PREGUNTAS PARCIAL ALEGRIA USC - CONTRATACION PRIVADA
Enviado por Pablo Casaran • 4 de Diciembre de 2018 • Examen • 2.763 Palabras (12 Páginas) • 124 Visitas
TALLER DE RESOLUCIÒN INVESTIGATIVA POR PAREJAS
1.- En un contrato de compraventa en el cual se pactó la entrega de la cosa vendida en la ciudad de Palmira ¿qué forma de entrega es esta, en materia civil?
R// La forma de la entrega es consensual. El lugar de la entrega es el que convienen las partes, en este caso en Palmira. En su defecto, la entrega debe hacerse en el lugar en que la cosa cierta se encontraba al celebrarse el contrato.
2.- En materia contractual, se dice que la Lesión Enorme se da en algunos actos y en otros no se puede presentar, como por ejemplo en la compraventa de bienes muebles. Así las cosas y de conformidad del tema visto en clase ¿en qué eventos NO se da la “Lesión enorme?
R// La acción de rescisión por lesión enorme NO PROCEDE CONTRA COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES, NI AQUELLAS QUE SE HACEN POR VENTA JUDICIAL; SI la cosa perece en manos del comprador tampoco habrá lugar o será improcedente la acción rescisoria por parte del comprador como por parte del vendedor. Tampoco procederá la acción rescisoria cuando el comprador ha enajenado la cosa, a menos que la haya vendido por mayor precio del que la compro, en este caso podrá el primer vendedor reclamar el exceso, pero solo hasta el monto del justo precio de la cosa, con deducción de una décima parte.
3.- ¿Que “se entiende como tal el pacto contenido en un documento anexo al contrato mediante el cual los contratantes acuerdan modificar algunas cláusulas del contrato, por ejemplo prorrogarlo o cambiar las condiciones del mismo”?
R// Clausulas accidentales.
4.- En nuestra legislación encontramos una figura denominada “Lesión Enorme”, que consiste en el daño que se causa en el contrato de compraventa de bienes inmuebles, bien sea en perjuicio del comprador o del vendedor. Bajo esta premisa diga usted ¿cuándo se presenta dicho daño a uno o a otro?
R// hay lesión enorme para el comprador cuando compra por más del doble del justo precio ejemplo: compra por $ 25’000.000 lo que justamente vale $ 10’000.000.
Hay lesión enorme para el vendedor cuando vende por menos de la mitad del justo precio ejemplo: vende por 10’000.000 lo que justamente vale 25’000.000.
5.- Los contratos que representan una desproporcionada ventaja en favor del Estado, en detrimento de la otra parte se suelen denominar contratos.
R// Contratos de adhesión.
6.- En materia contractual cuando se presenta una prestación irrisoria de parte de alguna de las partes (se debe entender como irrisoria, aquella suma de dinero que por ser tan poca causa risa) NO habrá contrato:
R// Contrato conmutativo.
7.- MARINO JUGARRETA, compra a ROBERTULIO LADRÒN DE GUEVARA, un auto modelo 2008 con la garantía de que el vehículo se encuentra en buenas condiciones mecánicas y jurídicas, pero al mes de celebrada la compraventa, le resulta al vehículo un pendiente judicial por embargo, situación que el comprador conocía. Le pregunta a usted para saber qué hacer y cuál es el fundamento jurídico. Ud. le dice que:
R// El comprador puede demandar la nulidad absoluta por objeto ilícito. Según los ART 1740, 1741.
ARTICULO 1741.
8.- Se predica que contractualmente, hay bienes que pueden ser objeto de arrendamiento, no obstante, hay otros que no pueden ser objeto de éste contrato por mandato expreso de la ley, ¿cuáles son estos contratos?:
R// No son susceptibles de arrendamiento los bienes fungibles o consumibles, los que la ley prohíba arrendar, los derechos estrictamente personales como los de habitación y uso como la servidumbre.
9.- El contrato de arrendamiento, sobre un bien que hace parte de un inmueble no independiente, que incluye necesariamente servicios, cosas y usos adicionales y se pactó por un término inferior a un año. ¿Cómo se denomina este tipo de contrato?:
R// Contrato de arrendamiento de vivienda urbana DE PENSIÓN.
El contrato de arrendamiento de vivienda urbana es aquel por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de un inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente, y la otra a pagar por este goce un precio determinado.
a) Servicios, cosas o usos conexos. Se entienden como servicios, cosas o usos conexos, los servicios públicos domiciliarios y todos los demás inherentes al goce del inmueble y a la satisfacción de las necesidades propias de la habitación en el mismo;
10.- Una persona, celebra contrato de compraventa de un bien inmueble con otra persona, en la cual él es el comprador.”, bien que se pagó de contado, tras lo cual se realiza el respectivo registro en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. El negocio se celebró en el mes de enero de 2016, pero el vendedor se entera de que vendió por menos del justo precio, sin embargo, el comprador le ofrece cierta cifra de dinero a fin de que renuncie a la acción rescisoria por lesión enorme a fin de dejar el negocio tal como se realizó. ¿Puede renunciar el vendedor a la acción rescisoria por lesión enorme?, diga cuándo SI o cuándo NO lo puede hacer:
R// Sí, puede renunciar a la acción rescisoria por lesión enorme. Cuando es declarada la rescisión del contrato hay dos opciones ya sea consentir en la rescisión o completar el justo precio con deducción de una décima parte, cuando se pronuncia la rescisión contra el comprador.
11.- Se celebró un contrato de arrendamiento sobre un bien inmueble independiente para una persona y su familia, que incluye necesariamente servicios, cosas y usos adicionales y se pactó por un término a dos años. Sírvase decir ¿qué tipo de contrato es este?:
R// Contrato de arrendamiento de vivienda urbana INDIVIDUAL.
12.- El contrato de compraventa en el cual se recibe la cosa de manos del vendedor inmediatamente realizado el negocio jurídico ¿qué forma de entrega es esta, en materia civil?:
R// La forma de la entrega es INSTANTÁNEA.
13 En el contrato de arrendamiento de vivienda urbana al arrendador ¿le es lícito la prestación de depósito monetario que garantice el pago de los servicios públicos domiciliarios?, Conteste SÌ o NO y explique su decir al tenor de la Ley 820 de 2003, vista en clase:
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