Los sujetos de la relación de trabajo
Enviado por catimar • 25 de Marzo de 2013 • Trabajo • 2.599 Palabras (11 Páginas) • 425 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR. ALDEA UNIVERSITARIA MAISANTA. OSPINO-ESTADO-PORTUGUESA.
SUJETOS DE LA RELACION DE TRABAJO
INTEGRANTES: MARQUEZ YASIEL CI#24.026.276 ZAMORA JHOANNA CI#22.106.039 PROF.PADILLA YURAIM OSPINO 2012
INTRODUCCION
El derecho del trabajo tiene como propósito regular a los factores de la producción, para proteger a la dignidad de la persona humana, procurando un equilibrio entre ellos, buscando hacer compatibles los intereses de los trabajadores con los del capital. Tiende a humanizar las relaciones de trabajo y a regular la lucha de clases, incluso con la intervención del estado. El sujeto básico y motivo de protección fundamental es la persona humana, el trabajador. Sin embargo no es el único sujeto de regulación normativa laboral, porque si bien las relaciones laborales se apoyan de un binomio trabajador-patrón, también regula la vinculación de los trabajadores con la asociación profesional laboral.
LOS SUJETOS DE LA RELACION DE TRABAJO
Los sujetos de la relación de trabajo son el patrón y el trabajador, y dicha relación se formaliza a través de los derechos y las obligaciones que se estipulan en el contrato individual de trabajo.
* El trabajador es una persona natural: debido al carácter personal de la prestación de servicios, sólo las personas naturales pueden tener el carácter de trabajadores. La clase de servicios que se preste carece de importancia a los efectos del concepto de trabajador.
• El trabajador realiza una actividad por cuenta ajena, no lo hace para sí mismo, sino para otro.
• La actividad que realiza el trabajador la debe realizar bajo la subordinación o dependencia; sustituyendo su voluntad, en lo que corresponde a la ejecución del servicio, a las órdenes e instrucciones de su patrono.
*El patrón: La ley federal de trabajo define al patrón en el artículo 10, primer párrafo de la forma siguiente:
“Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Esta conceptuaba al patrón en función de la previa existencia de un contrato de trabajo. Patrón es toda persona física o jurídica que emplee el servicio de otra, en virtud de un contrato de trabajo.
Actualmente se desprende de la ley una tesis para beneficio de los trabajadores llamada principio de responsabilidad patronal si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos.
* CONTRATO DE TRABAJO
Este se define como un elemento que crea la obligación de una persona (el trabajador) de prestarle servicio a otra persona (el patrono) bajo el control de este último (subordinación) y con una compensación (sueldos).
Preferiblemente, el acuerdo de trabajo debería estar puesto por escrito.
RELACIÓN DE TRABAJO
La relación de trabajo es una noción jurídica de uso universal con la que se hace
referencia a la relación que existe entre una persona, denominada «el empleado» o «el
asalariado»(o, a menudo, «el trabajador»), y otra persona, denominada el «empleador», a quien aquélla proporciona su trabajo bajo ciertas condiciones, a cambio de una remuneración. Es mediante la relación de trabajo, independientemente de la manera en que se la haya definido, como se crean derechos y obligaciones recíprocas entre el empleado y el empleador.
De acuerdo al Artículo 20 de la Ley Federal de Trabajo.-Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
La relación de trabajo ha sido y continúa siendo el principal medio de acceso de los trabajadores a los derechos y beneficios asociados con el empleo, en las áreas del trabajo y la seguridad social. Es, además, el punto de referencia clave para determinar la naturaleza y alcance de los derechos y obligaciones de los empleadores respecto de sus trabajadores.
La relación de trabajo fue, y continua siendo, el principal medio de que pueden servirse los trabajadores para acceder a los derechos y prestaciones asociadas con el empleo en el ámbito del derecho del trabajo y la seguridad social.
LEY ORGANICA DEL TRABAJO:
Artículo 212. Son días feriados, a los efectos de esta Ley:
a) Los domingos;
b) El 1º de enero; el jueves y el Viernes Santos; el 1º de mayo y el 25 de diciembre;
c) Los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales; y
d) Los que se hayan declarado o se declaren festivos por el Gobierno Nacional, por los Estados o por las Municipalidades, hasta un límite total de tres (3) por año.
Durante los días feriados se suspenderán las labores y permanecerán cerradas para el público las empresas, explotaciones y establecimientos, sin que se pueda efectuar en ellos trabajos de ninguna especie, salvo las excepciones previstas en esta Ley.
Artículo 213. Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior las actividades
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