Procedos Contables II - Forward
Enviado por thopii • 22 de Octubre de 2012 • 3.874 Palabras (16 Páginas) • 1.099 Visitas
Asignatura: Procesos Contables II
INTRODUCCIÓN
En los tiempos que hoy vivimos donde la competitividad es altísima, se hace especialmente relevante gestionar de la manera más adecuada los riesgos a los que la empresa está expuesta.
Esto es particularmente relevante para la economía chilena, que tiene tipo de cambio flexible, cuya deuda externa representa 39% del PIB, y dónde el 79% de ese total es deuda privada.(1)
Como mayor riesgo mayor rentabilidad, es importante que la empresa tome riesgo, pero sólo en sus áreas de negocio.
El Forward se comenzó a masificar desde el momento en que el Banco Central eliminó la banda de los precios sobre el dólar, en comparación a otros productos financieros. El Forward se utiliza para minimizar los riesgos de la inestabilidad de las divisas tanto para importadores y exportadores.
1.- Fuente Banco Santander.
FORWARD
Es un contrato mediante el cual se fija un tipo de cambio para un momento futuro.
Una de las partes se compromete a entregar en una fecha futura una moneda (US$, Euro, Yen, etc.) y la contraparte el equivalente en dólares, unidades de fomento, pesos o la moneda que corresponda según lo pactado, al tipo de cambio o paridad determinado al momento de suscribir el contrato.
Dentro de sus características se encuentra el eliminar el riesgo por concepto de tipo de cambio, tiene una baja utilización de la línea de crédito (*), no afecta la capacidad de endeudamiento de la empresa ya que no es un préstamo y no afecta la liquidez de la empresa, ya que no requiere dinero o desembolso inicial para suscribir los contratos.
Al vencimiento de la operación se produce el intercambio de los activos el cuál puede ser por entrega física de las monedas o mediante el mecanismo de compensación.
(*)USO DE LA LÍNEA DE CRÉDITO:
MECANISMOS DE CUMPLIMIENTOS DEL FORWARD.
- ENTREGA FÍSICA (anexo 1):
Al vencimiento del contrato las partes involucradas intercambian físicamente los flujos en las monedas indicadas en el contrato, generando por lo tanto una operación en el mercado spot (tipo de cambio del momento).
- POR COMPENSACIÓN (anexo 2):
Al vencimiento del contrato se cancela a la parte que resulta acreedora las diferencias entre el precio futuro pactado en el contrato y el precio de referencia (*) estipulado en éste.
TIPOS DE FORWARD.
FORWARD AMERICANO:
Permite asegurar un tipo de cambio futuro, tanto de compra o de venta, dentro de un período de tiempo y por un monto de T/C determinado.
A diferencia de un forward tradicional, el cliente puede ir rescatando anticipadamente los montos de US que quiera al precio pactado, durante la vida del contrato, las veces que lo necesite. Estos anticipos se realizan por entrega física y en caso de que quede un saldo al vencimiento, éste vence por compensación.
FORWARD EUROPEO:
En este tipo de forwards también permite asegurar un tipo de cambio futuro, tanto de compra como de venta, dentro de un período de tiempo y por un monto de t/c determinado.
La diferencia de este forward con el americano es que el cliente sólo puede liquidar el total del contrato en la fecha que se estipula en éste y sus formas de pago pueden ser de entrega física o de compensación.
FORWARD ASIATICO:
También esta creado para el aseguramiento de los tipos de cambio futuros, tanto de compra o de venta, dentro de un período de tiempo y por un monto de t/c determinado.
La diferencia de este forward con los otros dos mencionados anteriormente radica en que se puede liquidar en función del cálculo de un promedio de los tipos de cambio comprendidos en una porción de tiempo determinada y definida en el contrato.
(*)Dólar observado.
CONTABILIZACIÓN DE FORWARD:
Para contabilizar Forward las normativas contables que se pueden aplicar para el reconocimiento oficial, medición posterior, presentación y revelación de los forward adquiridos o concertados por una entidad son:
La norma internacional de contabilidad (en adelante NIC) n°32 “Instrumentos financieros: Presentación”, al igual que la NIC n°39 “Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición”, la NIIF n°7 “Instrumentos financieros: Información a revelar”.
El criterio para clasificar los contratos de forward deben establecer de forma clara y precisa, la intención con la cual adquiere, ya que a partir de esto una entidad deberá contabilizarlos como activo o pasivo financiero al valor razonable, con cambios en resultados o alternativamente, como un instrumento de cobertura. En ambos casos, los criterios contables que una entidad debe seguir para el registro inicial, la medición posterior, la presentación y la revelación del contrato en cuestión, serán diferentes.
Forward financiero:
Si al adquirirlo piensa mantenerlo para negociar(*), es decir, que el interés de la entidad es especular con el valor de mercado del citado contrato y, por ende, obtener ganancias o sufrir perdidas a corto plazo. Los criterios a seguir para su contabilización son los siguientes:
a.- Reconocimiento inicial: un activo o pasivo al valor razonable con cambios en resultado se reconocerá inicialmente por su valor razonable. En este caso en particular, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la compra o emisión de este tipo de forward, deberán ser reconocidos directamente en el estado de resultados del período en el cual se compran o acuerdan estos contratos.
(*) De acuerdo con la NIC 39 “Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición” una entidad posee un activo o pasivo para negociar cuando:
a. se compra o se costea con el objetivo de venderlo o de volver a comprarlo en un futuro cercano;
b. es parte de una cartera de instrumentos financieros que se gestionan conjuntamente y para la cual existe un patrón reciente de toma de ganancias a corto plazo;
c. Es un instrumento financiero derivado, excepto en aquellos contratos que han sido designados como instrumentos de cobertura eficaz.
b.- Medición posterior: la medición de un activo o pasivo al valor razonable con cambios en resultados se hará en forma posterior por su valor razonable. En este caso las ganancias o perdidas derivadas del citado criterio deberán ser contabilizadas
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