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PARTE HISTÓRICA DEL DERECHO NOTARIAL


Enviado por   •  7 de Agosto de 2013  •  Tesis  •  9.725 Palabras (39 Páginas)  •  777 Visitas

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I.PARTE HISTÓRICA DEL DERECHO NOTARIAL

En la antigüedad las personas conformaban sociedades muy pequeñas, por lo cual los actos jurídicos que llevaban a cabo entre sus integrantes eran, sin lugar a duda, estrictamente locales y no existía la necesidad de probar la ejecución de dichos actos, debido a que toda la comunidad los conocía.

Conforme fueron evolucionando los grupos humanos fueron más grandes, por lo que surgió la necesidad de la seguridad jurídica en la realización de los actos jurídicos, y esto se satisfizo con la fe pública (fe es creer en algo que no se percibe por los sentidos) La fe pública se concede a ciertas personas conocedoras del derecho

No solo era necesario probar el acto ante las partes, por tanto, se sugiere un registro de los actos jurídicos con la característica de ser público, para que dichos actos jurídicos con la característica de ser público, para que dichos actos puedan ser conocidos por cualquiera que tenga interés en ello y les sea oponible su contenido.

Egipto

En el año 2600 o 2400 a.C. ya había una persona llamada escriba, quien por medio de jeroglíficos realizados con tiza de junco en papiros, o escritura hierática, hacía constar diversos hechos.

Roma

En el siglo VI de la era cristiana, por primera vez existe una regulación positiva del notariado, debida a Justiniano: donde existe un cuerpo normativo en sus novelas 44, 47, 73, las cuales regulan lo siguiente:

• Novela 44, normatiza la actividad del tabellon (notario)

• Novela 47, reglamenta la utilización del protocolo

• Novela 73, regula el documento notarial

Los tabellones eran personas cultas en derecho, que sabían escribir, pero no formaban parte de la administración pública romana.

Carlo magno (siglo IX)

Carlo magno legisla en las capitulares sobre la actividad notarial y establece “instrumento notarial tiene el valor probatorio de una sentencia ejecutoriada” y, por lo tanto era inatacable.

León VI, el filosofo (siglo IX)

Realiza un estudio de los tabularis (antes tabellon) en su constitución XXV y destaca lo siguiente:

• Examen para ser tabulari

• Requisitos físicos, jurídicos y morales

• Colegiación obligatoria

• Fija un numerus clausus a sus integrantes

• Impone aranceles

Rolandino Passaggeri

Escribió la aurora, obra en la que además de establecer lineamientos éticos para el notario, destacaba que se deben tomar en cuenta dos factores: el ius(el derecho conduce al conocimiento del arte notarial) y el factum (el hecho lleva a la factibilidad de su ejercicio)

Alfonso X, el sabio (siglo XIII)

Realizo una gran obra de recopilación con el fuero real de castillo, el especulo y el código de las siete partidas.

En la tercera partida establecía la regulación en la actividad notarial en la que destacaba dos puntos:

1.- dos tipos de escribanos:

a) el escribano o notario del rey, que se encargaba de los actos estatales del rey (adscrito a la corte)

b) el escribano público, que realizaba la función notarial particular

2.- la facultad de nombrar escribanos correspondía al rey.

Revolución francesa

La actividad notarial se reglamento por la ley del 25 ventoso del año 11 (marzo de 1803) y se establecía, entre otras cosas:

a) El notario es un funcionario publico

b) Se requiere de transcripción del título para acreditar el derecho del enajenante

c) Practica de seis años para ser notario

España (1862)

Se expide en forma codificada la primera ley orgánica del notariado español que regulaba;

a) El notario y su función

b) El instrumento publico notarial

c) La organización notarial

Época pre colonial (los tlacuilos)

En Tenochtitlán no existieron notarios en el sentido en que se entiende el término en la actualidad. Existía un personaje llamado tlacuilo, quien a la manera del escriba egipcio era hábil para escribir y redactar documentos.

II.EVOLUCION DEL NOTARIADO EN MEXICO

Descubrimiento y conquista

Durante la época de la Nueva España el conquistador español Hernán Cortés encontrándose ya en tierras americanas, solicitó en Santo Domingo una escribanía del Rey con resultados desfavorables, sin embargo más tarde se le otorgó la

Escribanía del Ayuntamiento de Asúa, donde practicó las cuestiones del Notariado que tanto le atraían, durante un periodo de cinco años. Más tarde en 1512 Cortés obtuvo una escribanía durante el gobierno de Diego Velázquez en recompensa a su valor en el campo de batalla.

Cortés estaba consciente del papel que le correspondía desempeñar a los escribanos, ya que estaba familiarizado con las leyes que aplicaban estos, por esta razón el conquistador se hizo acompañar por un escribano en todas sus hazañas y empresas guerreras. De hecho, Bernal del Castillo comenta que cuando

Cortés llegó a Tabasco por la desembocadura del Río Grijalva le pidió a Diego de Godoy escribano del Rey que lo acompañara, y que requiriese de paz a los aborígenes, quienes rechazaron el requerimiento, con lo cual provocaron ser dispersos por sus enemigos. Fue entonces cuando Cortés toma posesión de la tierra de Tabasco ante el mencionado escribano Diego de Godoy.

Durante la conquista, los escribanos dejaron constancia escrita de la fundación de ciudades, de la creación de ciudades, entre otros acontecimientos de relevancia para la historia de esa época.

Cabe mencionar que entre los integrantes de la expedición realizada por Colón, se encontraba Rodrigo de Escobedo, escribano del consulado del mar, quien se encargaba de llevar un diario de la expedición, registrando el tráfico de las mercancías, hechos sobresalientes y la actividad de la tripulación.

Época colonial

La conquista culmino en 1521 con la captura de Cuauhtémoc, y nació así la nueva España y la época colonial.

La primera acta del cabildo de la ciudad de México correspondió a la sesión que se celebro el 8 de marzo de 1524.

Durante la colonia, el rey tenía la facultad de designar a los escribanos por ser una de las actividades del estado.

La función fedataria se ejerció en un principio por escribanos peninsulares que después fueron sustituidos por criollos.

De acuerdo con las siete partidas, la novísima recopilación y las leyes de indias, además de la compra del oficio, había otros requisitos para el ejercicio:

• Ser mayor de 25 años

• De buena fama

• Cristiano

• Reservado

• De buen entendimiento

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