OPINIÓN PERSONAL DE EDUCACIÓN GRATUITA
Enviado por ric4ard • 2 de Agosto de 2015 • Resumen • 4.729 Palabras (19 Páginas) • 133 Visitas
ESCUELA NORMAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL MAGISTERIO POTOSINO
PLANTEL 03
LICENCIATURA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA
ESPECIALIDAD TELESECUNDARIA
BASES FILOSOFICAS, LEGALES Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA EDUCATIVO
MEXICANO
CONCEPTO DE EDUCACIÓN GRATUITA
RICARDO PALACIOS CONTRERAS
MATEHUALA, S.L.P A 4 DE OCTUBRE DE 2014
OPINIÓN PERSONAL DE EDUCACIÓN GRATUITA
Que todo individuo debe tener educación porque es un derecho de todo mexicano
Art. 3° DE LA CONSTITUCIÓN POLITÍCA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
FRACCION IV
Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;
ART. 6° DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones o cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo. Las autoridades educativas en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias.
Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos.
En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna.
Artículo reformado DOF 11-09-2013
ART. 7° DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE SAN LIUS POTOSÍ
Los servicios educativos que el Gobierno del Estado imparta serán gratuitos. Las aportaciones y donaciones destinadas a dicha acción en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.
APOTACION DE ERNESTO MENESES
La gratuidad se cita por vez primera el 27 de diciembre de 1865;
Luego en la ley del 2 de diciembre de 1867 (gratuita para los pobres); en la ley del 21 de marzo de 1891;
Así como en la del 15 de agosto 1968
Aparece el art 3° de la constitución 1917
En la fracción IV de 1934, hasta la ley orgánica de 1941 que reglamenta el art 3° de 1934 establecía en los artículos 92 y 11, que el estado atendería preferentemente. La educación primaria hasta generalizarla. Así como la educación secundaria, la normal, la técnica, la alfabetización, la educación de indígenas y campesinos la cultura elemental de iletrados…respecto a la educación superior, la ley prescribía que el estado la fomentara con universidades o instituciones particulares, para poder dedicar con mayor amplitud sus recursos a las modalidades arriba mencionadas de la educación
En la fracción VII de 1941; fue el resultado de una negociación entre el presidente Manuel Ávila Camacho y Vicente Lombardo Toledano, a cambio de la aceptación del artículo por parte de este y los sindicatos.
CONSTRUCCIÓN PERSONAL DEL CONCEPTO
En estos artículos más que nada tratan sobre tres puntos en concreto, el primero se refiere a que la educación que imparta el Estado es para todos y será gratuita, el segundo nos habla de que el pago de cuotas o donaciones no se entenderán como contraprestaciones hechas por el servicio de educar y que dichas cuotas o donaciones la autoridades educativas manejaran, explicaran sobre las diferentes regulaciones que se hagan sobre dichos pagos.
ESCUELA NORMAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL MAGISTERIO POTOSINO
PLANTEL 03
LICENCIATURA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA
ESPECIALIDAD TELESECUNDARIA
BASES FILOSOFICAS, LEGALES Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA EDUCATIVO
MEXICANO
CONCEPTO DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
RICARDO PALACIOS CONTRERAS
MATEHUALA, S.L.P A 4 DE OCTUBRE DE 2014
OPINIÓN PERSONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
Que es correcto que sea obligatoria porque así los individuos tendrán un sentido de responsabilidad más alto y lo tomarán con más seriedad tanto para ellos como para sus hijos o pupilos y mediante esto se fomentara un sentido de desarrollo gradual o poco a poco ir mejorando el país ya que la educación es la principal herramienta a la hora de mejorar un país.
ART. 3° DE LA CONSTITUCIÓN POLITÍCA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.
ART. 31° DE LA CONSTITUCIÓN POLITÍCA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
FRACCIÓN I
Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
ART. 3° DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
El Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior. Estos servicios se prestarán en el marco del
federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la presente Ley.
...