Patrimonio Familiar
Enviado por xavierch • 23 de Enero de 2013 • 1.791 Palabras (8 Páginas) • 968 Visitas
TREINTA Y CUATRO (34). En la ciudad de Guatemala, el diecisiete de agosto del año dos mil diez, ANTE MÍ: MIGUEL ALEXANDER BERMEJO GARCÍA, Notario comparece el señor MARIO ROBERTO MEJICANOS GONZALEZ, de treinta y cinco años de edad, casado, guatemalteco, Médico y Cirujano, de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad número de orden A guión uno y de registro un millón ciento treinta mil (A-1 1,130,000), extendida por el Alcalde municipal de Guatemala, departamento de Guatemala. El compareciente me asegura ser de los datos de identificación personales anotados y que se encuentra en el libre ejercicio de sus derechos civiles, por lo que comparece a otorgar ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR, dentro del proceso de jurisdicción voluntaria que oportunamente tramitara ante mis oficios profesionales, de conformidad con las siguientes cláusulas escriturarias: PRIMERA: En cumplimiento de la ley, procedo a transcribir el auto final dictado en esta Notaría, de fecha diez de agosto de dos mil diez, el que literalmente dice: “BUFETE PROFESIONAL DEL NOTARIO MIGUEL ALEXANDER BERMEJO GARCÍA. QUINTA AVENIDA TRES GUIÓN TRECE, ZONA DIEZ, GUATEMALA. GUATEMALA DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SE TIENEN A LA VISTA: Para resolver las Diligencias Voluntarias Extrajudiciales de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR ante mis oficios promueve el señor MARIO ROBERTO MEJICANOS GONZALEZ.-------------------------------------------------------- DEL ESTUDIO DEL EXPEDIENTE APARECE: Que con fecha cinco de julio de dos mil diez, el señor MARIO ROBERTO MEJICANOS GONZALEZ requirió mis servicios profesionales, solicitando la constitución de patrimonio familia como beneficiarias a su cónyuge, la señora MONICA ALEJANDRA TOLEDO RECINOS, y su hija menor de edad, MARIA ALEJANDRA MEJICANOS TOLEDO, sobre el inmueble de su propiedad, identificado con la inscripción registral número quinientos (500), folio noventa (90), del libro quinientos cuarenta (540), del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, que identifica la finca urbana ubicada en la quinta avenida, doce guión sesenta y nueve de la zona diez de esta ciudad, consistente en una casa de habitación de dos niveles, construcción de ladrillo, con las medidas y colindancias que le aparecen en su respectiva inscripción, con matrícula fiscal número quince diez mil doscientos guion C (10,200 – C) y que de acuerdo con la valuación practicada por la Sección de Avalúos de Bienes Inmuebles, del Ministerio de Finanzas Públicas, tiene un valor estimado de SESENTA Y CINCO MIL QUETZALES (Q. 65,000), y que se encuentra libre de gravámenes, anotaciones o limitaciones, como consta en la documentación presentada. -------------------- DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN: Con fecha cinco de julio del año dos mil diez, se dictó la primera solución, en la cual se tuvieron por iniciadas las diligencias, dejándose agregados al expediente los documentos presentados, ordenándose la publicación de los edictos y dar oportunamente intervención a la Procuraduría General de la Nación.----------- DE LAS PRUEBAS RENDIDAS: I) DOCUMENTAL: a) Certificación de partida de matrimonio de los esposos MARIO ROBERTO MEJICANOS GONZALEZ y MONICA ALEJANDRA TOLEDO RECINOS, inscrito al número doscientos cincuenta (250) folio ochenta (80) del libro cien (100) de matrimonios Notariales, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de esta ciudad capital, de fecha veinte de junio del año dos mil diez; b) Certificación de la partida de nacimiento de la menor MARIA ALEJANDRA MEJICANOS TOLEDO número quinientos (500), folio ochenta (80), del libro trescientos (300) de nacimientos de esta ciudad, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas del Municipio de Guatemala, de fecha veinte de junio del año dos mil diez; c) Certificación del Registro de la Propiedad de la Zona Central, en la que consta que el señor MARIO ROBERTO MEJICANOS GONZALEZ es propietario del inmueble identificado al número quinientos (500), folio noventa (90), del libro quinientos (540), del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, que identifica la finca urbana ubicada en la quinta avenida, doce guión sesenta y nueve de la zona diez de esta ciudad, consistente en una casa de habitación de dos niveles, construcción de ladrillo; d) Certificación extendida por el Director de Catastro y Avalúos de Bienes Inmuebles, del Ministerio de Finanzas Públicas, de fecha quince de julio del año dos mil diez: f) Acta Notarial de declaración jurada, de fecha diez de julio del año dos mil diez, autorizada por la Infrascrita Notario, en la que consta la declaración del promoviente que sobre los demás bienes de su propiedad no pesan gravámenes. II) PUBLICACIONES: Obran en el expediente las publicaciones de los respectivos edictos en el Diario Oficial y en el Diario La Hora, de fecha once de julio, veinte de julio y cinco de agosto del año dos mil diez. III) AUDIENCIA A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN: Asimismo, consta que la Procuraduría General de la Nación, al evacuar la audiencia que se le confirió para que rindiera su dictamen sobre el fondo del presente expediente, el cual fue elaborado con fecha siete de agosto de dos mil diez, opinó que procede acceder a lo solicitado en el acta inicial y mandar que se dicte la presente resolución aprobando estas diligencias y que se otorgue la escritura respectiva.--------------------------- CONSIDERANDO: Que el artículo veinticuatro de la Ley Reguladora de la Tramitación Notarial de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria, establece que salvo lo que permitan
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