Los derechos de igualdad
Enviado por • 6 de Mayo de 2015 • Ensayo • 1.593 Palabras (7 Páginas) • 216 Visitas
LOS DERECHOS DE IGUALDAD
La igualdad es uno de los derechos más importantes y antiguos del sistema jurídico. Su positivización coincide con la de las cartas de derechos de la modernidad, siendo desde allí extendida sucesivamente a las constituciones políticas de los países que obtenían su independencia, entre ellos los latinoamericanos, y el 12 de junio de 1776 se estableció que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y que tienen ciertos derechos inherentes que una vez constituidos no pueden ser privados o desposeídos por ningún acto.
En Colombia este derecho ha sido incluido en la mayoría de constituciones sin embargo en la constitución de 1886, la igualdad no previo como derecho, por lo que debió ser deducido por vía jurisprudencial, entonces bien podemos deducir que durante la constitución de 1886 la igualdad fue un derecho normativo vanamente inexistente y poco protegido por los jueces, que se preveo en el artículo 24, que todas las personas son iguales ante la ley.
PRIMER DERECHO A LA IGUALDAD EN LA CONSTITUCIÓN DE 1991.
El derecho está contenido en el preámbulo del artículo 13 de la carta con una extensa fórmula para la corte constitucional la igualdad opera de tres formas:
1. COMO VALOR FUNDAMENTAL: Como contenido en el preámbulo lo que implica la imposición de lo que lo opera como pauta interpretativa obligatoria.
2. COMO DERECHO FUNDAMENTAL: En el inciso 1 del artículo 13 de la carta, al establecerse como límite de la actuación de los poderes públicos.
3. COMO PRINCIPIO CONSTITUCIONAL: a lo largo del articulo 13 y especialmente en el inciso 2, que establece al mandato de promoción de la igualdad.
En su estructura textual el artículo 13 está integrado por tres incisos en los que cepeda identifica seis elementos constitutivos:
1. todas las personas nacen libres e iguales ante la ley.
2. todas las personas recibirán la misma protección y trato y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación.
3. para que la igualdad sea real y efectiva.
4. Medidas a favor de grupos discriminados o marginados.
5. Aquellas personas que por su condición económica física o mental se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta.
6. Los abusos o maltratos que se cometan contra las personas en condiciones de debilidad manifiesta.
Los tres elementos fundamentales de la importancia de este derecho:
a) la regla de prohibición de discriminación y el derecho a la igualdad de trato a partir de la carta de 1991, la igualdad se comprende en el artículo 13 apunta al contenido material de la igualdad a proteger tres derechos fundamentales:
1. El derecho al trato igualitario sobre el que puntualmente la corte ha señalado (no es el derecho a ser igual sino a ser tratado igual que los demás).
2. El derecho a no aceptar diferencias de trato, salvo que estas se encuentren constitucionalmente justificadas.
3. En la enunciación de las llamadas categorías sospechosas o prohibidas (sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosofía),que en caso de ser usada como criterio de diferenciación o discriminación indican la probable violación del derecho.
El principio de la igualdad es objeto y no formal, es el que predica de la identidad de los iguales y la diferencia entre los desiguales.
b) EL MANDATO DE PROMOCIÓN Y LA ADAPTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS Y DE MEDIDAS DE DESCRIPCIÓN INVERSA O POSITIVA.
El estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas en favor de grupos discriminados o marginados, mandatos que se desarrollan en dos modalidades:
1. con las acciones afirmativas definidas por la corte constitucional, de acuerdo con el sistema norteamericano como políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan.
2. Con las medidas de discriminación inversa o positiva que consisten también en políticas o medidas a favorecer a determinadas personas o grupos, más precisamente a aquellas históricamente marginadas por aspectos como raza o sexo respecto de bienes como educación, trabajo y participación.
LA CORTE CONSTITUCIONAL HA CLASIFICADO EN DOS GRUPOS LAS ACCIONES AFIRMATIVAS:
El primer término: estarían las acciones afirmativas que tienen como fundamento los incisos 2 y 3 del artículo 13 de la constitución política, referido al derecho de igualdad.
El segundo término: las medidas impuestas a lo largo de la constitución en normas especiales que privilegian ciertos sujetos de protección cualificada y que especifican el tipo de medida adoptada por el constituyente
c) EL MANDATO DE PROTECCIÓN A PERSONAS EN CIRCUNSTANCIA DE DEBILIDAD MANIFIESTA.
El estado protegerá especialmente aquellas personas que por su condición económica física o mental se encuentran en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionara los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
Los derechos enserio exigen también tomar la progresividad enserio y que de conformidad en el fallo citado implica la satisfacción de los siguientes elementos:
1. El goce del derecho que proscribe la exclusión de los grupos desfavorecidos en su disfrute.
2. La fijación
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