PLAZO Y TÉRMINO
Enviado por erick4991 • 24 de Octubre de 2013 • Ensayo • 741 Palabras (3 Páginas) • 419 Visitas
PLAZO Y TÉRMINO
Plazo y término es el tiempo que es concedido por la ley o por el juez con el fin de llevar a cabo cualquier tipo de diligencias o acto judicial
PLAZO.-
El plazo es el lapso de tiempo que la ley, el juez o las partes interesadas fijan para el cumplimiento de actos procesales de carácter civil o procesal. Es así, para Eduardo Juan Couture lo define como: “medida de tiempo señalada para la realización de un acto o para la producción de sus efectos jurídicos”.
De tal manera que en nuestra legislación señala al plazo en el Art.- 33 del Código Civil en que dispone “…Todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención en las leyes, o en los decretos… se entenderá que han de ser completos; y correrán, además, hasta la media noche del último día del plazo...”.
En el Art. 34 de la mencionada ley, dice que, de un acto debe ser ejecutado dentro de cierto plazo se entenderá que este tiempo se ejecuta antes de la media noche en que termina el último día del plazo; y de exigirse el transcurso de un tiempo determinado para que surja o expire derecho algún, ello no nacerá sino después de la media noche en que termina el termino del ultimo día del tiempo mencionado
Tales plazos en mención son comprendidos en su totalidad es decir que comprende días feriados, a menos de que expresamente diga que el plazo señalado sean en días útiles de ser así no contaran con los feriados
Además si se dispone un plazo de un mes, este se lo tomara según los días en que se encuentre el mes es decir meses que contengan días de veintiocho, veintinueve, treinta o treinta y un días; y el plazo de un año de trescientos sesenta y cinco o trescientos sesenta y seis días, según los casos. Lo mencionado es aplicable a prescripciones, a las calificaciones de edad, y, en general.
TERMINO.-
El término es el límite del plazo en que tiene que realizarse un acto procesal, es decir cuando la acción se ha extinguido, en el cual se fijara un tiempo determinado, es decir día, mes y año especifico, en que vence una obligación o comienza el mismo
En nuestra legislación en el Art.- 307 nos habla de tipos de términos: ordinario y extraordinario
Son extraordinarios los concedidos por el juez para diligencias judiciales que deben practicarse fuera del lugar del juicio; si se concede el termino extraordinario el Art.- 308 dice que es el mismo decreto el que señalada el número de días,
Cuando la ley o el juez concedan veinticuatro horas, el término correrá hasta la medianoche del día siguiente al de la citación o notificación, así el Término, continuará sin interrupción hasta su fenecimiento, a excepción si se suspende por:
El despacho por Algún acontecimiento extraordinario, quedará suspendido el término.
Cuando las partes lo soliciten conjuntamente.
Los jueces
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