MODELO DE MEDIDA CAUTELAR PARA EXONERACION DE ALIMENTOS
Enviado por Cristian Fernando Carrasco Vasquez • 4 de Abril de 2018 • Trabajo • 1.971 Palabras (8 Páginas) • 5.552 Visitas
EXPEDIENTE N° :
SECRETARIA :
CUADERNO : CAUTELAR
SUMILLA : MEDIDA CAUTELAR DENTRO DEL PROCESO.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJABAMBA.
……………………………, identificado con DNI N° ……., con domicilio real en ………., Distrito ………, Provincia de …….., Departamento ………, y para efectos del presente proceso, señalo como mi domicilio procesal el ubicado en el Jr. Silva N° 836, Distrito y Provincia de Cajabamba, Departamento de Cajamarca, a Ud. con respeto digo:
I.- PETITORIO:
De conformidad con lo estipulado en el Art. 674° del Código Procesal Civil, interpongo: MEDIDA CAUTELAR TEMPORAL SOBRE EL FONDO, dentro del proceso de EXONERACIÓN DE ALIMENTOS, promovido en contra de …………, identificada con DNI N° …………., con domicilio real en el Jr. Nacarino N° 370, de esta ciudad, a quien se le deberá notificar en el domicilio antes indicado, así como también en el domicilio que figura en la demanda y en la contestación de la demanda del proceso principal.
SOLICITANDOLE: La ejecución anticipada de la futura decisión final del proceso principal y en consecuencia se ordene que en forma temporal, provisoria y adelantada al proceso de Exoneración de Alimentos, la inmediata SUSPENSIÓN de la pensión de alimentos que aún cobra la que fuera representante legal de la demandada KARIN ………, en el proceso signado con número de Expediente 19-2000-060602-F, tramitado ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, en vista de que la alimentista ha llegado a la mayoría de edad, y que ha culminado sus estudios superiores, y que además ya es madre de familia y convive con el padre de su menor hijo, no existe razón justificada para que pueda seguir percibiendo el 20% de mi remuneración y mis bonificaciones, tal como lo estipula la sentencia del expediente 19-2000, petición que sustento en mérito a los fundamentos siguientes:
II.- FUNDAMENTOS DE LA PRETENSIÓN CAUTELAR:
- Que, por ante el Juzgado vengo interponiendo demanda con la finalidad de promover proceso de Exoneración de Alimentos, con número de expediente 304-2015-F.
- Que, la demandada señor Juez, en la actualidad cuenta con mayoría de edad (situación que es evidente) acreditada con la partida de nacimiento de la demandada ofrecida como Anexo 1.B de mi demanda en el Expediente Principal, asimismo, señor Juez, la demandada en la actualidad es madre de familia, lo cual lo acredito con la Copia certificada de Acta de Nacimiento de la menor ALICE RAFAELA ……., expedida por la Reniec – Cajabamba, siendo además que la demandada en la actualidad convive con el padre de la menor antes mencionada, así como también la demandada en la actualidad no continua estudios superiores, pues está ya ha culminado los mismos, tal como lo acredito con la constancia de estudios expedida por el Director General del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “ANTENOR ORREGO” de Cajabamba, dicha documental obra en los anexos del escrito presentado con fecha 23 de Octubre al expediente principal de la presente causa, SIENDO EVIDENTE ENTONCES QUE EN LA ACTUALIDAD “LA QUE FUE ANTES ALIMENTISTA”, NO TIENE NINGUNA JUSTIFICACIÓN PARA SEGUIR PERCIBIENDO PENSION DE ALIMENTOS, máxime si en la actualidad ella tiene una familia, la misma que es sostenida por su conviviente o por ambos, de manera que no me encuentro obligado a seguir asistiendo con una pensión de alimentos a favor de mi hija y mucho menos a favor de su madre, puesto que es ella quien cobra en calidad de representante de mi hija, puesto que los alimentos no pueden ser tomados para el incremento del patrimonio del que lo solicita, si no, para satisfacer las necesidades del alimentista.
- Que, el recurrente actualmente posee otras obligaciones, puesto que, en la actualidad tiene una esposa de nombre RITA MARIANELA …….., con la cual hemos procreado tres hijos, el menor de aproximadamente 05 meses de edad, de nombre JHOSEP ALEXI ………, tal como lo acredito con el acta de nacimiento que adjunto a la presente, siendo que por tratarse de un bebe actualmente, este necesita de cuidados que no perjudiquen su salud, lo cual demanda de un gasto económico, la segunda es la menor NADIA GISELA …… de 13 años de edad, tal como lo acredito con su respectiva acta de nacimiento, la cual se adjunta a la presente, dicha menor se encuentra cursando el 2° Grado de Educación Secundaria en la I.E “Nuestra Señora del Rosario”, tal como se demuestra con la constancia de estudios que obra en los anexos del escrito de fecha 23 de Octubre del año en curso presentado en el proceso principal, la mayor de mis hijos de nombre KELLY MARIMAR ……., quien tiene 19 años de edad tal como se acredita con el acta de nacimiento que se adjunta a la presente, siendo que está última se encuentra cursando estudios superiores en la Universidad Nacional de Cajamarca, cuya constancia de estudios también obra en los anexos del escrito presentado al proceso principal de fecha 23 de Octubre del año en curso, quien en la actualidad se encuentra cursando el sexto ciclo, siendo que ello me conlleva a cumplir con los gastos de educación que demanda dicha carrera en la ciudad de Cajamarca, por lo que el continuar cumpliendo con una pensión alimenticia, a favor de la demandada, cuyas necesidades han cesado, puesto que ahora tiene una familia y que ha culminado con sus estudios superiores, por lo que, de continuar con dicha obligación pondría en riesgo mi propia subsistencia y la de mi familia.
- Que, la demandada, de pretender que se le continúe pasando una pensión de alimentos, estaría incurriendo en uso abusivo de un derecho, lo cual no es amparado por el derecho, tal como lo establece el Art. II del título preliminar del Código Civil, puesto que las necesidades de seguir recibiendo una pensión de alimentos, la demandada han desaparecido, por lo que solicito señor Juez, se declare fundada mi petición.
III.- FORMA DE LA MEDIDA CAUTELAR.
La forma de la medida cautelar es una MEDIDA EXCEPCIONAL temporal sobre el fondo, por la firmeza del fundamento y prueba aportada.
IV.- BIENES SOBRE LOS QUE DEBE RECAER LA MEDIDA.
La medida debe recaer en el porcentaje de 20%, de mi remuneración y bonificaciones que percibe la demandada y que fuera fijada en el proceso de alimentos signada con el Expediente N° 19-2000-060602-F, tramitado ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba.
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