Marcos Regulatorios
Enviado por dianagonzalezma • 26 de Mayo de 2014 • 632 Palabras (3 Páginas) • 314 Visitas
Trabajo de Marcos Regulatorios
Art. 1.-
De acuerdo al concepto de jurisdicción se conoce que es poder de administrar justicia, pero al hablar de una jurisdicción coactiva que es un procedimiento para cobrar las deudas que tiene como acreedor al estado o también otros organismos de régimen seccional éstos tienen la posibilidad de recaudar deudas sin recurrir a la función judicial sino mediante el ejercicio de la autotutela de la administración pública. El cobro de coactivas se ejerce contra todos los obligados por ley incluyendo los mayores de edad que no hubieren aceptado la herencia con beneficio de inventario, es decir aclarando cuales son los bienes que corresponden al asignador y al asignatario.
Cuando la ley se refiere a personas jurídicas como herramienta para cometer fraudes, como por ejemplo compañías de papel, fantasmas, etc. se podrá llegar hasta el último nivel de propiedad, que puede recaer en personas naturales quienes serán responsables o responderán con su patrimonio.
Las medidas cautelares como la retención, el secuestro, el embargo ,la prohibición de enajenar podrán disponerse en contra de las personas mencionadas anteriormente, aún si los bienes se encontraren a nombre de terceros, pero siempre y cuando existan indicios es decir discernimiento que son propiedad de dichos sujetos.
Art. 2
Cuando se habla de tercería excluyente presentada con título de dominio el Código Tributario establece que un tercero que sea propietario de bienes embargados podrá interponer la intervención excluyente o tercería de propiedad ante el ejecutor coactivo en cualquier momento antes del remate. Obligatoriamente el tercero afectado debe adjuntar escritura pública o medios probatorios pertinentes para justificar el derecho de propiedad del bien reclamado.
Puede presentarse el caso que el ejecutor decida embargar otros bienes del deudor, para lo que deberá cancelar (no realizar) el primer embargo y proseguir con el procedimiento coactivo. Vale la pena aclarar que si verifica el remate este no puede surtir efecto ni adjudicarse mientras no esté descartada la tercería
Art. 3
Para determinar las utilidades por año de las empresas se tomará como base las declaraciones o liquidaciones que se hagan para el efecto del pago del impuesto a la renta; el director regional del trabajo podrá solicitar al Servicio de Rentas Internas investigaciones que considere convenientes para apreciar las utilidades efectivas; cuando se remita un informe final de la investigación de las utilidades ésta debe contener las observaciones que las hará el representante de los trabajadores.
En los procesos de recaudación de tributos que lleve a cabo el SRI se deberá notificar a las autoridades de trabajo y contar con la determinación de utilidades ya que esta información podrá ser utilizada como base para decisiones administrativas y jurídicas.
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