REGISTRO DE FORMACIÓN
Enviado por David Fuel • 31 de Marzo de 2021 • Biografía • 2.629 Palabras (11 Páginas) • 169 Visitas
REGISTRO DE FORMACIÓN | [pic 1] |
VERSIÓN: 3 | de |
FECHA: 2019-01-03 | RH-F-03 |
EJES TEMÁTICOS: SOCIALIZACIÓN NORMA TECNICA COLOMBIANA 5385 DEL 2011-09-14
FECHA : 2020-10-22
LUGAR : CDA LA PISTTA TULUÁ
Nº DE HORAS EJECUTADAS: __2__
No. | NOMBRES Y APELLIDOS ASISTENTES | CARGO | FIRMA | CALIFICACIÓN |
1 | VICTOR H. REVELO PERDOMO | Representante Legal | ||
2 | WILLIAM RODRIGUEZ RAMIREZ | Director técnico principal/coordinador de calidad | ||
3 | JOSÉ L.CASTRO VALDERRUTEN | Director Técnico Suplente / Coordinador SGSST | ||
4 | FRANCISCO J. RIVERA PÉREZ | Inspector de Línea | ||
5 | DANY D. SÁNCHEZ QUIÑÓNEZ | Auxiliar de Pista | ||
6 | DAVID CARDENAS RUBIANO | Auxiliar Servicios generales ll | ||
7 | OMAR FABIEL ESPINEL NOVA | Auxiliar de Atención al Cliente / Asistente Administrativo I | ||
Dentro de la premisa de la retroalimentación permanente del talento humano en aras de estar actualizados en la normatividad vigente que rige a los Centros de Diagnóstico Automotor, permitiendo la conservación de las competencias ostentadas, el fortalecimiento de las mismas, así como la unificación de criterios que permitan claridad en los temas y pasos a seguir dentro de diferentes situaciones que se puedan presentar dentro del proceso de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes RTM&EC, se socializan los ejes temáticos abordados en la Norma Técnica colombiana 5385 del 2011 realizados respectivamente el 2020-10-22 en Tuluá-valle en el Centro de Diagnóstico Automotor LA PISTTA TULUÁ, el cual se Establece las especificaciones para la prestación del servicio que debe cumplir los centros de diagnóstico automotor para realizar la revisión técnico- mecánica y de emisiones contaminantes de los vehículos automotores Es así como la Norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. En lo relacionado con los temas de la Norma técnica colombiana 5385 del 2011, se enfatizó en: CLASIFICACIÓN DEL SERVICIO DEL CDA SEGÚN SU CORBETURA: [pic 2] Los CDA de clase B,C Y D también podrán tener línea adicional para revisión de motocicletas INSPECCIÓN SENSORIAL: Examen que se realiza por personal competente según requerimientos específicos mediante percepción sensorial de los elementos del vehículo con la ayuda de instrumentos, sin retirar o desarmar partes del vehículo, atendiendo a probables ruidos, vibraciones anormales, holguras, fuentes de corrosión, soldaduras incorrectas, o desensamble de conjuntos. INSPECCIÓN MECANIZADA: Revisión que se realiza con ayuda de equipos establecidos en esta norma que reportan los resultados obtenidos de manera automática y sistematizada al servidor de datos sin la manipulación de éstos por parte del inspector. INDEPENDENCIA: Los centros de diagnósticos automotor no deben prestar servicios de venta, mantenimiento, reparación, transformación de vehículos automotores y la venta de repuestos para vehículos automotores ni la promoción comercial en publicidad relacionada con estos servicios. ESPECIFICACIONES LOCATIVAS: El CDA debe tener un único cerramiento perimetral y permanente que involucre toda el are física de las instalaciones del centro, con las porterías y acceso de vehículos y personas. El proceso de inspección de los vehículos debe realizarse en su totalidad dentro del encerramiento perimetral del CDA sin que haya lugar a salidas intermedias del vehículo del CDA. ALTURA Y ANCHOS MÍNIMOS DE LOS ACCESOS Y/O SALIDAS DEL CDA: [pic 3] Los accesos y salida del CDA deben estar regidas por la reglamentación urbanística de cada ciudad CONTINUIDAD DEL SERVICIO: Los CDA deben contar con planes documentados que permitan minimizar el impacto de los factores de riegos internos y externos que afecten la continuidad de servicio. CAPACIDAD INSTALADA POR REVISIÓN : El máximo número de vehículos que un CDA podría revisar por tipo de línea de revisión en función de su área física e instalaciones , es el siguiente: [pic 4] CAPACIDAD EFECTIVA POR REVISIÓN (CER) Para establecer el número de vehículos automotores que el CDA revisa en una hora se debe aplicar el siguiente procedimiento: Con los vehículos suficientes para realizar todas las pruebas en todas las líneas simultaneas, u con el personal necesario para cubrir el servicio, se toma los tiempos reales de cada prueba. El CDA debe hacer todo el alistamiento a que haya lugar de acuerdo con su proceso de revisión, y determinar cuál es el momento cero a partir del cual se medirá el tiempo total de 1 hora. El auditor determinara cuantos vehículos se han revisado y define la capacidad de atención la cual se comprara con la instalada. El número de vehículos revisados por día en cada línea no debe exceder la CER multiplicada por las horas hábiles trabajadas en el CDA. ILUMINACIÓN:
ÁREAS PARA LE PROCESO DE INSPECCIÓN:
DEMARCACIÓN: Zonas de revisión, circulación y estacionamiento de los vehículos deben estar claramente demarcadas en el piso con pintura y señalizadas adecuadamente donde se requiera. DISPOSICIONES GENERALES: Un CDA debe contar como mínimo con lo siguiente: Un cerramiento perimetral, que involucre toda el área física del Centro, con las porterías necesarias para el acceso y salida de vehículos y de personas. Restringir el acceso de personal no autorizado en las líneas de revisión. Vías internas para manejo del turno de espera o zonas de estacionamiento para recepción y entrega de los vehículos. Vías peatonales DISPOSICIÓN DEL ÁREA ADMINISTRATIVA:
AREAS PARA PRE-REVISION Y POST-REVISION: Debe contar con las áreas de pre-revisión y post-revisión y son áreas exclusivas para la ubicación del vehículo dentro del proceso de revisión y no áreas de parqueo para funcionarios y visitantes [pic 5] Los centros de diagnóstico exclusivos de motos deben contar como mínimo con dos parqueaderos para vehículos de 2,5 m x 5 m y tres para motos de 1 m x 2 m DISPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS: Deben estar en una zona cubierta con ventilación suficiente o un sistema de extracción de gases. Los CDA deben contar con un foso o equipo de elevación para la revisión visual de los vehículos. Área mínima requerida para línea de revisión de motos incluidas las áreas de circulación: 3 m x 12 m. Debe tener una iluminación de 600 lux MANIOBRABILIDAD: En las instalaciones del CDA se debe garantizar el libre flujo de los vehículos y su maniobrabilidad en todo momento. Los vehículos se estacionan en zonas donde no interfieren la salida de otros vehículos estacionados. La salida de un vehículo del área de estacionamiento se hace sin necesidad de mover otro vehículo.
Las vías de circulación no cruzan o interfieren con las líneas de inspección. HARDWARE: Los Centros de Diagnóstico Automotor, deben contar con los equipos computacionales necesarios para la captura, registro y transmisión de los datos generados en cada prueba instrumental y en la revisión visual, así como también con los necesarios para la emisión de certificados y traspaso de datos con el Ministerio de Transporte. SISTEMA DE INFORMACIÓN: El Centro de Diagnóstico Automotor debe contar con un software encargado de la captura de los datos de los equipos e instrumentos automatizados y los datos resultantes de la revisión visual. Así mismo, debe determinar si el vehículo está aprobado o rechazado y emitir el certificado correspondiente (revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes). SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Uso de contraseñas Todos los usuarios deben considerar los siguientes requisitos para el buen uso de las contraseñas:
INFORMACIÓN DE RESPALDO: Se deben almacenar diariamente, copias de respaldo de toda la información esencial del CDA y del software. Por consiguiente , se debe considerar los siguientes controles: Almacenar un nivel mínimo de información de respaldo Los soportes de respaldo se deben probar diariamente, donde sea factible, para asegurar que son fiables cuando sea preciso su uso en caso de emergencia. Se deben comprobar y probar regularmente los procedimientos de recuperación, para asegurar que son eficaces y que pueden cumplirse en el tiempo establecido por los procedimientos operativos de recuperación. BITÁCORAS DEL OPERADOR: El personal de operaciones debe mantener una bitácora de sus actividades. Las bitácoras deben incluir:
MANTENIMIENTO EQUIPOS DE COMPUTO Los equipos deben recibir el mantenimiento programado para asegurar su permanente disponibilidad e integridad, se deben considerar los siguientes controles:
CONTROLES CONTRA SOFTWARE MALICIOSO Se deben implementar controles de detección y prevención para protegerse contra software malicioso, y procedimientos apropiados de toma de conciencia de los usuarios.
MANTENIMIENTO: El Centro de Diagnóstico Automotor, debe contar con personal especializado o con contratos de mantenimiento periódico de los equipos. El mantenimiento debe incluir como mínimo:
CALIBRACION DE EQUIPOS DE MEDICIÓN: Se deben establecer un programa de calibración, los errores máximos permisibles en los equipos no deben superar los siguientes valores:
Los registros de calibración deben poder demostrar la trazabilidad metrológica a patrones nacionales e internacionales El CDA puede realizar las calibraciones de los equipos de medición o contratar los servicios a proveedores que le aseguren la trazabilidad metrológica. EQUIPOS DE LA LÍNEA DE REVISIÓN: GENERALIDADES
Ningún equipo de la línea de revisión debe permitir que el inspector tenga conocimiento previo del resultado final de la prueba, sea que el vehículo sea rechazado o aceptado.
La cancelación de una prueba debe tener la autorización del responsable de la operación de la línea, y debe quedar constancia en la base de datos de la cancelación y la respectiva justificación.
Los equipos que se instalen en los CDA deben cumplir con las normas eléctricas colombianas. LÍNEA MOTOS REVISIÓN VISUAL
ELEVADOR DE REVISIÓN
FRENÓMETRO
ALINEADOR DE LUCES: Sistema de alineación de paralelismo por medio de espejo como mínimo y poste central pivotante. Sistema de medida de altura por medio de escala en el poste central. Sistema de posicionamiento lateral del equipo con relación a la lámpara por medio óptico lumínico. Unidad de medida: Klux a 1m o lux a 25m Capacidad de inspeccionar: luces altas y luces bajas. SONÓMETRO: Debe cumplir con los requisitos establecidos por la autoridad competente ANALIZADOR DE GASES: Es el conjunto completo de todos los accesorios y elementos necesarios para la determinación de las concentraciones de los diferentes contaminaciones en los gases de escape de los vehículos accionados a gasolina o mezcla gasolina y aceite Los equipos para análisis de gases deben cumplir con la NTC 5365. ATENCIÓN AL USUARIO:
PERSONAL CDA: El CDA debe contar como mínimo con un director técnico e inspector de línea El personal mencionado debe tener conocimiento adquiridos con una combinación de educación ,entrenamiento y experiencia en :
Esta instrucción se finaliza mediante una comprobación de asimilación del eje temático por medio de preguntas verbales que se complementan además con la resolución de dudas o complemento a las respuestas en aras de dar por transmitido y entendido el eje temático. |
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