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OBJECION DE PRUEBAS


Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  976 Palabras (4 Páginas)  •  636 Visitas

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. JUEZ NOVENO DE LO FAMILIAR DEL

DISTRITO JUDICIAL DE LA CAPITAL

P R E S E N T E.

EXPEDIENTE 699/2006

MARIA MORALES

VS.

PEDRO TORRES

JUICIO CIVIL ORDINARIO

DIVORCIO NECESARIO

LIC. XXXXXXXXXXXXXX, con la personalidad que tengo debidamente acredita y reconocida dentro de los autos del expediente citado al rubro, con el debido respeto comparezco y expongo:

Por medio del presente escrito y estando dentro del término a que se contrae el artículo 288 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, vengo a objetar en cuanto a su alcance y valor probatorio, las siguientes probanzas ofrecidas por la actora en su escrito de fecha 25 de Abril del año en curso, mismas que fueron admitidas mediante auto de fecha 29 de Abril del mismo año, y que se me dieran vista en fecha 05 de Mayo del presente año, consistentes en los siguientes numerales:

I.- Se objeta en cuanto a su alcance y valor probatorio LA DOCUMENTAL PUBLICA relativa a la copia constancia de registro en el RFC a nombre de GABRIEL SANTANA, ya que como la propia actora se refiere al momento de su ofrecimiento que la misma es una “copia constancia” simple, la cual no se encuentra certificada o notariada de que ha sido debidamente cotejada con la original, por tal motivo resta por completo su autenticidad y valor probatorio de la misma y así lo deberá de considerar su Señoría al momento de resolver el presente juicio.

II.- Se objeta en cuanto a su alcance y valor probatorio LA DOCUMENTAL PUBLICA relativa al estado de cuenta del crédito hipotecario a nombre de MARIA MORALES, toda vez que la hoy actora no exhibe recibo de pago alguno, depósito bancario, o comprobante que haga constar que la actora haya sufragado dicho gasto, no obstante de que este supuesto crédito hipotecario al que se hace referencia no es básico o necesario para la subsistencia de la hoy actora y mucho menos tiene relación directa por no formar parte del juicio que nos ocupa y así lo deberá de considerar su Señoría al momento de resolver el presente juicio.

III.- Se objeta en cuanto a su alcance y valor probatorio LA DOCUMENTAL PUBLICA relativa al recibo de pago de TELMEX a nombre de MARIA MORALES ya que este servicio no es considerado como una necesidad básica o fundamental para la subsistencia de la hoy actora, aunado a ello que la propia oferente no manifestó en ningún momento que este servicio fuera necesario o indispensable para la misma y así lo deberá de considerar su Señoría al momento de resolver el presente juicio.

IV.- Se objeta en cuanto a su alcance y valor probatorio en todas y cada una de las partes y deberá ser desechada por su Señoría LA DOCUMENTAL PUBLICA relativa a los estados de cuenta de la tienda departamental COPPEL a nombre de MARIA MORALES ya

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