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Modelos de interpretación jurídica


Enviado por   •  7 de Abril de 2012  •  Tesis  •  1.409 Palabras (6 Páginas)  •  809 Visitas

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INDICE

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Introducción………………………………………………………………..

Modelos de interpretación jurídica………………………………………

Características del Normativismo jurídico………………………………

Criticas………………………………………………………………………

Las influencias del Normativismo en el sistema judicial venezolano..

El realismo jurídico como alternativa al Normativismo………………..

Características……………………………………………………………..

Importancia………………………………………………………………….

Análisis crítico del papel de la intención en la interpretación jurídica..

Conclusión…………………………………………………………............

Bibliografía………………………………………………………………….

INTRODUCCION

La base fundamental en un sistema jurídico, es que el jurista procure encontrar una respuesta sincera, responsable al hecho ocurrido y de la misma manera buscar el método aplicable para su resolución.

Cuando se realiza una interpretación de un determinado hecho, debe ser necesario que el jurista durante su estudio, tome muy bien en cuenta todos los elementos, factores tanto sociales, políticos, económicos, culturales religioso, entre otro los cuales pudieron conllevar a ocasional el hecho, y luego así realizar el análisis e interpretación correspondiente y de la misma manera difundir una decisión que satisfaga la regulación de las relaciones humanas en la sociedad.

La interpretación jurídica, constituye la formación del los abogados y jurista, mediante esta forma se ponen en prácticas las teorías estudias por ellos ya que la misma los estimula a estar al día en el manejos de métodos y técnicas para ser aplicadas en el ejercicio práctico empleados en cada unas de las circunstancia a presentarse de un hecho ocurrido.

MODELOS DE INTERPRETACION JURIDICA

La interpretación jurídica (o del derecho) es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios. En consecuencia, hablar de interpretación del derecho es igual a referirse a una actividad que comprende a todas las normas jurídicas, y no únicamente a las normas legales que produce el órgano legislativo. De ahí que la interpretación de la ley sea una especie de interpretación jurídica.

El Normativismo es la ciencia del derecho que consiste en el estudio del universo de normas. Son las unidades elementales de que estaría hecho el orden jurídico. El Normativismo supone que hay algo así como dos realidades. Una es la realidad social, la de los hechos, la de las conductas efectivas de la gente, la realidad de la sociología, la economía, las ciencias sociales descriptivas, y otra es una realidad diferente que es la realidad de las norma.

CARACTERÍSTICAS DEL NORMATIVISMO JURÍDICO

A) Heteronomía.- significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad; esta característica se opone a la Autonomía que significa que la norma es creada de acuerdo a la propia conciencia de la persona, es auto legislación (darse sus propias leyes).

B) Bilateralidad.- Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone derechos, también concede derechos a uno o varios sujetos. León petrazizky, dice que las normas jurídicas son imperativo - atributivas, siendo esta, otra manera de designar el carácter bilateral del derecho, pues lo imperativo signifícale ordenamiento jurídico, que impone obligaciones, y lo atributivo que estatuye derechos y obligaciones, esta característica se opone a la Unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento.

C) Exterioridad.- La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle la intención o convicción del sujeto obligado; se opone a la Interioridad en la cual el cumplimiento del deber no se realiza solo d acuerdo con la norma, sino conforme a los principios y convicciones del obligado.

D) Coercibilidad.- Esta característica consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza pública una sanción si la persona se niega a acatarla; a esta se le opone la Incoercibilidad que consiste en que la norma se ha de cumplir de manera espontánea, no puede obligarse a las personas a que la cumplan por medio de la fuerza judicial. La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo la jurídica coercibilidad.

F) Generalidad. Decir que la norma jurídica es

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