Normas Basicas De Cumplimiento Legal En Chile
Enviado por naaman.sanhueza • 25 de Febrero de 2013 • 897 Palabras (4 Páginas) • 711 Visitas
NORMAS BASICAS DE CUMPLIMIENTO Norma legal SI NO NC
I. Servicios Higiénicos
1.1 Cuenta con servicios higiénicos, de uso individual o colectivo. Art. 21 del D.S. 594 de 1999 del MINSAL
1.2 Cuenta con servicios higiénicos independientes y separados por sexo. Art. 22 del D.S. N° 594 de 1999, MINSAL
1.3 Mantiene los servicios higiénicos en buen estado de limpieza y/o funcionamiento. Art. 22 del D.S. N° 594 de 1999, MINSAL
II. Salas de vestir
2.1 Tiene habilitado un recinto destinado a vestuario (sala de vestir), (si los trabajadores necesitan cambio de vestuario) Art. 27 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
2.3 Mantiene el orden y aseo de la sala de vestir. Art. 27 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
III. Comedores
3.1 Dispone de comedor, para los trabajadores que se vean precisados a consumir alimentos en el lugar de trabajo. Art. 28 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
3.2 El comedor cuenta con las condiciones mínimas exigibles: mesas y sillas con cubierta de material lavable, lavaplatos, cocinilla y separado de fuentes de contaminación (basuras, polvos, etc.). Art. 28 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
SEGURIDAD
IV. Escaleras
4.1 Mantiene buenas condiciones de orden, aseo e iluminación en escaleras y estas cuentan con barandas. Art. 184 del Código del Trabajo
V. señalización
5.1 Cuenta con señalización permanente, indicando las vías de escape y zonas de seguridad ante emergencias. Art.. 37 D.S. N° 594/1999 MINSAL
VI. Instalaciones eléctricas
6.1 Mantiene protegidos los circuitos y equipos eléctricos mediante protector diferencial. Art. 39 D.S. N° 594 de 1999 MINSAL y art.Código Eléctrico
6.2 Mantiene en buen estado los conductores eléctricos, enchufes, interruptores, equipos de iluminación, ventilación, calefacción. Art.. 39 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
VII. Extintores
7.1 Mantiene extintores de incendio adecuados al riesgo a cubrir. Art.. 45 y 50 del D.S. N° 594 de 1999, MINSAL
7.2 Realiza mantención preventiva de extintores por lo menos una vez al año (revisión técnica). Art. 51 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
7.3 Ubica extintores en sitios de fácil acceso y claramente identificables. Art. 47 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
7.4 Instruye y entrena a los trabajadores sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia. Art. 48 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
VIII. Vías de escape
8.1 Se cuenta con vías de escape Art 7º del D.S Nº 594
8.2 Las vías de escape están expeditas, libres de obstáculos Art 7º del D.S Nº 594
X. Protección a la maternidad
10.1 Las mujeres embarazadas se encuentran realizando tareas que no son perjudiciales para su salud ( no levanta, arrastra o empuja grandes pesos- no permanece de pie, por largos periodos- no realiza horas extraordinarias – no trabaja de noche) . Art. 202 del Código del Trabajo.
10.2 Las mujeres embarazadas disponen libremente de silla y son adecuadas para el descanso. Art. 193º del Código del Trabajo.
XI Derecho a la silla
11.1 Se mantienen el número suficiente de sillas o asientos a disposición de los trabajadores (as) Art.
...