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Que es + SEGURO?


Enviado por   •  16 de Abril de 2014  •  Práctica o problema  •  2.006 Palabras (9 Páginas)  •  323 Visitas

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Que es + SEGURO?

El + SEGURO es el seguro regular al cual se encuentran afiliados obligatoriamente todos los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o como socios de cooperativas de trabajadores.

También son afiliados a este seguro los pensionistas que reciben pensión de jubilación, por incapacidad y de sobrevivencia.

¿En que centro asistencial se atiende un asegurado?

El centro asistencial se asigna de acuerdo a la dirección domiciliaria indicada en el DNI.

¿Que cobertura tiene este seguro?

Este seguro otorga cobertura por:

• Prestaciones de prevención y promoción: comprende la educación para la salud, evaluación y control de riesgos e inmunizaciones.

• Prestaciones de recuperación de la salud: comprende la atención médica, tanto ambulatoria como de hospitalización, medicinas e insumos médicos, prótesis y aparatos ortopédicos imprescindibles, servicios de rehabilitación.

• Prestaciones de Bienestar y promoción social: Comprende actividades de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el trabajo, orientadas a la promoción de la persona y protección de su salud.

• Prestaciones económicas: Es el monto de dinero que EsSalud otorga, para compensar una pérdida económica derivada de la incapacidad temporal para el trabajo (enfermedad o accidente), del parto, así como para contribuir al cuidado del recién nacido. Asimismo, se otorga a la persona que demuestre haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte del asegurado titular.

• Prestaciones de maternidad: consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período de puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido.

¿La familia también tiene derecho a este seguro?

Si, este seguro le brinda atención médica a sus derechohabientes que son:

1. La (el) cónyuge ó concubina (o)

2. Hijos menores de edad

3. Hijos mayores de edad incapacitados en forma total y permanente para el trabajo.

4. Madre gestante de hijo extramatrimonial.

¿Qué trabajadores comprende este seguro?

Este seguro comprende a:

• Trabajadores dependientes

• Trabajadores del hogar

• Trabajadores de construcción civil

• Trabajador portuario

• Pescador y Procesador artesanal independiente

• Trabajadores pesqueros y pensionistas ex afiliados a la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP).

• Pensionista

• Contrato Administrativo de Servicios (CAS )

¿Quiénes son Trabajadores Dependientes?

Es aquel que tiene relación de dependencia con uno o varios empleadores.

Su registro y declaración mensual se realiza a través del Programa de Declaración Telemática o Formulario Nº 402. Estos documentos se presentan en la red de bancos, o a través de SUNAT virtual. En el caso de las empresas consideradas Principales Contribuyente (PRICO) lo presentan en las dependencias de SUNAT).

Las fechas para la presentación mensual lo establece SUNAT.

¿Quién está a cargo de los aportes de los trabajadores?

La declaración y pago de los trabajadores está a cargo del empleador.

Base legal: Ley Nº 26790 (17.05.97) y su Reglamento D.S. Nº 009-97- SA (09.09.97) y las normas modificatorias: Ley Nº 28791 (21.07.06) y D.S. Nº 020-2006 TR (28.12.06)

¿Quiénes son Trabajadores del Hogar?

Se consideran como trabajadores del hogar a aquellas personas que efectúan labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de niños y demás propias de la conservación de una residencia o casa-habitación y el desenvolvimiento de la vida de un hogar, que no importen lucro o negocio para el empleador o sus familiares.

Deben laborar un mínimo de 4 horas diarias.

¿Dónde se registra al empleador y trabajador del hogar?

El registro del empleador y trabajador del hogar se realiza en las Intendencias, Oficinas Zonales o en los Centros de Servicios al Contribuyente de Sunat. El trámite deberá hacerlo personalmente el empleador, presentando el documento de identidad del empleador y trabajador.

- Sobre el Registro (Inscripción, Modificación y Baja en el registro)

- Sobre la declaración y pago de los aportes (Declaración y Pago).

¿En qué formularios se realiza la declaración y pago de aportes de los trabajadores del hogar?

La declaración y pago de aportes se realiza mensualmente utilizando el Formulario Nº 1076 y se presenta en la red de bancos.

¿Quiénes no pueden afiliarse como trabajadores del hogar?

Aquellos que tengan alguna familiaridad con el empleador, según el grado de parentesco de consanguinidad o afinidad:

Por consanguinidad hasta el cuarto grado:

En línea recta

1º grado- padres/ hijos

2º grado- abuelos/ nietos

3º grado- bisabuelos/ bisnietos

En línea colateral

2º grado- hermanos

3º grado- tíos/ sobrinos

4º grado- primos, sobrinos, nietos tíos, abuelos

Por afinidad (Parientes políticos) hasta el segundo grado:

En línea recta

1º grado- suegros/ yernos- nuera

2º grado- abuelos del cónyuge

En línea colateral

2º grado- hermanos del cónyuge (cuñados)

Asimismo, no puede existir relación laboral como trabajador del hogar entre los cónyuges

Base Legal: Ley Nº 27986 (03.06.03) y su Reglamento D.S. Nº 015-2003-TR (20.11.03) y Resolución de Superintendencia Nº 191-2005/SUNAT.

¿A quiénes se les llama Trabajadores de Construcción Civil?

Son trabajadores que prestan servicios en la actividad constructora caracterizados por la temporalidad de sus servicios supeditados a la ejecución de la obra.

Su registro y declaración mensual se realiza a través del Programa de Declaración Telemática o Formulario Nº 402. Estos documentos se presentan en la red de bancos, o a través de SUNAT virtual. En el caso de las empresas PRICO lo presentan en las dependencias de SUNAT.

Las fechas para la presentación mensual lo establece SUNAT.

¿Quién es el empleador del trabajador de construcción civil?

El empleador puede ser el contratista, sub contratista o el propietario de la obra.

¿Quién está a cargo de los aportes de los trabajadores?

La declaración y pago de los trabajadores está a cargo del empleador.

Base legal: Los trabajadores de Construcción Civil son afiliados regulares. No tienen una norma especial en lo que respecta a EsSalud. Por tanto se rigen a través de la Ley Nº 26790 (17.05.97) y su Reglamento D.S. Nº 009-97-

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