Poder Judicial Federal
Enviado por viragiba • 4 de Diciembre de 2012 • 1.563 Palabras (7 Páginas) • 582 Visitas
Poder Judicial de la Federación
El Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos es ejercido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y los Juzgados de Distrito. Su fundamento se encuentra en el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El Jurado Federal de Ciudadanos y los tribunales de los Estados y del Distrito Federal, pueden actuar en auxilio de la Justicia Federal, en los casos previstos por la Constitución y las leyes.
La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México es el tribunal supremo. Está formada por 11 Ministros, de los cuales un Presidente. Sus miembros son elegidos por el Senado, de entre una terna que le propone el Presidente de la República, por un periodo de 15 años, sin derecho a reelección.
Funciona en Pleno o en Sala (el Presidente de la Suprema Corte no integra sala) y tiene cada año dos períodos de sesiones: el primero comienza el primer día hábil del mes de enero y termina el último día hábil de la primera quincena del mes de julio; y el segundo, entre el primer día hábil del mes de agosto y el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.
Tribunal Electoral
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es el órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación especializado en materias electorales, con excepción de las acciones de inconstitucionalidad contra leyes electorales federales o locales (que corresponden a la Suprema Corte). Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal funciona en una Sala Superior y cinco Salas Regionales.
Los Magistrados Electorales que integran la Sala Superior y las regionales son elegidos por el Senado, o en sus recesos por la Comisión Permanente, a propuesta de la Suprema Corte. Los que integran la Sala Superior duran en su cargo un periodo improrrogable de 9 años, mientras los que integran las salas regionales duran en sus cargos 9 años improrrogables (salvo que sean promovidos a cargos superiores).
La Sala Superior es permanente y está integrada por 7 magistrados electorales. Tiene su sede en el Distrito Federal. De estos 7 Magistrados, uno será elegido para ser Presidente Magistrado del TRIFE.
Las Salas Regionales son permanentes, y se integran por 3 magistrados electorales y sus sedes son las ciudades designadas como cabecera de cada una de las circunscripciones plurinominales en que se divide el país, actualmente: Distrito Federal, Guadalajara, Monterrey, Toluca y Xalapa.
De conformidad con la Constitución y las leyes aplicables, este Tribunal es competencia judicial competente para: resolver, en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones sobre las elecciones federales y locales; formular la declaración de validez de la elección presidencial y del Presidente Electo; resolver, en forma definitiva e inatacable, los medios de impugnación previstos en la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral, entre otros.
Tribunales de Circuito
Estos tribunales federales, que de acuerdo al número de magistrados integrantes pueden ser unitarios o colegiados, están distribuidos en todo el territorio de la nación y asignadas a ciertas zonas geográficas denominadas circuitos judiciales. Los magistrados de estos tribunales duran en su encargo seis años de entre ellos eligen un presidente. En la actualidad, existen 32 circuitos judiciales, que abarcan el territorio de uno o dos estados mexicanos.
Tribunales Unitarios de Circuito
Se componen de un magistrado y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto.
Es de competencia judicial de los Tribunales Unitarios de Circuito: los juicios de amparo promovidos contra actos de otros tribunales unitarios de circuito, que no constituyan sentencias definitivas; la apelación de los asuntos conocidos en primera instancia por los Juzgados de Distrito; el recurso procesal de denegada apelación; la calificación de los impedimentos, excusas y recusaciones de los Jueces de Distrito, excepto en los juicios de amparo; los conflictos de competencia entre los Jueces de Distrito sujetos a su jurisdicción, excepto en los juicios de amparo; y los demás asuntos que les encomienden las leyes.
Tribunales Colegiados de Circuito
Los Tribunales Colegiados de Circuito se componen de 3 magistrados, uno de los cuales es su presidente. Además cuentan con un secretario de acuerdos y del número de secretarios, actuarios y empleados se determina el presupuesto. Pueden estar especializados en una materia: (penal, administrativa, civil, mercantil o laboral); o conocer de todas ellas.
Es de competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito: los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o contra resoluciones que pongan fin al juicio por violaciones cometidas en ellas o durante la secuela del procedimiento; los recursos
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