Precario
Enviado por arturopech • 18 de Marzo de 2013 • Informe • 239 Palabras (1 Páginas) • 401 Visitas
PRECARIO
En materia contractual, el precario o “precarium” fue en el Derecho Romano, un contrato innominado que consistía en que una persona a su ruego, recibía de otra el uso de una cosa, la que debía ser devuelta al primer requerimiento del concedente. La muerte de éste no extinguía el precario, pero sí el fallecimiento del precarista.
PRECARIO
Se llamó precario en derecho romano al contrato por el que una persona concedía a otra el uso gratuito de una cosa con la facultad de revocárselo a su arbitrio.
El precario es una situación posesoria que en ocasiones puede tener su origen en un contrato, sería una variación del comodato que confiere la tenencia de la cosa, y que en otras ocasiones puede tener su origen en causas de diversa naturaleza como la mera tolerancia (posesión tolerada), el beneplácito (posesión concedida), o falta de título (posesión sin título, por ejemplo: los ocupas).
Todavía hay en nuestro Codigo Civil una reminiscencia entre el comodato y el precario pues si se determina el uso de la cosa, el comodante no puede reclamarla sino después de concluido ese uso. Arts 1749 y 1750 CC.
En la doctrina española predomina la tendencia de no considerar al precario como contrato sino como un mero hecho.
Para que se pueda hablar de precario es requisito indispensable la falta de pago de merced. Si las prestaciones se hacen a título de merced o como pago de lo concedido no hay precario.
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