Contencioso Administrativo
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SAN JOAQUÍN DE TURMERO ESTADO ARAGUA
ORGANIZACIÓN DE LA JURISDICCIÓN
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Autores: Zhandra Reyes
C.I. 20.591.553
Rafael Reyes
C.I. 19.175.745
Profesor: Bernardo Álvarez.
Sección “T”
San Joaquín de Turmero, noviembre de 2011
BASE CONSTITUCIONAL DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA EN VENEZUELA
La norma fundamental que consagra esta especial jurisdicción en Venezuela, está contenida en el artículo 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, aprobada por referéndum popular el 15 de diciembre de 1999, (ex artículo 206 de la Constitución de 1961), cuyo texto es el siguiente:
Artículo 259. “La jurisdicción contencioso administrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia y a los demás tribunales que determine la ley. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos; y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa.”.
ORGANIZACIÓN ACTUAL DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA EN VENEZUELA
• TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA.
La sala político-administrativa del tribunal supremo de justicia, es la cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa en Venezuela, esta integrada por cinco (5) magistrados, tiene competencia nacional y su sede se encuentra en la ciudad de caracas.
• CORTES PRIMERA Y SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Creada por la ley orgánica de la corte suprema de justicia, del 30 de julio de 1976, publicada en la gaceta oficial de la República de Venezuela nº 1893 extraordinario de la misma fecha.
• TRIBUNALES SUPERIORES EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
Creada mediante resolución de la sala plena del Tribunal Supremo De Justicia, nº 2003-000033 de fecha 10 de diciembre de 2003, publicada en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.866 del 27 de enero de 2004.
Las cortes primera y segunda de lo contencioso-administrativo, están integradas por tres (3) jueces cada una, tienen competencia Nacional y su sede se encuentra en la ciudad de caracas.
• TRIBUNALES CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS EVENTUALES.
DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL Y LA CONFORMACIÓN DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia es la máxima instancia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Contra sus decisiones no se oirá recurso alguno, salvo lo previsto en la Constitución de la República. (Art. 13 Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa)
Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa se organizan de la siguiente manera:
Regiones
Especiales Ámbito
Jurisdiccional Ciudad
Sede del Tribunal Denominación
del Tribunal
Región
Capital
Distrito Capital
y Los Estados
Vargas Y Miranda
Área
Metropolitana
de Caracas (AMC)
Diez (10) Juzgados Superiores En Lo Civil y Contencioso Administrativos De La
Región Capital
Región
Central Estados
Aragua
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