PNO RECEPCION Y REGISTRO DE MEDICAMENTOS.
Enviado por Rafael Rico • 24 de Julio de 2016 • Ensayo • 1.522 Palabras (7 Páginas) • 2.446 Visitas
[pic 1] | PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN PARA EL MANEJO Y CONSERVACION DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD | ||||
Clave: PNO-MCMIS-05 | Versión: 01 | Vigente a partir de: 01-06-16 | Próxima revisión: 01-06-18 | Sustituye a: NUEVO | Página: 1/7 |
Mantener condiciones de seguridad e higiene durante la recepción, manejo y conservación de medicamentos y demás insumos para la salud de acuerdo a la legislación vigente y organización de la farmacia.
Este procedimiento debe llevarse a cabo por el personal encargado del manejo y conservación de medicamentos e insumos para la salud dentro de la farmacia, dispensador de farmacia y responsable sanitario, así como la vigilancia y supervisión de la autoridad sanitaria.
Es responsabilidad del Responsable Sanitario lo siguiente:
Es responsabilidad del dispensador de farmacia lo siguiente:
Es responsabilidad de la autoridad sanitaria lo siguiente:
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ELABORÓ: FECHA: 03 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Mónica Liz Medina J PUESTO: Propietaria | REVISÓ: FECHA: 10 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Dr. Rafael Rico Saucedo PUESTO: Responsable Sanitario | AUTORIZÓ: FECHA: 10 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Dr. Rafael Rico Saucedo PUESTO: Responsable Sanitario |
[pic 2] | PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN PARA EL MANEJO Y CONSERVACION DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD | ||||
Clave: PNO-MCMIS-05 | Versión: 01 | Vigente a partir de: 01-06-16 | Próxima revisión: 01-06-18 | Sustituye a: NUEVO | Página: 2/7 |
Las condiciones de almacenamiento deberán cumplir las recomendaciones del fabricante, las cuales están expresadas en la etiqueta y se definen a partir de los resultados de estudios de estabilidad realizados de acuerdo con la norma oficial mexicana vigente que corresponda. Cuando un texto menciona una temperatura sin indicar las cifras, los términos generales tienen el significado siguiente: Temperatura de congelación. Temperatura que se encuentra entre -25 y -10°C. Temperatura de refrigeración. Temperatura que se encuentra entre 2 y 8 °C. Los productos que requieren esta temperatura son conservados en un refrigerador. Temperatura de refrigeración controlada. Temperatura que se encuentra entre 2 y 8°C y permite excursiones a temperaturas entre 0 y 15°C, siempre que la media cinética no exceda de 8°C. Temperatura fresca o fresco. Temperatura que se encuentra entre 8 y 15°C. Un producto cuya temperatura de conservación indique debe conservarse en un lugar fresco puede ser almacenado y distribuido en un refrigerador. Temperatura ambiente. Temperatura del área de trabajo. | |||||
ELABORÓ: FECHA: 03 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Mónica Liz Medina J PUESTO: Propietaria | REVISÓ: FECHA: 10 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Dr. Rafael Rico Saucedo PUESTO: Responsable Sanitario | AUTORIZÓ: FECHA: 10 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Dr. Rafael Rico Saucedo PUESTO: Responsable Sanitario |
[pic 3] | PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN PARA EL MANEJO Y CONSERVACION DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD | ||||
Clave: PNO-MCMIS-05 | Versión: 01 | Vigente a partir de: 01-06-16 | Próxima revisión: 01-06-18 | Sustituye a: NUEVO | Página: 3/7 |
Temperatura ambiente controlada. Temperatura que se mantiene termostáticamente entre 20 y 25°C y permite excursiones entre 15 y 30°C, siempre que la media cinética no exceda de 25°C. Los productos deben ser etiquetados con la leyenda “Consérvese a no más de 25°C” cuando sea necesario conservarlos a temperatura ambiente controlada. No congelar. Esta leyenda debe colocarse en la etiqueta del producto que no debe congelarse por riesgo de ruptura del envase primario o por el riesgo de una pérdida de potencia o alteración de las características del producto. Lugar seco. Lugar con una humedad relativa no mayor del 40% a una temperatura ambiente controlada. La determinación puede hacerse mediante lecturas directas en el lugar o basarse en informes de condiciones climáticas. La determinación debe hacerse con no menos de 12 medidas igualmente espaciadas en una estación, un año o durante el periodo de conservación del producto. Para comprobar que se cumple con las condiciones de almacenamiento indicadas por el fabricante en las etiquetas, se debe contar con un sistema de registro (manual o automatizado) de las condiciones de temperatura y humedad que utilice instrumentos de medición calibrados (termohigrómetro), así como con sistemas de control de temperatura que proporcionen dichas condiciones, como puede ser un sistema de ventilación adecuada o de aire acondicionado. | |||||
ELABORÓ: FECHA: 03 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Mónica Liz Medina J PUESTO: Propietaria | REVISÓ: FECHA: 10 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Dr. Rafael Rico Saucedo PUESTO: Responsable Sanitario | AUTORIZÓ: FECHA: 10 de Mayo de 2016 FIRMA: NOMBRE: Dr. Rafael Rico Saucedo PUESTO: Responsable Sanitario |
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