Normas Materiales Especiales
Enviado por kitty10 • 7 de Mayo de 2012 • Práctica o problema • 1.959 Palabras (8 Páginas) • 1.366 Visitas
Cuáles son las técnicas directas del sector de Derecho Aplicable?
• Normas de Aplicación Inmediata.
• Normas Materiales.
2. ¿Qué entiende por Normas de Aplicación Inmediata?
Planten una solución directa al conflicto de leyes con lo que excluyen la posibilidad e vinculación con el orden jurídico extranjero. Son de carácter material y tutelan intereses relacionados con el orden público, son de trascendencia tal que no pueden entrar en conflicto con leyes extranjeras, persiguen un fin de interés público de trascendencia para e Estado. Representan u método de regulación a las relaciones privadas internacionales apartado del método conflcitual clásico, e el que no se concede importancia a los elementos extranjeros inmersos en la relación, ni a la eventual remisión a un orden jurídico extranjero, otorgan así una solución directa emanada de la ley del foro.
3. ¿Qué entiende por Normas Materiales Especiales?
La tendencia hacia la especialización de las normas de conflicto es un elemento de combate frente a la generalidad, que es aconsejable en determinados sectores del derecho privado que son caracterizados por la especificidad de los tipos de relaciones jurídicas y de las situaciones litigiosas a las que pueden dar lugar. Constituyen la alternativa tanto a la generalidad de la norma de conflicto como a su efecto nacionalizador o desinternacionalizados. Se caracterizan por dar una respuesta directa y material a un supuesto de tráfico externo. Están pensadas para la especialidad que introducen las situaciones de tráfico externo, y que en consecuencia, contiene el elemento de extranjería en su supuesto de hecho. Determinan una consecuencia jurídica, arbitran una respuesta sustancial distinta a propia del derecho material del foro para supuestos del tráfico externo. Estas optimizan el principio de especialización de las normas de DIPr.
4. ¿Por qué se dice que la norma de conflicto es una técnica indirecta?
Porque no resuelve las cuestiones litigiosas, su función es la de remitir a la norma material que se encargará de solucionar el fondo del asunto.
5. ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la norma de conflicto?
Es principalmente de carácter formal, y se limita a elegir la norma jurídica aplicable para regular el fondo de una situación jurídica concreta cuando convergen disposiciones diversas.
* Es una norma formal, imperativa, indirecta y de derecho publico.
6. ¿Cuál es la estructura de la norma de conflicto?
Consta de:
• Un supuesto jurídico: El supuesto de la norma de conflicto no regula todos los actos de la situación particular como lo hacen las normas materiales, sino regularmente uno o más de sus aspectos y a diferencia de aquellas, ésta provoca una consecuencia jurídica indirecta debido a que sólo señala la ley material aplicable al caso concreto, por lo que en ocasiones una misma relación tiene vinculación con diversas leyes materiales.
El supuesto de la norma puede incluir:
• La designación de la norma jurídica material que regule el efecto resultante de una determinada situación.
• La designación de la norma jurídica material que ha de regir las condiciones necesarias para que un acto tenga efectos jurídicos.
• Las reglas de conflicto que regulan a su vez las condiciones para crear un efecto jurídico y los efectos del mismo.
• Un punto de conexión: un enlace o puente entre la norma aplicable y la relación concreta a regular, entre los que se encuentran el domicilio, la nacionalidad, residencia habitual, lugar de celebración del acto, de ejecución del acto y de ubicación de un inmueble.
• Una consecuencia jurídica derivada: Es la determinación del derecho aplicable a la relación privada internacional, además de permitir al juez la aplicación del derecho extranjero.
7. ¿Qué es el punto de conexión?
Es un elemento técnico que cumple con dos funciones, una es dar la relevancia al elemento extranjero existente en una relación privada internacional y, segundo, sirve como elemento para determinar la norma jurídica aplicable a la relación privada internacional o a determinado aspecto de la misma. Son entonces un enlace o puente entre la norma aplicable y la relación concreta a regular, entre los que se encuentran el domicilio, la nacionalidad, residencia habitual, lugar de celebración del acto, de ejecución del acto y de ubicación de un inmueble.
8. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de la norma de conflicto?
Determinar el derecho aplicable.
9. ¿Qué es una norma de extensión?
Es aquella que cumple la función de exceptuar para determinados supuestos, la solución general contenida en la norma de conflicto, en atención a los particulares interés de política legislativa del legislador del foro, o por la especial conexión de tales supuestos con el ordenamiento del foro, hechos ambos que pueden justificar la extensión de la ley del foro a la regulación de supuestos de trafico externo. Delimitan la aplicación en el espacio de la ley del foro, proyectándola a determinados supuesto conectados con el foro, a la vez que se erigen como una excepción a la solución general establecida en la norma de conflicto. VG. aplicar la norma a mexicanos que trabajan en y para empresas mexicanas aunque se encuentren ubicados en EEUU a fin de no aplicar la norma de éste último.
11. Exprese un concepto de calificación.
Actividad que realiza el órgano jurisdiccional para determinar en que institución jurídica encuadra la situación concreta sometida a proceso. Condición necesaria para determinar la norma conflictual aplicable, cuando no se refieren a situaciones particulares, derivan de la generalidad y carácter abstracto de sus disposiciones. Todo conflicto de leyes presupone una calificación previa.
Calificar es catalogar, encasillar, clasificar por medio de conceptos la realidad de la vida dentro de las normas y de las instituciones jurídicas.
12. ¿Qué es el reenvío?
Surge cuando la norma conflictual del juez del foro permite la aplicación en su conjunto de un derecho extraño (de otra entidad federativa o país extranjero) Y la norma de conflicto de esta legislación, por no ser idéntica a la del juez, no prevé la utilización de su derecho sustantivo, sino el del otro Estado.
13. Explique si en México se permite el reenvío.
Si se permite ya que en nuestro país se solucionan las controversias de manera ecléctica, es decir permite la aplicación de derecho extraño en algunos casos.
El art 14 fracc II del Cod Civil DF se refiere al reenvio y señala que cuando se
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