MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO CIVIL
Enviado por licleon • 30 de Noviembre de 2016 • Documentos de Investigación • 1.874 Palabras (8 Páginas) • 3.017 Visitas
FRANCO GUTIERREZ GUTIERREZ
VS
NORMA CHAVEZ
MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO CIVIL
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C. JUEZ CIVIL DE PACHUCA DE SOTO HIDALGO.
PRESENTE:
FRANCO GUTIERREZ GUTIERREZ
dice:
Promoviendo en mi calidad de propietario de los derechos que amparan el contrato y/o solicitud de crédito, que se exhibe en este escrito, ante Usted respetuosamente comparezco para manifestar:
Señalo como domicilio, para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos procedentes de este H. Juzgado las listas que se fije en los tableros notificadores de este mismo, , a fin de ponerme a sus órdenes y/o para efecto de ser localizado dejo mi número telefónico celular , autorizo para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos e incluso los de carácter personal, así como valores procedentes de este H. Juzgado, a la LICENCIADA EN DERECHO LA C., expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública. Abogada Titulada a quien designo como mi abogada patrona de conformidad con lo establecido por las leyes civiles en vigor, por quien por solo el hecho de la designación, está facultada a realizar todos los actos ahí especificados en el precepto legal invocado.
E X P O N G O
Que por medio del presente escrito vengo a promover Medios Preparatorios a Juicio Ejecutivo Civil, en términos de lo dispuesto por los artículos 199, 439 fracciones V, 442, 443, 444 y demás relativos y aplicables al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo, en contra de la C., debido a que tiene un adeudo pendiente, por la cantidad de $35,082.63 (Treinta y cinco mil ochenta y dos pesos sesenta y tres centavos M.N. 00/100).
H E C H O S:
Primero: Que en términos de la cláusula VIGÉSIMA, de la solicitud de línea de crédito o del Contrato de apertura de crédito, de FINANCIERA INDEPENDENCIA que a la letra dice: “La Financiera” queda expresamente autorizada, por si a sus intereses conviniere a ceder o traspasar o parte de los derechos que a su favor derivan del presente contrato, a las instituciones y/o personas que las leyes lo permitan, Asimismo que en la medida de las leyes se lo permitan “La FINANCIERA” podrá dar en garantía los derechos que a su favor se deriven del presente Contrato, Igualmente “la financiera” queda facultada para endosar o en cualquier otra forma negociar antes de su respectivo vencimiento, los títulos de crédito mediante los cuales se hubiere documentado las disposiciones de crédito, Las partes convienen en que “El Acreditado” no podrá ceder o transmitir en cualquier forma, los derechos y obligaciones que respectivamente se generen a su favor y a su cargo del presente contrato, Si “El Acreditado” violare en cualquier forma las prohibiciones a que se refiere el párrafo anterior, será causa de recisión del presente contrato y además quedara obligada a cubrir a la FINANCIERA”, los daños y perjuicios que le ocasione dicha violación.
Por lo que con fecha veintiséis de Septiembre del año 2016, la empresa FINANCIERA INDEPENDENCIA cedió los derechos contractuales a favor del suscrito Cesión que se adhiere a la solicitud de línea de crédito y/o al Contrato de apertura de crédito, lo anterior para surta los efectos legales a que haya lugar.
Segunda: De lo anterior se desprende que, El suscrito soy propietario de los derechos contractuales que se plasman en la SOLICITUD DE CRÉDITO Y/O CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO, que firmo la demandada con FINANCIERA INDEPENDENCIA, cesión de derechos que realiza a mi favor FINANCIERA INDEPENDENCIA. CONTRATO O SOLICITUD QUE ANEXO A ESTE ESCRITO.
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