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NEGOCIO JURIDICO


Enviado por   •  17 de Mayo de 2013  •  2.501 Palabras (11 Páginas)  •  353 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Negocio Jurídico es el acto jurídico lícito integrado por una o varias declaraciones de voluntad privada que el derecho reconoce como base para la producción de efectos jurídicos, buscados y queridos por su autor o autores, siempre que concurran determinados requisitos o elementos. En una buena interpretación del negocio jurídico es el que principalmente introduce el principio en virtud del cual, para interpretar una declaración de voluntad, es necesario buscar la voluntad real y no limitase al sentido literal de la expresión siendo este de buenas costumbres principalmente para llegar a un acuerdo mutuo de aclarar situaciones necesarias entre las personas; en este acuerdo mutuo predomina el consentimiento, siendo este y de la misma manera la voluntad los pilares fundamentales en el negocio jurídico. Podemos definir al Negocio Jurídico como el consentimiento de las voluntades.

Es la manifestación de la autonomía privada en sentido estricto (autonomía de la voluntad). El negocio jurídico es la manera en la que se tiene un fin inmediato para establecer términos específicos en el cual nos ayuda a comprender aun mejor el funcionamiento del mismo en los diferentes ámbitos de la vida actual; los cuales se representan como unilaterales siendo estos el trato entre una sola persona y bilaterales cuando se involucran a mas de una.

Consiste en el que devuelve el sentido trascendente de su necesidad social, no se supone tanto la manifestación de un Estado como la determinación de una concreta autorregulación de intereses no se manifiestan que se quiere sino que es lo que se está realizando, y en definitiva es la proposición de una norma de conducta futura, puesto que mediante su declaración en la posición jurídica constituida mediante el negocio, incluso en contra de sus posteriores, deseos, intereses o vinculaciones y dicta una seria de comportamientos como en el caso del testamento en relación a terceras personas.

Negocio Jurídico

Acto Jurídico: Es una manifestación de voluntades que tiene como intensión causar consecuencia de derecho. El acto jurídico es previo al negocio jurídico. Es un acto jurídico y por ello un acto de voluntad; más caracterizado porque el contenido de la voluntad es decisivo y regulador de los efectos jurídicos que produce; éstos se originan por voluntad, a diferencia de los actos no negociables semejantes a los negocios jurídicos (el requerimiento de pago que engendra la mora del deudor).

Siendo este un acto humano que produce efectos de derecho con la intención de producirlos o sin ella. Por esta razón se clasifican en:

▪ Actos Jurídicos Lícitos

▪ Actos Jurídicos Ilícitos

Negocio Jurídico: Es manifestación de la autonomía privada en sentido estricto (autonomía de la voluntad), voluntad (elemento primordial del negocio jurídico) que se exterioriza y que va dirigida a la creación, modificación o extinción de las relaciones jurídicas. Entonces se empleara la frase negocio jurídico para nombrar un tipo especial de acto jurídico.

Siendo éste el resultado del ejercicio del derecho subjetivo pues este es un poder destinado a defender el propio interés o un interés jurídicamente protegido; el negocio jurídico es un sentido más profundo es un actuar unilateral o conjuntamente para la defensa de uno o varios intereses del titular o titulares. Se ha constituido como la sola declaración de voluntad, para cuyo pensamiento basta la referencia a un solo individuo.

“un acto es un negocio jurídico cuando la acción de la voluntad se dirige, de acuerdo con las leyes, a constituir, extinguir o cambiar una relación jurídica”

DIFERENTES DEFINICIONES DE NEGOCIO JURÍDICO:

a) El código italiano indica que NEGOCIO JURÍDICO es el acuerdo entre dos o más personas para consentir, regular o disolver entre si un vinculo jurídico.

b) Colín y Capitant, indica que es el acuerdo de dos o más voluntades dirigidos a producir efectos jurídicos.

c) Sánchez y Román indican que es aquella convención jurídica manifestada en forma legal por virtud de la cual una persona se obliga a favor de otra o varias entre sí al cumplimiento de una prestación de dar hacer o no hacer.

d) Negocio jurídico=contrato: El negocio jurídico viene hacer lo mismo igual a contrato. Es el conjunto de actos, acciones o elementos en general; el contrato es más particular. Es una especie de clase de negocio jurídico.

CLASIFICACIÓN DEL NEGOCIO JURÍDICO

Lo negocios jurídicos pueden clasificarse en dos clases:

▪ Unilaterales: Son el resultado del ejercicio de una voluntad comúnmente se consideran negocios jurídicos unilaterales al testamento. Son resultado del ejercicio de una facultad u opción como la elección en las obligaciones alternativas, la rescisión de un contrato o la compensación.

▪ Bilaterales: Son los fundados en la autonomía de la voluntad, son generalmente de carácter patrimoniales y por eso su formación exige que a la existencia de una oferta se una la acepción. Más no todos los negocios jurídicos bilaterales tiene el carácter de patrimoniales. Son negocios jurídicos bilaterales de carácter NO patrimonial, el matrimonio, los esponsales, el divorcio voluntario en lo que se refiere a la disolución del vínculo.

Quedan excluidos de la categoría de los negocios jurídicos los actos procesales, los actos oficiales y los actos de jurisdicción voluntaria, pues estos son resultados del ejercicio de una protesta, el cual es definido como el poder de mando para la defensa de un interés ajeno que no está sujeto.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL NEGOCIO JURÍDICO:

Son divididas en cuatro evoluciones importantes que son:

▪ Derecho Romano: No fue conocido el derecho jurídico, sino se conoció como PACTO O CONVENCIÓN.

▪ Derecho Intermedio: es el derecho Francés, introdujo al pacto o convención dos términos que son la obligatoriedad y la fuerza vinculante con estos dos elementos obtiene fuerza jurídica, el pacto o convención.

▪ Derecho Actual: es el acuerdo de voluntades que debe ser jurídico o que debe hacerse efectivo. Jurídico porque se hace de acuerdo a la ley y efectivo porque debe cumplirse. Todo esto es a raíz de la voluntad, se hace se modifica se disuelve o se anula siempre y cuando estén de acuerdo en ambas partes. Ejemplo: un patrimonio al quedar intestado se debe repartir por igual pero si están acuerdo todas las partes involucradas.

▪ Nuestra legislación: al referirnos específicamente al código civil, es una categoría legislativa ordenante del todo el ámbito de la autonomía privada. En relación

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