiento de un hijo, toda vez que se le otorga al padre que se encuentra en proceso de adopción, a diferencia de la norma anterior que establecía que el referido permiso solo se otorgaba al padre al que se le hubiere concedido la adopción y se contaba desde la respectiva sentencia definitiva. La nueva disposición resulta aplicable a los padres que hayan comenzado un proceso de adopción y determina que gozarán de este permiso a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal del menor.

b) Descanso postnatal o del resto de él en caso de fallecimiento de la madre.

Se incorpora como beneficiario del descanso postnatal o del resto de él en caso de fallecimiento de la madre, en el evento que el padre no tuviere el cuidado personal del hijo, a la persona a quien le fuera otorgada la custodia del menor y, además, se le otorga la protección del fuero establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo, con derecho al subsidio, el cual será equivalente a la totalidad de las remuneraciones y asignaciones que perciba.

c) Sanciones.

El padre que sea privado por sentencia judicial del cuidado personal del menor, perderá el derecho a subsidio y fuero. Ahora bien, aún cuando del texto de la ley aparece que las sanciones de pérdida de fuero y subsidio sólo están previstas respecto del padre del menor a quien se le hubiere privado del cuidado personal de éste, la Dirección del Trabajo ha señalado que las mismas sanciones resultarían aplicables a la persona a quien se le hubiere otorgado la custodia del menor, toda vez que no existiría razón para dar un tratamiento distinto ante una misma situación. En efecto, no parece razonable que la persona a quien se le priva de la custodia del menor mantenga, a pesar de ello, el fuero laboral y el derecho a subsidio, en circunstancias que el padre pierde ambos beneficios en caso de que por sentencia judicial se le prive del cuidado personal del menor. (Dictamen Nº 4052/083 de 17.10.11).

d) Conservación del empleo o puesto de trabajo.

Para garantizar la mejor aplicación de las normas sobre protección de la maternidad se establece que no obstante cualquier estipulación en contrario, a las mujeres embarazadas y puérperas deberá conservárseles

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