Los Bienes Del Estado En Colombia
Enviado por stillmars • 3 de Mayo de 2014 • 663 Palabras (3 Páginas) • 651 Visitas
LO BIENES DEL ESTADO EN COLOMBIA
Los bienes del Estado[1] se clasifican así: a) Bienes de uso público y b) Bienes fiscales. Estos últimos pueden ser: bienes fiscales propiamente estatales, bienes fiscales adjudicables y bienes fiscales del espacio público.
La clasificación de los bienes estatales, entre Bienes de Uso Público y Bienes Fiscales, proviene del Código Civil, adoptado por la Ley 57 de 1887, de acuerdo con dicha norma la propiedad estatal está compuesta por bienes de uso público y bienes fiscales.
1.1 Bienes de Uso Público
Los bienes de uso público, o también denominados bienes del espacio público por naturaleza, son aquellos cuyo uso pertenece a todos los habitantes y solo el interés colectivo predomina en su regulación y funcionamiento. Las calles, carreteras, puentes, franjas de retiro de edificaciones, el espectro electromagnético, ríos, subsuelo, mar territorial, espacio aéreo, playas marítimas y fluviales, etc., son ejemplos de bienes de uso público o del espacio público por naturaleza. San inembargables, imprescriptibles, inajenables.
Son aquellos que están en cabeza de la nación o de otros entes estatales y cuyo uso pertenece a todos los habitantes de su territorio, como las calles plazas, puentes y caminos (C.C., art. 674, inc. 2º). Dos criterios sirven, de acuerdo con la ley, para calificar un bien como de uso público: a) Que pertenezcan a una entidad de derecho público y b) Que sean destinados al uso común de los habitantes. (...)
Son bienes normalmente estatales, que se distinguen no por su titularidad sino por su afectación al dominio público, por motivos de interés general (CP, art. 1°), relacionado con la riqueza cultural nacional, el uso público y el espacio público. Estos se encuentran determinados no sólo por su calificación legal sino por su destilación o afectación, y puede ser[2]:
Bienes afectados al fomento de la riqueza nacional. Como por ejemplo el patrimonio cultural, arqueológico e histórico y los bienes de dominio privado o estatal destinados al uso público, tales como las fachadas de los inmuebles que poseen un valor histórico o arquitectónico, cuyo dominio es exclusivo de una persona, pero no pueden ser alterados por el valor que representan para la sociedad.
Bienes afectados al uso público. Definidos expresamente por la ley, tales como los ríos, torrentes, playas marítimas y fluviales, radas, entre otros, y también los que siendo obra del hombre, están afectados al uso público en forma directa como los caminos, canales, puertos, puentes y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y cuidado sean de competencia de ras autoridades locales.
Bienes afectados al espacio público. Que comprende el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles
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