REGULARIZACIÓN DE PROCEDIMIENTO
Enviado por camilosaro • 14 de Abril de 2015 • 853 Palabras (4 Páginas) • 572 Visitas
H. PRIMERA SALA REGIONAL DEL NORESTE
DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
EXPEDIENTE: 1886/11-06-01-8
ASUNTO: REGULARIZACIÓN DE PROCEDIMIENTO.
Lic. Camilo Saro Ruiz, representante procesal de PIRCO MÉXICO, S.A. DE C.V. en términos del artículo Quinto de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, personalidad que se encuentra debidamente acreditada y reconocida por este H. Tribunal en los autos que obran en el expediente citado al rubro, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, aún las de carácter personal, el ubicado en la Avenida Lázaro Cárdenas 2400, Edificio Losoles Despacho A-33 en el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, Código Postal 66269, estando ante ésta H. Autoridad Jurisdiccional comparezco a exponer:
Que por medio del presente escrito, y con fundamento en el artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en el presente juicio, me permito solicitar se suspendan de plano todos los términos procesales en el juicio que nos atañe, a efecto de que se proceda a la REGULARIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO dentro del expediente que se cita al rubro, con objeto de que mi representada este en posibilidad procesal de ampliar la demanda de acuerdo a lo que establece el artículo 17 fracción IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Se insiste en que deben suspenderse los términos procesales en este juicio, ya que el día 6 de septiembre del año que transcurre el H. Magistrado instructor emitió acuerdo notificado el día 29 de ese mes y año, en el que se concede término para formular alegatos, sin considerar que la demandada en el expediente administrativo que agrega a su contestación aporta elementos desconocidos por la actora, como lo son supuestos acuerdos de (i) apertura de periodo probatorio en sede administrativa, (ii) para alegatos y (iii) de preclusión de alegatos y sus presuntas notificaciones personales, por tal razón sería procedente que esta H. Sala regularice el procedimiento litigioso, atento a lo que dispone el artículo 58 del Código Federal de Procedimiento Civiles en vigor, dejándose sin efectos el acuerdo en el que se convoca a alegatos y se conceda a mi representada el término de veinte días hábiles para que amplíe su demanda, de conformidad con el artículo 17 fracción IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, puesto que seguir un criterio distinto ocasionaría hacer nugatorio el derecho subjetivo público, convertido en prerrogativa procesal que tiene la demandante de ampliar la demanda y controvertir tales elementos o consentirlos y que fueron oportunamente ofrecidos por la actora (expediente administrativo) y requeridos por este Tribunal, como acontece en la especie y para mejor proveer me permito transcribir
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