Modelo De Acta Constitutiva
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MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA
OBTENIDA DE LA PÁGINA DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA
CONTACTO PYME
ESCRITURA NUMERO: 5850
VOLUMEN NUMERO: XVII
En el Municipio de Cuautitlán Izcalli , Estado de México siendo las 9:00 horas, del día 11 de Abril del año 2014, Notario O Corredor Público en Ejercicio, Titular de la Notaría 45 de éste Distrito Judicial, hago constar: La Constitución formal de la sociedad mercantil denominada: “Happylamps", SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
En el que comparecen como:
============= S O C I O S F U N D A D O R E S =============
1. Avalos Reyes Denisse Harlene
2. Bonilla Gómez César
3. Chávez Fragoso Luis Antonio
4. Garay Pineda Diana Verónica
5. García Castillo Adrián
6. Gil Arellano Águeda
7. Macías Araujo Michel Estefani
8. Malagón Martínez Ahtziri Zulema
9. Mendoza Quintanar Ana Layla.
10. Mendoza Sánchez Eduardo Antonio
11. Zarate Jordán Luis Armando.
Los nombrados comparecientes, en sus respectivos caracteres de Presidente y Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil Denominada Happylamps , SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, dijeron: Que habiendo determinado constituir la Sociedad Mercantil que en esta escritura se formaliza, se gestionó y obtuvo de la Secretaría de Relaciones Exteriores el permiso correspondiente que a continuación se transcribe:
PERMISO DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
Al margen superior izquierdo un sello impreso con el Escudo Nacional que a la letra dice: SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.- Al margen superior derecho: Permiso 5234 Expediente 14 Folio 58689 En atención a la solicitud presentada por el (la) C. Garay Pineda Diana Verónica esta Secretaría concede el permiso para constituir una S. de R.L de C.V., bajo la denominación Happylamps S. de R.L de C.V... Este permiso, quedará condicionado a que en los estatutos de la sociedad que se constituya, se inserte la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del Artículo 27 Constitucional, de conformidad con lo que establecen los artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. El interesado, deberá dar aviso del uso de este permiso a la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los seis meses siguientes a la expedición del mismo, de conformidad con lo que establece el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Este permiso quedará sin efectos si dentro de los noventa días hábiles siguientes a la fecha de otorgamiento del mismo, los interesados no acuden a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la constitución de que se trata, de conformidad con lo que establece el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras; así mismo se otorga sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Propiedad Industrial. Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos: 27 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15 de la Ley de Inversión Extranjera y el 13, 14 y 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. PUEBLA, PUE., a 02 de Abril de 2003, EL DELEGADO Pablo Pedro Everdeen Al margen superior izquierdo un sello que dice: SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, DELEGACIÓN PUEBLA ARTICULO 27.
IDENTIFICACION Y PREVENCIONES DE LEY
YO EL NOTARIO O CORREDOR PUBLICO, HAGO CONSTAR: Que los socios fundadores cuyas generales serán especificadas más adelante se identificaron ante mí, y los previne sobre las penas en que incurre quiénes declaran falsamente bajo protesta de decir verdad, manifestaron que tanto ellos como sus respectivas representadas, tener capacidad legal, para contratar y obligarse de lo que Doy Fe, así como de conocerlos personalmente e interrogados con respecto del Impuesto Federal sobre la Renta, declararon que ellos como sus respectivas representadas, están al corriente en el pago del Impuesto Federal Sobre la Renta.
Acto seguido manifestaron que la sociedad que hoy constituyen se regirá por los estatutos sociales siguientes:
=================== E S T A T U T O S =============
======================= DENOMINACIÓN =======================
PRIMERO.- La sociedad se denominará: Happylamps que irá seguida de las palabras SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE o de sus abreviaturas S. de R.L. de C.V
======================= DOMICILIO =========================
SEGUNDO.- El domicilio de la sociedad será, en la calle De los Fresnos No. 4 Col. Arcos del Alba C.P. 54660, de esta Ciudad de Cuautitlán Izcalli, sin perjuicio de su derecho a establecer agencias o sucursales en otros lugares de la República Mexicana o del extranjero y de pactar domicilio convencionales para actos determinados, sin que se entienda cambiando su domicilio social.
======================= DURACIÓN =========================
TERCERO.- La duración del pacto social será de 99 años, contados a partir de la fecha de la escritura
por lo que concluirá legalmente en el año 2114.
=======================OBJETO SOCIAL =======================
CUARTO.- La sociedad tendrá por objeto social preponderante la prestación de servicios especializados de apoyo al micro, pequeña y mediana empresa asociada.
A.- Por cuenta y orden de sus socios:
I. Conjuntar a los socios para que puedan obtener un mejoramiento económico y social, optimizando en su beneficio las condiciones para comprar, distribuir, transportar y vender todo tipo de mercancías lícitas.
II. Proporcionar a sus socios algunos de los siguientes servicios: tecnología, promoción y
Comercialización, diseño, subcontratación de productos y procesos industriales, promover la obtención
Del financiamiento, adquisición de materias primas, insumos, activos y tecnología en común; en
Condiciones favorables de precio, calidad y oportunidad de entrega, así como de otros servicios que se
requieran para el óptimo desempeño de las empresas asociadas.
III. Organizar a los grupos interesados, para promover la creatividad para alcanzar la calidad del servicio.
IV. Desarrollar, de manera permanente, el asesoramiento y la capacitación a favor de los socios, que les
permita mejorar su competitividad en los mercados
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