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PROCESO Aportes Semana 5 y 6


Enviado por   •  6 de Junio de 2016  •  Documentos de Investigación  •  500 Palabras (2 Páginas)  •  162 Visitas

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Aportes Semana 5 y 6

Buenas Tardes:

Envío mis aportes después de haber leído la reforma tributaria Ley 1739 de diciembre de 2014.

  1. ¿Qué opina sobre el impuesto a la riqueza?

No es nuevo impuesto, ya que         es el antiguo impuesto al patrimonio con las mismas características, lo único que cambia es el nombre, es un impuesto que genera malestar en las empresas que tienen el patrimonio bruto de $ 1.000 millones ya que estas se podrían ir para otros países donde les toque pagar menos impuestos, pero viéndolo desde la parte de beneficio para el país ayudara a cubrir el hueco fiscal que existe actualmente en el presupuesto nacional y solo será por 4 años.

  1. ¿Cuáles fueron los cambios más relevantes que considera usted que trajo esta reforma?

  • Impuesto a la Riqueza: La creación de este impuesto por 4 años comenzando en el 2015 y finalizando en el 2018, este aplica para patrimonio igual a superior a $ 1.000 millones, y este no es deducible ni en Renta ni en Cree.
  • Cree: Se incluyeron ingresos no constitutivos, algunas deducciones, reconocimiento de depreciaciones y amortizaciones, se incluyen rentas brutas especiales, se permite la compensación de pérdidas fiscales, se mantiene la tarifa del 9%, se crea una sobretasa del 2015 al 2018 para los contribuyentes que la base gravable del impuesto supere $ 800.000.000.
  • Impuesto de Renta: Los contratistas catalogados como empleados pueden tomar la exención del 25% en sus pagos, a las entidades extranjeras se les aumento la tarifa 2015 39%, 2016 40%, 2017 42% y 2018 43%, se modifica el IMAS para empleando, solamente permite este cálculo para los que obtengan ingresos inferiores a 2800 UVT y patrimonio líquido inferior a 12.000 UVT.
  • Activos Omitidos y Pasivos Inexistentes:  Los contribuyentes del impuesto a la riqueza, pueden incluir activos omitidos con una menor tarifa y sin sanciones, las tarifas del impuesto de normalización tributaria son 10% para 2015, 11,5% para 2016 y 13% para 2017, a partir de 2018 la sanción por inexactitud sobre activos omitidos y pasivos inexistentes no regularizados asciende al 200%.
  • Los contribuyentes pueden conciliar con la DIAN procesos que se encuentren en vía judicial, condonando hasta el 30% de las sanciones, intereses y actualización cuando se pague la totalidad del impuesto y hasta el 50% de las sanciones cuando se trate de la discusión de una sanción sin impuesto a cargo.
  • Descuento de Iva en Renta: Las personas jurídicas pueden descontar 2 puntos del Iva pagado en la importación de bienes de capital gravados al 16%, también el Iva pagado por importación de maquinaria pesada para industrias básicas.
  • Se otorgan similitud de términos y recursos a los procesos de determinación de contribuciones parafiscales e imposición de sanciones que realiza la UGPP.
  • Se posterga la entrada en vigencia del desmonte de los pagos en efectivo, empezará a aplicar a partir del año 2019. Respecto de los años 2014- 2018 tendrá reconocimiento fiscal el 100% de los pagos en efectivo.

  

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