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Proyecto Contabilidad De Activos


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2014  •  1.712 Palabras (7 Páginas)  •  577 Visitas

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INICIACION AL ESTUDIO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

INTEGRANTE:

YAMILE DE LA CRUZ BURBANO

TUTOR:

LUIS EMILIO DAZA

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA POLITECNICO GRANCOLOMBIANO

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONOMICAS Y CONTABLES

Contaduría Pública

Pasto, Septiembre de 2014

INTRODUCCIÓN

La implementación de las NIIF es un proceso largo y complejo, que requiere identificar contenidos, entender contextos, analizar efectos, definir políticas, simular impactos y establecer cambios. Pero dado su carácter sistemático, las NIIF contienen las directrices para reconocer, dar de baja, medir, presentar y revelar la información financiera. Las NIIF son un marco conceptual normativo complejo, que establece los objetivos y conceptos subyacentes de la información financiera y no solo de los estados financieros con propósito de información general. Por otra parte, las NIIF son útiles para hacer comparaciones entre los diferentes reportes financieros de distintas empresas a nivel internacional, ya sea para tomar decisiones de inversión y financiación o para entender la condición propia de desempeño y resultado de una entidad. Las NIIF se han convertido en un marco de regulación que han venido adoptando la mayoría de países en el mundo. Este proyecto está elaborado con el objetivo de identificar, analizar y entender la estructura e implementación de las NIIF en Colombia. Y cómo y por qué esta convergencia le beneficia a las diferentes entidades del país y al sector contable en general

1. Breve reseña Histórica sobre las Normas Internacionales de Contabilidad “N.I.C” y Normas Internacionales de Información Financiera “N.I.I.F”.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también conocidas por sus siglas en inglés como (IFRS), International Financial Reporting Standard, son unas normas contables adoptadas por el IASB institución privada con sede en Londres. Constituyen los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual del Contable, ya que en ellas se establecen los lineamientos para llevar la Contabilidad de la forma aceptada a nivel internacional. Las normas se conocen con las siglas NIC y NIIF dependiendo de cuando fueron aprobadas y se matizan a través de las "interpretaciones" que se conocen con las siglas SIC y CINIIF. Las normas contables dictadas entre 1973 y 2001, reciben el nombre de "Normas Internacionales de Contabilidad" (NIC) y fueron dictadas por el (IASC) International Accounting Standards Committee, precedente del actual IASB. Desde abril de 2001, año de constitución del IASB, este organismo adoptó todas las NIC y continuó su desarrollo, denominando a las nuevas normas "Normas Internacionales de Información Financiera" (NIIF).

2. Resumen de las Normas Legales que regulan la aplicación de las N.I.I.F y las N.I.C en Colombia.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el Decreto 2784 del 28 de Diciembre de 2012, reglamenta la Ley 1314 de 2009, sobre el marco normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Donde se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. Adicionalmente, para una adecuada implementación de las nuevas normas es necesario que las entidades destinatarias de este decreto, elaboren un plan de implementación que incluya como uno de sus componentes esenciales la capacitación, que reúna las condiciones necesarias para su ejecución y que se monitoree su adecuado cumplimiento. De esta manera se decretan los siguientes artículos:

Artículo 1°: Ámbito de Aplicación. El presente decreto será aplicable a los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1.

Artículo 2°: Marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Se establece un régimen normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Quienes deberán aplicar el marco regulatorio dispuesto en el anexo de este decreto para sus estados financieros individuales y estados financieros consolidados.

Artículo 3°: Cronograma de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1. Los primeros estados financieros a los que los preparadores de información financiera que califiquen dentro del Grupo 1, aplicarán el nuevo marco técnico normativo, son aquellos que se preparen con corte al 31 de diciembre del 2015.

Artículo 4°. Referencias normativas internacionales sobre información financiera. Todas las referencias para la aplicación de normas internacionales de información financiera de que trata el marco técnico normativo de información financiera, será aplicables a la fecha de expedición de tales normas internacionales de información financiera, en los términos de la Ley 1314 de 2009.

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de le fecha de su publicación, y respecto de los destinatarios definidos en este decreto, a partir de la fecha de aplicación establecida en el numeral 6 del artículo 3° del presente decreto, no les será aplicable lo dispuesto en los Decretos números 2649 y 2650 de 1993 y las normas que los modifiquen o adicionen y la demás normatividad contable vigente sobre la materia para ese entonces.

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