POTESTAD ORGANIZATIVA
Enviado por LillisMC • 15 de Abril de 2015 • 1.111 Palabras (5 Páginas) • 387 Visitas
Potestad organizativa
La potestad organizativa es el conjunto de facultades que la Administración Pública ostenta para configurar su estructura. El articulo 141 de la carta magna establece:
Art.141. La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública,
con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
La Constitución, además de consagrar el conjunto de derechos de los ciudadanos y consagrar los principios fundamentales del Estado, organiza y regula los principales órganos e instituciones del Estado.
Así, el artículo 136 de la Constitución establece la distribución fundamental o primaria del Poder Público en los siguientes términos:
“Art. 136: El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.”
Además de establecer la distribución primaria y fundamental del Poder Público y asignar competencias entre los distintos niveles y ramas, la Constitución crea y organiza las principales Instituciones Nacionales del Estado, como por ejemplo el Banco Central de Venezuela.
Ahora bien, la Constitución a pesar de distribuir el Poder Público en distintas ramas y niveles, reconoce implícitamente que dicha organización es insuficiente para lograr los acometidos del Estado. Por ello, la Constitución otorga potestades organizativas con la finalidad de desarrollar los órganos e instituciones por ella creados así como crear los organismos administrativos o entes públicos necesarios para la cabal consecución de los fines del Estado.
1.1 La Potestad Organizativa General
Teniendo presente lo anterior, la Constitución atribuye al Poder Público Nacional la potestad organizativa en los siguientes términos:
“Artículo 156: Es de la competencia del Poder Público Nacional:
[…]
La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, penal, penitenciaria, de procedimientos y de derecho internacional privado; la de elecciones; la de expropiación por causa de utilidad pública o social; la de crédito público; la de propiedad intelectual, artística e industrial; la del patrimonio cultural y arqueológico; la agraria; la de inmigración y poblamiento; la de pueblos indígenas y territorios ocupados por ellos; la del trabajo, previsión y seguridad sociales; la de sanidad animal y vegetal; la de notarías y registro público; la de bancos y la de seguros; la de loterías, hipódromos y apuestas en general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del Estado; y la relativa a todas las materias de la competencia nacional.”
De esa forma se atribuye al Poder Público Nacional la legislación en materia de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional, lo cual incluye (i) el Poder Legislativo Nacional, (ii) el Poder Ejecutivo Nacional (incluyendo la Procuraduría General de la República, el Consejo de Estado y el Consejo de Defensa de la Nación[3], Consejo Federal de Gobierno y la Fuerza Armada Nacional), (iii) el Poder Judicial, (iv) el Poder Ciudadano (incluyendo el Consejo Moral Republicano, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la República), y (v) el Poder Electoral.
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