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PODER LEGISLATIVO - ENSAYO


Enviado por   •  18 de Agosto de 2014  •  3.258 Palabras (14 Páginas)  •  488 Visitas

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CAPITULO I: EL PODER LEGISLATIVO

1. Conformación

Masgo (1993), señala que el Poder Legislativo está integrado por ciento treinta congresistas elegidas en las urnas por un período de 5 años. En el Perú consta de una Cámara Única. Considerado como el principal y público lugar para debates políticos entre los representantes de cada partido para que la sociedad se encuentre debidamente informada. Asimismo; se discutirá, se debatirá opiniones. Afirma también, que el Congreso tiene diversos instrumentos para fiscalizar la administración pública. Es decir, que la ESTRUCTURA DEL PARLAMENTO se divide en dos fases: “Ámbito Político y Administrativo”. El Ámbito Político se divide en dos clases; "Órganos de gobierno" que se divide en Presidencia, Mesa Directiva, Consejo Directivo, que sus funciones es aprobar la agenda antes de cada sesión, que autorizan licencia por enfermedad o viaje por parte de los Congresistas.

Al mismo tiempo “Órganos de Producción” que se divide en pleno, referida a la instancia donde se debate y se tomarán futuras decisiones, donde reportan los proyectos por las comisiones a fin de ser aprobados. Y finalmente “Ámbito Administrativo” que consta de dos fases: "Servicio Parlamentaria" que apoya, asesora y asiste en las tareas, objetivos y funciones parlamentarias de los congresistas legislativos, de control y de representación y de los órganos de los que son miembros, así como también "Oficialía Mayor" quien responde ante el Presidente por la marcha y los resultados de las dependencias y el personal del servicio parlamentario.

2. Funciones Generales

2.1 Del Congreso

Reglamento del Congreso de la República del Perú (1992), afirma que “en la organización del Congreso se distinguirá entre el ámbito de organización y trabajo de los congresistas que se denominará organización parlamentaria y el de los órganos de asesoría y apoyo administrativo que se denominará servicio parlamentario” (p.13). En consecuencia, de acuerdo a la Sección Segunda del Reglamento del Congreso de la República, el servicio parlamentario debe de apoyar, asesorar y asistir en las tareas, objetivos y funciones parlamentarias de los congresistas y de representación y de los órganos de los que son miembros. La clave de su trabajo se encuentra en realizar sus tareas de manera eficaz y políticamente neutral; para ello cuenta con autonomía funcional y de gestión, dentro de los límites que determina el Estatuto del Servicio Parlamentario, aprobado en el Pleno del Congreso, y otras disposiciones internas. A fin de reforzar el presente contenido temático, el equipo presenta una entrevista a Don Bruce Montes de Oca, Carlos Ricardo; Congresista de la República del Perú, sobre el tema: Voto de Confianza del Congreso hacia el Gabinete de Rene Cornejo, ubicada en el anexo 01, página 13. Según la página que yo vaya a dar

2.2 De la Comisión Permanente

Guembes (2011), afirma lo siguiente:

La constitución de 1979 establecía que las legislaturas se producen durante los recesos y que a sus agendas se ciñen estrictamente al o a los asuntos que motivan su convocatoria. Sus principales funciones son: Nombramiento y ratificación de funcionarios Legislativas Financieras Control político y moral Control normativo. Nombra al Contralor General de la República, y ratifica los nombramientos del Presidente del Banco Central de Reserva y del Superintendente de Banca y Seguros, tramitar y aprobar los créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias (Guembes, 2011, p.343).

En consecuencia, el autor afirma que la Comisión Permanente tiene la función de dar permiso a cualquier salida que pueda tener el Presidente, autorización de Decretos, la aprobación de Leyes con fines, el nombramiento y la ratificación de los funcionarios legislativos financieros y de control político , nombrando a un principal Controlador de la República.

3. La actual actividad Legislativa en el Perú

Romero (2012), afirma lo siguiente:

La Institución Parlamentaria tiene una primera e histórica responsabilidad, La Constitución Política del Perú señala varios caminos para llegar a la formulación y promulgación de las leyes. Asimismo, tiene derecho de iniciativa, el Presidente de la República y los congresistas, así como los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los municipios y los colegios profesionales.

(Romero, 2012, p.126).

En consecuencia, el Poder Legislativo tiene como responsabilidad, crear leyes para el mejoramiento de la sociedad, de tal modo que la facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.

4. La Inmunidad Parlamentaria

Torres (1999), afirma que “Existen mecanismos de defensa como el control difuso ejercido por los jueces y las garantías constitucionales, dentro del sistema legislativo, la Constitución Política es la norma Jurídica de mayor jerarquía” (p.5). En consecuencia, dentro de la inmunidad parlamentaria se puede ejercer diferentes métodos con el fin de hacer cumplir esta norma con respecto al Poder Legislativo. Está claro hacer hincapié que esta norma se va a desarrollar teniendo en cuenta los parámetros de la Constitución Política del Perú, debido a que esta es la Norma Jurídica de mayor jerarquía.

Constitución Política del Perú (1993), señala que la inmunidad parlamentaria en el Perú consiste en que los parlamentarios no pueden ser detenidos ni procesados sin la autorización del congreso del cual son miembros, salvo cuando son sorprendidos en plena comisión de delito. Afirma también, que cuatro son las características principales: la inmunidad de proceso y arresto, restringida de ámbito penal, los límites temporales, el procedimiento de levantamiento de inmunidad parlamentaria. La primera, impide que un congresista pueda ser sometido a un proceso judicial penal o ser apresado sin aprobación del congreso. La segunda, comprende que la inmunidad parlamentaria no protege a los parlamentarios en los procesos civiles, laborales, etc. La tercera, afirma que cualquier persona con procesos penales iniciados no puede evadirlos si eventualmente es elegida congresista con posterioridad a su inicio; y finalmente la cuarta, comprende que para que un congresista sea procesado penalmente o apresado por delitos cometidos se formula por una comisión formada por Vocales Titulares de la Corte Suprema de Justicia designada por una Sala Plena, se realiza una solicitud de levantamiento de fuero se presenta al Congreso acompañada de una

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