Propiedad colectiva e individual de Venezuela
Enviado por alfredoescalonaa • 5 de Octubre de 2014 • Informe • 508 Palabras (3 Páginas) • 233 Visitas
Propiedad colectiva e individual de Venezuela
La propiedad es una de las instituciones jurídicas de mayor trascendencia en la definición del modelo de sociedad. Se pretende estudiar aquí los antecedentes, importancia y vigencia del concepto de propiedad con una mirada crítica en torno a sus dos tipos básicos: la individual y la colectiva.
La intención de ello, es comprender que el derecho de propiedad constituye una de las instituciones jurídicas fundamentales, no sólo por sus particulares características dentro del mundo normativo, sino por las implicaciones sociales que ha conllevado el desarrollo de ésta, y la manera en que se ha venido interpretando y ejecutando este derecho en los Estados modernos bajo el sistema capitalista neoliberal.
En el mundo y especialmente en el continente Americano, a la propiedad privada (individual) la han convertido prácticamente en la única forma de propiedad con validez y eficacia jurídica, en menoscabo y desprecio del derecho a la propiedad colectiva, la cual vale decir, también se encuentra garantizada y reconocida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada
Por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217, del 10 de diciembre de 1948 y que al haber sido ratificada por Venezuela, adquiere rango constitucional de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de nuestra carta magna.
El hecho de que la mayoría de las constituciones del continente americano reconozcan fundamentalmente la propiedad privada pese a la primacía y relevancia de formas de propiedad colectiva para los pueblos indígenas que habitan este continente, preservando aún sus raíces culturales; constituye una evidente demostración de la vigencia de la cultura colonizadora, que pretende negar la existencia y el valor de la diversidad cultural y las distintas formas de vida de nuestros propios pueblos.
Al mismo tiempo se demuestra la falsedad de la libertad que dice promover el modelo de sociedad capitalista – neoliberal, al hacer evidente su intención de imponer un modo de vida único, negando la diversidad. Para este modelo somos libres de acumular sin límites la propiedad privada, pero no de ejercer “legalmente” la propiedad colectiva. Negando incluso la evidente y original esencia del Derecho Humano a la Propiedad, tal como fue establecida en el artículo 17 de la mencionada Declaración Universal: “Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Derecho que se niega a “todos”, en la medida en se excluye a las grandes mayorías, en función de los intereses de elites que se han adueñado de los medios de producción, acaparando la propiedad de las riquezas nacionales (y transnacionales) en pequeños grupos sociales a los que conviene que la propiedad siga siendo reconocida sólo en su forma privada (individual) y no como derecho de todos
...