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OBLIGACIONES A TERMINO


Enviado por   •  23 de Marzo de 2014  •  1.146 Palabras (5 Páginas)  •  945 Visitas

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LAS OBLIGACIONES A TÉRMINO

OBLIGACIONES A TÉRMINO. DEFINICIÓN.

Las obligaciones a término se tratan de un plazo establecido para el cumplimiento de estas, y no podrán exigirse antes de ese día cierto y determinado, si bien puede anticiparse el vencimiento de la obligación, por renuncia al plazo por el beneficiario del mismo, por convenio de las partes o por presentarse determinadas circunstancias.

Podemos decir también, que son las obligaciones para cuyo cumplimiento se haya señalado un día cierto, sólo serán exigibles cuando el día llegue; tan a término o a plazo son aquellas obligaciones en las que se sabe exactamente el día en que han de realizarse la o las prestaciones (fecha concreta: el día de La Bandera del año 2015), como aquéllas en las que se ha señalado un día que necesariamente ha de llegar, aunque no se sepa exactamente cuando, como por ejemplo el día en que se produzca el fallecimiento de una persona.

EL TÉRMINO

Es un acontecimiento futuro y cierto, establecido en el artículo 1211 del Código Civil Venezolano. El término estipulado en las obligaciones difiere de la condición en que no suspende la obligación, y sólo fija el momento de la ejecución o de la extinción de la misma.. El término ha de ser necesariamente un día cierto, esto es, un día que ha de venir aunque se ignore cuando, puesto que si la indeterminación estriba en si ha o no de llegar el día se trata de una obligación condicionada. La característica fundamental del término es su certidumbre, en el sentido de que la circunstancia que lo constituye ocurra con toda certeza, aún cuando no pueda tenerse seguridad alguna en cuanto al momento en que realmente ocurra.

MANERA EN QUE PUEDA PRESENTARSE EL TÉRMINO.

Las obligaciones a término o a plazo son aquellas en las que las partes han estipulado un día a partir del cual la obligación comenzará a producir efectos o el momento desde el que dejará de producirlos. Se trata de obligaciones en las que se ha establecido un plazo para su cumplimiento, y éste no podrá exigirse antes de ese día cierto y determinado, si bien puede anticiparse el vencimiento de la obligación, por renuncia al plazo por el beneficiario del mismo, por convenio de las partes o por presentarse determinadas circunstancias. El término ha de ser necesariamente un día cierto, esto es, un día que ha de venir aunque se ignore cuando, puesto que si la indeterminación estriba en si ha o no de llegar el día se trata de una obligación condicional. El término puede ser inicial o final. El primero implica que los efectos de la obligación comenzarán desde que empieza el término, el término final supone que los efectos de la obligación se producen hasta que se cumple el plazo fijado.

LIMITACIONES A LAS PARTES PARA SUJETAR LAS OBLIGACIONES A PLAZO:

a) En los actos relativos al Derecho de Familia: la Adopción no puede hacerse bajo término.

b) En ciertos actos de contenido patrimonial: la aceptación de una Herencia no puede someterse a término.

El plazo o término puede ser fijado por las partes, por un tercero, por la ley o la autoridad judicial. En ningún caso puede dejarse al arbitrio del deudor la fijación del plazo, es por esto que se establece la necesidad de que sean los Tribunales los que fijen la duración del plazo cuando éste haya quedado a la voluntad del deudor, o cuando no se haya fijado pero de la naturaleza y circunstancias de la obligación se presuma la voluntad de concedérselo

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