PARAFISCALES
Enviado por duquemosquera • 2 de Octubre de 2013 • 503 Palabras (3 Páginas) • 259 Visitas
¿En qué casos se exoneró de pagos de aportes al SENA, ICBF Y SALUD a los empleadores y desde cuándo?
PAGO PARAFISCALES. La ley ha establecido como norma general que los empleadores deben realizar aportes por cada uno de sus trabajadores con destino al ICBF, al SENA y a las Cajas de Compensación Familiar, al igual que a Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales.
EXCEPCION. La Ley 1607 de 2012, ha establecido como excepción a esa norma la exoneración al empleador de realizar aportes al ICBF y Sena e igual que a Salud así:
ENTIDAD
PORCENTAJE HOY
REFORMA
NORMA LEGAL
SENA
2 %
No aporta
.
ICBF
3 %
No aporta
Ley 89 de 1998
CAJAS DE COMPENSACION
4 %
4%
Ley 21 de 1982
EXONERADOS DEL PAGO DEL APORTE:
EMPLEADOR
REQUISITO
Sociedades y Personas Jurídicas asimiladas
-Declarantes del impuesto sobre renta y complementarios.
-Que devenguen individualmente hasta 10 salarios mínimos
Personas naturales empleadoras
-Que devenguen menos de 10 salarios mínimos legales mensuales
-Que el empleador tenga 2 o más trabajadores
NO APLICA LA EXONERACION PARA:
Personas naturales empleadoras
Que empleen una sola persona
Empleadores de trabajadores que devenguen más de 10 smlmv
Sean o no sujetos del impuesto sobre la renta para la equidad CREE
Entidades sin ánimo de lucro
Por no ser sujetos del impuesto CREE
Sociedades declaradas Zonas Francas
Que estén en las condiciones del Art 20 Parágrafo 3 Ley 1607
¿DESDE CUANDO APLICA? A partir del momento en que el Gobierno Nacional implemente el sistema de retenciones en la fuente para el recaudo del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE- y en todo caso antes del 1° de julio de 2013.
APORTE DE SALUD. Porcentaje que se aplica al salario
PARTES
HOY
REFORMA
Empleador
8.5%
No aporta
Trabajador
4.0%
4%
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