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Practica contencioso administrativo recurso


Enviado por   •  18 de Marzo de 2020  •  Apuntes  •  949 Palabras (4 Páginas)  •  158 Visitas

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 A LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE MADRID

D. ª ANA MARIA BARROSO VENTURA, con número de colegiada 4521 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, mayor de edad, provisto del DNI 45872231 - Z, con domicilio en Madrid, C/ General Martínez Campos, nº 5, el cual se designa desde este momento a efectos de notificaciones, en representación de D.CARLOS BURGO CENTRO, mayor de edad, con DNI 45896321 -S según poder que se acompaña en documento nº1, comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO

Que he sido notificado el pasado día 11 de octubre de 2019 de la resolución del Jefe Provincial de Tráfico de Madrid de fecha 7 de octubre de 2019 recaída en el expediente 3361 por la que se me imponía una sanción de 400€ y pérdida de 4 puntos.

Que entendiendo dicha resolución lesiva para mis intereses y no ajustada a derecho, en términos de defensa, mediante el presente escrito y al amparo del art. 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en relación con el art. 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, formulo RECURSO DE REPOSICIÓN en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-  Que con fecha 8 de octubre de 2018, cuando iba circulando por la A-1, a la altura de la ciudad de Burgos en dirección a Madrid, un coche de la guardia civil de Trafico da el alto y una vez detenido el vehículo y tras requerirle la documentación, le comunica que va a formular denuncia contra el por la comisión de una infracción de las previstas en el articulo 76.ñ) del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, consistente en “No mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente”.

SEGUNDO.- Con fecha 29 de octubre de 2018, al no estar de acuerdo con la denuncia, presenta alegaciones en las que niega los hechos, manifestando que no llevaba ningún vehículo delante cuando se le dio el alto y propone en este momento una prueba testifical del acompañante que iba en el vehículo con él, así como la ratificación en la denuncia por el Agente denunciante.

TERCERO.-  Esta parte no vuelve a tener más comunicación relativa al expediente sancionador hasta el 12 de marzo de 2019, en el que se le notifica Resolución de la Jefatura Provincial de Trafico de Madrid por la que se rechaza la práctica de la prueba propuesta.

CUARTO.- Con fecha 11 de octubre de 2019 le es notificado en el primer intento la Resolución de 7 de octubre de 2019 del Jefe Provincial de Tráfico de Madrid de la Dirección General de Trafico del Ministerio del Interior, al tener domicilio en Madrid, por la que le se le impone la sanción de 400€ y pérdida de 4 puntos.

QUINTO.-  Que se han vulnerado derechos fundamentales del recurrente, lo que determina la nulidad del mismo, y además se han infringido los principios que rigen la potestad sancionadora, las normas del procedimiento administrativo aplicable.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

PRIMERO.- El presente escrito complementario del recurso de reposición se interpone al amparo de lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 127 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

SEGUNDO.- Es competente para resolver este recurso es el mismo Órgano que dictó la resolución impugnada, tal como impone el artículo 123 de la citada Ley 39/2015.

TERCERO.- El artículo 124 de la citada norma establece que el plazo para interponer recurso es de un mes  si el acto es expreso y de tres meses es caso de silencio administrativo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes.    

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