Proyecto manual lavado de activos
Enviado por Dennisse Santofimio Ortiz • 9 de Noviembre de 2017 • Informe • 13.603 Palabras (55 Páginas) • 293 Visitas
ACUERDO No.001
(Enero 6 de 2017)
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOSY LA FINANCIACION DEL TERRORISMO (SARLAFT) DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA”
La Junta Directiva de la Empresa Social del Estado “Carmen Emilia Ospina, En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial los conferidos en los artículos 48, 49 y 113 de la Constitución Política de Colombia, las leyes 1121 del 29 de diciembre de 2006 y 1621 de 2013 por las cuales se dictan normas para la prevención, detección, investigación y sanción del financiamiento del terrorismo y otras disposiciones y la Circular Externa 000009 de la Superintendencia Nacional de Salud, por la cual se imparten instrucciones relativas al sistema de administración del riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo (SARLAFT)
CONSIDERANDO
- Que la Superintendencia Nacional de Salud en la Circular 000009 del 21 de abril de 2016, estableció en el numeral 3 Ámbito de Aplicación que su aplicación es obligatoria para todos sus vigilados.
- Que el Estatuto Anticorrupción – Ley 1474 de 2011 en su artículo 12 estableció la necesidad de adoptar un Sistema Preventivo de prácticas riesgosas financieras y de atención en salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
- Que se deben mejorar los controles implementados para evitar que La Empresa Social del Estado “Carmen Emilia Ospina” sea utilizada como instrumento para el lavado de activos y financiación del terrorismo.
- Que es necesario adoptar una herramienta efectiva que contenga los procedimientos de obligatorio cumplimiento para prevención y el control del lavado de activos y financiación del terrorismo.
ACUERDA
ARTICULO 1. Adóptese el presente Manual para la prevención y el control de lavado de activos y financiación del terrorismo, el cual se aplicará en la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA”, de conformidad con la normatividad legal vigente, los Estatutos y las políticas administrativas y estará constituido así:
CONTENIDO
I. INTRODUCCION
1. NORMATIVIDAD VIGENTE
2. TERMINOLOGIA BASICA
3. ALCANCE
4. OBJETIVOS
5. AMBITO DE APLICACIÓN
6. INTERPRETACION, CONSULTA Y ACTUALIZACIONES
7. CODIGO DE CONDUCTA
8. CODIGO DE ESTILO DE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA”
9. CONSIDERACIONES GENERALES
10. PRINCIPIOS GENERALES
11. REGLAS GENERALES DE CONDUCTA
12. POLITICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE
ACTIVOS Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO
13. PROCEDIMIENTOS PARA IMPLEMENTAR LOS MECANISMOS DEL CONTROL
DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO
14. MECANISMOS PARA EL CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA
FINANCIACION DEL TERRORISMO
15. INSTRUMENTOS PARA LA ADECUADA APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE
CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO
16. ÓRGANOS CON FUNCIONES DE CONTROL
17. REPORTES
18 RESPONSABILIDAD, SANCIONES Y CORRECTIVOS POR EL INCUMPLIMIENTO
DE LOS PROCEDIMIENTOS
19. ANEXOS
20. ACTUALIZACION
INTRODUCCION
De conformidad con el artículo 12 de la Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción – dispuso la creación del “Sistema Preventivo de prácticas riesgosas financieras y de atención en salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
Que de conformidad con la Circular 000009 de 2016, LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA” está obligada a adoptar medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que en la realización de sus operaciones normales puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a dichas actividades o las transacciones y fondos vinculados con las mismas. Estas medidas harán parte del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT.), el cual deberá mantenerse actualizado de manera permanente.
Existe una importante responsabilidad social que recae sobre todos los individuos en la lucha contra el delito, frente al lavado de dinero; el sistema financiero en su conjunto juega un importante papel al lado del que corresponde a las autoridades de supervisión, en la valoración idónea y apropiada de los mecanismos que permiten a las entidades del sector, prevenir y detectar mecanismos idóneos para el lavado.
El presente Manual contiene los criterios que se deben tener en cuenta al adoptar los sistemas de control necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; estos buscan orientar el procedimiento a seguir en aquellos eventos en que, conforme a sus procedimientos internos de control se detecten operaciones que puedan estar vinculadas con una actividad de lavado de activos y financiación del terrorismo; y tiene por objeto recoger en un solo documento: a) El Código de Conducta, debidamente actualizado, sobre las reglas éticas que rigen el tema de la Prevención del Lavado de Activos, para EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA”, b) Los procedimientos específicos establecidos para EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA”, c) Los órganos con funciones de control con los cuales contara EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO “CARMEN EMILIA OSPINA” para implementar el sistema y vigilar su correcto funcionamiento, d) Los reportes relacionados con el SIPLAFT, y e) Documentación: requisitos y conservación de la misma.
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