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Mercantil CASO PRÁCTICO


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Tarea  •  728 Palabras (3 Páginas)  •  523 Visitas

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CASO PRÁCTICO 1

        

 

    En su día la Federación de Cajas de Ahorro Vasco-Navarras recogió en las actas de sus reuniones el compromiso entre las cuatro cajas de respetar el denominado «statu quo territorial», en el sentido de no abrir sucursales a los territorios de sus rivales. 

Preguntas

  1. ¿Puede ser considerada la Federación de Cajas de Ahorro Vasco-Navarras una empresa o empresario desde la perspectiva del Derecho Mercantil?

La Federación de Cajas no puede ser considerada  un empresario mercantil. Debido a que no es titular ni tampoco realiza una actividad económica dirigida a la producción o a la prestación de bienes y servicios de bienes y servicios para el mercado[1], no se regula por la normativa del estatuto jurídico del empresario mercantil. No obstante, hay un área dentro del Derecho Mercantil que extiende su ámbito de aplicación sobrepasando la figura  del empresario. Se trata del Derecho de la competencia[2] las asociaciones de dichas Cajas son asociaciones empresariales para el Derecho de la Competencia. Las Cajas de Ahorro son empresas.

  1. Enmarca la conducta en una de las normas de Derecho Mercantil y analiza su licitud o ilicitud.

Nos encontramos ante una actividad circunscrita dentro de la legislación de los acuerdos colusorios, restrictiva de principio de libre competencia, Para ser más exactos un acuerdo horizontal, entre empresas competidoras, de reparto de mercado, no permitido por la ley[3].

  1. Distingue qué efectos tiene la conducta: 3.1. Desde la perspectiva del Derecho Privado, esto es, entre las diferentes Cajas.

Son nulos en virtud de lo estipulado  en la normativa vigente, artículo 1.2 LDC[4]  el acuerdo de la Federación de Cajas de Ahorros es nulo de pleno derecho.

    Esto quiere decir que las partes dentro del acuerdo  no tienen la obligación de seguirla y no se puede exigir su cumplimiento.

  1. Desde la perspectiva del Derecho Administrativo (vertiente institucional).

     En virtud a lo expuesto en el artículo 62.4.a) LDC se trata de una infracción muy grave, dado que hay una violación del art. 1 LDC entre competidores. Y esa es la razón por la que tienen que recibir una sanción de materia económica[5],   la sanción  será de un 10 por ciento del volumen de negocios de las empresas que realicen la actividad colusoria.

¿Podrían evitar de alguna manera estos efectos, todas o alguna de las Cajas?

    Si mediante el programa de clemencia, este programa permite ayudar a las empresas de un cártel, una vía de escape  a la  sanción, unos requisitos, podrán beneficiarse de la exención o reducción en el pago de la multa. Por medio de una denuncia  que debe de incluir datos como

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