¿Qué son las Fuentes Formales del Derecho Administrativo?
Enviado por erik gomez • 3 de Septiembre de 2018 • Tarea • 1.394 Palabras (6 Páginas) • 547 Visitas
Fuentes del Derecho Administrativo
¿Qué son las Fuentes Formales del Derecho Administrativo?
• Deben entenderse por fuentes formales del derecho administrativo, las formas obligadas y predeterminantes que ineludiblemente deben revestir los preceptos de conducta exterior para imponerse socialmente en virtud de la imperatividad coercitiva del derecho.
Clasificación de las Fuentes del Derecho Administrativo
Las fuentes se pueden clasificar de la siguiente forma:
1. Fuentes Materiales
2. Fuentes Formales
3. Fuentes Históricas
1. Fuentes Materiales
Las fuentes materiales son aquellas que promueven u originan a las fuentes formales del derecho administrativo en el ámbito social y político. Principios que inspiran el derecho. Es decir, dan contexto a la normativa jurídica.
• Ej: Hechos sociales, Doctrinas y Costumbres
2. Fuentes Formales
Las fuentes formales del derecho administrativo son el marco legal que establece los principios de creación, edición o sustracción de las normativas jurídicas. Solo el derecho es fuente del derecho.
• Ej: La Constitución, la Legislación, Los reglamentos y la Jurisprudencia
3. Fuentes Históricas
Son aquellos acontecimientos históricos o documentos del pasado de los cuáles ha surgido una norma jurídica y que permiten entender e interpretar las normas jurídicas actualmente vigentes.
Codificación
• Es la creación de una ley única que regule todas las instituciones y competencias, en este caso de la Administración Pública, lo que teóricamente es imposible de realizar pues en nuestro medio el Derecho Administrativo es tan extenso, diverso y asistemático que dicha tarea se hace imposible.
Normas Constitucionales del Derecho Administrativo
• Conjunto de principios que regulan la vida en común organizada jurídicamente. La Constitución es la ley superior del Estado y tiene supremacía frente a otras leyes.
Normas Ordinarias
• Son aquellas creadas por el Congreso de la República, denominado también asamblea legislativa o parlamento, el órgano permanente y ordinario de creación de la ley y que básicamente desarrollan y representan el acto de aplicación de los principios contenidos en las normas constitucionales.
Las Normas Ordinarias en ASPECTO FORMAL
• En sentido formal: La aplicación del criterio formal nos conduce a concebir la ley como todo acto emanado del Poder Legislativo.
Las Normas Ordinarias en ASPECTO MATERIAL
• En sentido material: La ley responde completamente a determinados intereses sociales, ya sean los de una clase minoritaria o de la mayoría. Según Laband. “Ley en sentido material es todo acto emanado del Estado que contenga una regla de Derecho Objetivo”.
Decretos
• Es una orden emitida por una autoridad a un gobernado; es decir, es una resolución emitida por un órgano público para un caso concreto, además de ser estudiado con una serie de variantes es considerado como una norma jurídica de rango inferior a la ley.
Diferencia entre Ley y Decreto
• Ley: Regula situaciones de carácter general, es un acto legislativo, la ley sí puede modificar al decreto, siempre que no resulte retroactivo en perjuicio del gobernado.
• Decreto: está supeditado tanto a la ley como al reglamento, es un acto administrativo, se ajusta en el fondo y en la forma a lo dispuesto en una ley para los actos de derecho público.
Clases de Decretos
Los decretos se dividen de la siguiente forma:
•Decreto Legislativo
•Decreto Judicial
•Decreto del Ejecutivo o del Administrativo
Decreto Legislativo
• Es el que señala que toda resolución del congreso tendrá el carácter de ley o decreto, para las cuestiones de procedimiento o de tipo administrativo que compete a las cámaras se utilizará la expresión de decreto.
Decreto Judicial
•Se compone de las resoluciones de trámite dictadas dentro de un proceso. Decreto del Ejecutivo o del Administrativo
•Se refiere a los actos administrativos que por su trascendencia y disposición de la ley deben ser refrenados y publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Tratados y Convenios Internacionales
• Son acuerdos que se celebran entre sujetos soberanos de Derecho Internacional con autoridad suficiente para crear, modificar o restringir una situación jurídica general o concreta.
Elementos de los Tratados y Convenios Internacionales
• Deben estar de acuerdo con la Constitución
• Deben celebrarse por el Presidente de la República
• El Congreso debe aprobarlos cuando se celebren con otros países a los tratados y convenciones.
Reglamentos del Derecho Administrativo
• Conjunto de normas jurídicas creadas por el titular de la administración pública que desarrollan principios establecidos en una ley, o bien una norma de carácter general, abstracta e impersonal expedida por el titular del ejecutivo, con la finalidad de lograr la aplicación de una ley previa.
Características del Reglamento
1. Tiene que ser firmado por el secretario de estado o jefe de departamento, a cuyo ramo competa el asunto y a esto se le llama referendo ministerial o secretarial.
2. Su procedimiento de creación es interno; es decir, dentro de la administración pública.
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