Literatura Peruana
Enviado por yuyumi • 22 de Octubre de 2013 • 517 Palabras (3 Páginas) • 360 Visitas
EL SER DE LA NORMA JURIDICA
En efecto, a principios del siglo XX se cuestionó, por inadecuada e insuficiente, la concepción del Derecho como norma. Este cuestionamiento surge con los seguidores de la teoría del Derecho como institución, entre los cuales destaca el italiano Santi Romano, quien en 1917 publicó la obra El ordenamiento jurídico. Para este autor, el Derecho no solo está integrado por normas sino por otros elementos más esenciales que estas, como son las institucionales y organizativos.
Por su parte, Santi Romano, concibe a la institución como un ente o cuerpo social organizado. Identifica el concepto de institución como ordenamiento jurídico o como institución, sus elementos esenciales son: la sociedad (el Derecho presupone la existencia de esta; solo los grupos organizados producen su propio Derecho), el orden social y la organización. El orden social es, antes que norma, estructura social en la que el derecho se manifiesta. El ordenamiento jurídico o institución es el cuerpo social organizado. La organización es anterior a las normas.
Es posible que el grupo social halle un orden incipiente en un mero ordenamiento social, que no comprenda normas jurídicas. En tal caso, el grupo se encuentra en una fase inorgánica, aun cuando la norma social le confiera cierta organización, por lo menos embrional, sin la cual no sería concebible una vida asociada.
En cambio, cuando el grupo social produce normas jurídicas, o sea, se identifica como ordenamiento jurídico, se da su pase a la fase orgánica, esto es, deviene en colectividad organizada en el significado técnico de esta expresión. La comunidad organizada es calificada luego como comunidad política en la que el Estado es la figura prominente cuando ejerce una autoridad incondicionada respecto a los asociados y no depende de ninguna potestad externa: caracteres estos que se denominan soberanía, por cuanto la sociedad civil asume sus tareas típicas, como son la de conservar el orden en el ámbito interno y la de defensa en el externo.
Para la teoría institucional, el Derecho se refiere no solamente a la norma entendida en su aspecto formal, sino a la total estructura orgánica de la sociedad, que constituye el fundamento del Derecho, puesto que de dicha estructura derivan las normas, que, en definitiva, no agotan, sino representan un elemento constitutivo del Derecho. Así entendido, este o el ordenamiento jurídico, puede considerarse como una entidad dotada de autonomía propia, expresada por la palabra institución.
La idea de unidad en la concepción jurídica ornamental de Romano queda
Entonces comprendida en el elemento de la organización por el Derecho, que dota de unidad, cohesión y vinculación a los elementos que integran cada institución. La organización jurídica unificadora constituirá un ordenamiento jurídico, una institución peculiar, cohesionando cada realidad social, la
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