Leyes Sobre Enfermedades O Lesiones En El Trabajo
Enviado por JosueBN • 24 de Mayo de 2015 • 764 Palabras (4 Páginas) • 312 Visitas
ARTICULO 512 LEY FEDERAL DEL TRABAJO
ARTICULO 512-A. CON EL OBJETO DE ESTUDIAR Y PROPONER LA ADOPCION DE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA ABATIR LOS RIESGOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO, SE ORGANIZARA LA COMISION CONSULTIVA NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO, INTEGRADA POR REPRESENTANTES DE LAS SECRETARIAS DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA, Y EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, ASI COMO POR LOS QUE DESIGNEN AQUELLAS ORGANIZACIONES NACIONALES DE TRABAJADORES Y DE PATRONES A LAS QUE CONVOQUE EL TITULAR DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, QUIEN TENDRA EL CARACTER DE PRESIDENTE DE LA CITADA COMISION.
ARTICULO 512-B. EN CADA ENTIDAD FEDERATIVA SE CONSTITUIRA UNA COMISION CONSULTIVA ESTATAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO, CUYA FINALIDAD SERA LA DE ESTUDIAR Y PROPONER LA ADOPCION DE TODAS AQUELLAS MEDIDAS PREVENTIVAS PARA ABATIR LOS RIESGOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO COMPRENDIDOS EN SU JURISDICCION.
Articulo 513 de la ley federal del trabajo
Este nos habla de las enfermedades que serán motivo de indemnización total por parte del Imss o en su caso el patrón, y en total son 161 le deje algunas
TABLA DE ENFERMEDADES DE TRABAJO
NEUMOCONIOSIS Y ENFERMEDADES BRONCOPULMONARES PRODUCIDAS POR ASPIRACION DE POLVOS Y HUMOS DE ORIGEN ANIMAL, VEGETAL O MINERAL
1. AFECCIONES DEBIDAS A INHALACION DE POLVOS DE LANA.
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DEMAS MANIPULADORES DE ESTE PRODUCTO.
2. AFECCIONES DEBIDAS A INHALACION DE POLVOS DE PLUMA, CUERNO, HUESO, CRIN, PELO Y SEDA.
COLCHONEROS, FABRICANTES DE ADORNOS Y ARTICULOS DE MERCERIA, CORTADORES Y PEINADORES DE PELO, FABRICACION DE BROCHAS, PINCELES, CEPILLOS. TRABAJADORES DE LOS RASTROS, CARNICEROS, EMPACADORES DE CARNE.
3. AFECCIONES DEBIDAS A LA INHALACION DE POLVOS DE MADERA.
CARPINTEROS, MADEREROS, EBANISTAS Y TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PAPELERA.
4. TABACOSIS:
AFECCIONES DEBIDAS A LA INHALACION DE POLVOS DE TABACO.
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TABACO.
5. BAGAZOSIS: AFECCIONES DEBIDAS A LA INHALACION DE POLVOS DE BAGAZO, COMO EN LA INDUSTRIA AZUCARERA.
TOLVEROS, CERNIDORES Y BAGACEROS, TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PAPELERA Y FABRICACION DE ABONOS.
6. SUBEROSIS: AFECCIONES DEBIDAS A LA INHALACION DE POLVOS DE CORCHO.
TRABAJADORES DEL CORCHO.
7. AFECCIONES DEBIDAS A INHALACION DE POLVOS DE CEREALES, HARINAS, HENO, PAJA, YUTE, IXTLE Y HENEQUEN.
CARGADORES, ALIJADORES, ESTIBADORES, RECOLECTORES, GRANJEROS, TRILLADORES, SOMBREREROS (DE SOMBREROS DE PAJA), EMPACADORES, MOLINEROS, PANADEROS, TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS DE FIBRAS DURAS, FABRICANTES DE MUEBLES, INDUSTRIA PAPELERA.
8. BISINOSIS.
TRABAJADORES DE HILADOS Y TEJIDOS DE ALGODON Y DEMAS MANIPULADORES DE ESTE PRODUCTO.
9. CANABIOSIS: AFECCIONES PRODUCIDAS POR INHALACION DEL POLVO DE CAÑAMO.
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CAÑAMO.
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