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Obligatoriedad Secundaria En Argentina


Enviado por   •  12 de Marzo de 2013  •  1.952 Palabras (8 Páginas)  •  433 Visitas

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2.5.1- La masificación del secundario y la obligatoriedad legislada.

Daniel Pinkasz expone que el crecimiento de la escuela media se ha estancado en los primeros años del siglo XXI, después de pasar “de una fase de expansión a una fase de masificación”. Estos límites se sustentan en: “la dicotomía inclusión / exclusión”, y en la incidencia “de formas de inclusión precarias o de baja calidad”. (Pinkasz, 2010)

Considera como fase de expansión a los treinta años anteriores a 1993, en que se extiende la obligatoriedad escolar al tercer ciclo o EGB3, en el que se incorporaron los dos primeros años de la anterior secundaria. La fase de masificación abarca desde ese momento hasta el presente. (Pinkasz, 2010)

Durante la fase de expansión se dieron una serie de transformaciones para albergar la demanda de matriculación de las clases medias y bajas, con posibilidades de movilidad ascendente, en el sistema. Estas estrategias se alinean con las “reformas comprensivas” que se dieron en los países desarrollados. Estas reformas comprensivas en nuestro país, no afectaron el modelo de la escuela media. “Este modelo es uno de los principales obstáculos a la hora de alojar, en la actual etapa de masificación, a una población con características diferentes a la de los sectores medios que motorizaron la etapa anterior”. (Pinkasz, 2010)

Con las reformas del sistema educativo en 1993 y 2006, se legisla la obligatoriedad del nivel medio o secundario completo, iniciando el proceso de masificación de esta escolarización en la que ingresan grupos sociales que se segmentan y fragmentan por efecto de la pobreza y la segregación urbana. (Pinkasz, 2010)

En la actualidad existe una demanda de “contención” hacia las escuelas medias que recibe distintas acepciones según los sectores socioculturales que la invoquen. La escuela se ha constituido en “el lugar” para albergar a la juventud, con lo cual cobra relevancia la cultura propia para habitarlo. Esta cultura juvenil contradice el formato escolar del secundario, fundamentado en tres soportes básicos: “la clasificación del currículum, el principio de designación de los profesores por especialidad y la organización del trabajo docente por hora de clase.” (Tiramonti, 2010)

“El formato o gramática actual de la escuela porta una definición cultural y un patrón selectivo que se contradice con los nuevos contenidos y soportes culturales por un lado, y con la pretensión de incluir a todos en la escuela secundaria por otro.”(Tiramonti, 2010)

Nos encontramos ante el gran desafío, de encontrar las estrategias y reformas para que la escolarización obligatoria del nivel medio sea una realidad y no un mero enunciado.

3- LA VIGENCIA DEL CONCEPTO

El concepto de escolarización obligatoria, común a las tres leyes educativas nacionales, ha ido modificando su sentido progresivamente.

- En la Ley 1420/1884, se legislaba la obligación de los padres de brindar la instrucción primaria a todos los niños comprendidos en la edad fijada en la ley. Esta obligación escolar podía cumplirse en los establecimientos públicos, en los particulares o en el hogar. Para asegurar el efectivo ejercicio de esta disposición preveía el uso de amonestaciones, multas y hasta la fuerza pública. De parte del Estado, generaba la obligación de erigir al menos una escuela pública, en vecindarios de un determinado número de habitantes en las ciudades y en territorios con menos densidad poblacional.

En esta ley se enfatiza “la obligación” de la educación primaria que atañe a las familias y al Estado. (Ley 1420)

- La Ley Federal 24.195/1993 se orienta a legislar el derecho constitucional a enseñar y aprender. Reconoce la responsabilidad de las familias como agente educativo natural y primario y al Estado nacional como principal responsable junto a otros niveles gubernamentales e instituciones sociales. Extiende y fija la obligatoriedad escolar involucrando un recorte del nivel inicial y creando a partir de la primaria y parte del secundario la Educación General Básica. Como instrumento de su responsabilidad educativa el Estado organiza y estructura el sistema educativo nacional; asegurando la gratuidad de los servicios estatales en todos los niveles y regímenes especiales.

En esta ley educativa, la obligatoriedad escolar vira su sentido hacia el derecho a la educación de los habitantes y prolonga el lapso de inclusión, preservando el derecho de gratuidad en el sistema público de todos los niveles. (Ley Federal 24.195)

- La Ley Nacional 26.206/2006 parte del mismo reconocimiento al derecho constitucional de enseñar y aprender, y se considera a la educación y el conocimiento como bienes públicos y personales garantizados por el Estado. Éste asegura el financiamiento del sistema educativo nacional asignándole al menos el 6% del Producto Bruto Interno. Discrimina la gestión estatal y la gestión privada de los establecimientos educativos públicos. Legisla la unificación del sistema educativo nacional en todas las jurisdicciones, retornando a la estructura previa. Prolonga la obligatoriedad hasta la culminación del secundario.

Si bien el sentido de la obligatoriedad escolar es similar al de la Ley Federal anterior, como derecho garantizado, extendido y gratuito, se marca un mayor protagonismo del Estado. (Ley de Educación Nacional 26.206)

La escolarización obligatoria es un dispositivo propio de los sistemas educativos de la modernidad que acompañó y facilitó la naturalización del formato de la escuela moderna.

Pero la escuela no nace con el sistema social gobernado por el Estado, ni es invento del capitalismo. La enseñanza sistemática como trasmisión, incipiente embrión escolar, aparece conjuntamente con la escritura. Durante los siglos XVI y XVII, es que “lo escolar como un espacio-tiempo social autónomo deviene de una mezcla entre religión y ciencia”, impulsando

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