Prevencion
Enviado por Mixerdj • 25 de Mayo de 2015 • 1.135 Palabras (5 Páginas) • 188 Visitas
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES GRAVES O FATALES





Nombre
Fecha





Preparado por
Roberto Daza Gaete
May/2013


Revisado por
Mauricio Malbran Horton
Jun/2013


Aprobado por
Sergio Cortés Valdés
Jun/2013


CONTROL DE CAMBIOS
Descripción (Indicar titulo y parrafo modificado)


Fecha del Cambio


Responsable del Cambio


Pág.


Agrega empresa:
Capacitación Parque del Recuerdo Ltda.
30-05-2013

Roberto Daza Gaete
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PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES GRAVES Y FATALES
Revisión 01 – 30/05/2013
Código: PDR-PRO-28
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1. OBJETIVO Y ALCANCE
Definir el accionar de nuestra Empresa frente a la ocurrencia de Accidentes Graves o Fatales, ya sea de personal propio o subcontratado, basado en lo dispuesto en la Circular de la Superintendencia de Seguridad Social No 2.345 del 10 de enero del 2007.
2. TERMINOLOGIA
Accidente del trabajo fatal: aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a
un centro asistencial.
Accidente del trabajo grave: cualquier accidente del trabajo que:
Obligue a realizar maniobras de reanimación, u
Obligue a realizar maniobras de rescate, u
Ocurra por caída de altura, de más de 2 mts., o
Provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, o
Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada.
Faenas afectadas: aquella área o puesto de trabajo en que ocurrió el accidente, pudiendo incluso abarcar la faena en su conjunto, dependiendo de las características y origen del siniestro, y en la cual, de no adoptar la empresa medidas correctivas inmediatas, se pone en peligro la vida o salud de otros trabajadores.
3. ACTIVIDADES DEL PROCEDIMIENTO
Cuando ocurra un accidente del trabajo fatal o grave en los términos antes señalados, la Empresa deberá:
3.1. Rescatar y dar los Primeros Auxilios al Accidentado, para ello deberá existir personal en el Centro que haya recibido capacitación en Primeros Auxilios o tenga experiencia demostrada. El Responsable del Centro deberá contar con el listado del personal Capacitado.
3.2. Se deberá llamar en forma inmediata a ambulancia de Mutual de Seguridad si se requiere traslado a centro de Urgencia. Fono: 600-301-2222.
Si el Responsable del Centro estima conveniente el traslado por medios propios hacia algún centro de Urgencia más cercano, este se efectuará, informando coordinadamente con el área médica de Mutual de Seguridad, con el fin de realizar el rescate desde el centro donde el accidentado recibirá la primera atención hacia un centro de mayor complejidad si las áreas médicas (del centro de Urgencia y Mutual) lo estimen conveniente.
NOTA 1:
Se deberá contar con los siguientes datos para solicitar el rescate o ambulancia a Mutual de Seguridad: Datos del Accidentado: Nombre y RUT.
Datos de la Empresa: Se deberá entregar el RUT de la Empresa a la cual pertenece el trabajador:
Los Parques S.A. Rut: 77.225.460-1; No de adherente: 56.380.
Administradora Los Parques S.A.: Rut: 96.882.630-1; No de adherente 64.601.
Cinerario hogar de Cristo & Parque del Recuerdo Ltda.: 78.986.340-7; No de adherente 43.666.
Los Parques Corredora de seguros e Inversiones Ltda: Rut: 77.603.960-8; No de adherente: 110.906.
Capacitación Parque del Recuerdo Ltda. Rut: 76.151.915-8; N° de adherente: 114.242.
3.3. El encargado del Centro deberá dar aviso inmediatamente al Gerente de Ventas, Gerente de Finanzas, Subgerente de Administración, Gerente Comercial según el Área a la que pertenezca el accidentado, a su vez estos deberán informar a Subgerente General y Gerente General.
3.4. Suspender en forma inmediata las faenas afectadas y además, de ser necesario, deberá evacuar dichas faenas, cuando en éstas

PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES GRAVES Y FATALES
Revisión 01 – 30/05/2013
Código: PDR-PRO-28
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exista la posibilidad que ocurra un nuevo accidente de similares características. El ingreso a estas áreas, para enfrentar y controlar el o los riesgo(s) presente(s), sólo deberá efectuarse con personal debidamente entrenado y equipado.
Deberá informar inmediatamente de ocurrido cualquier accidente del trabajo fatal o grave, tanto a la Inspección del Trabajo como a la Seremi de Salud que corresponda al domicilio en que éste ocurrió.
En
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