RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO.
Enviado por anicarola • 18 de Agosto de 2014 • 1.979 Palabras (8 Páginas) • 351 Visitas
RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO.
La relación individual que se establece entre el empleador y un trabajador dependiente es, por regla general, un contrato de trabajo.
Duración de la relación de trabajo
La LFT establece que el trabajo puede ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. En tanto no se estipule formalmente, esta relación será por tiempo indeterminado. La indicación de la obra determinada sólo puede establecerse siempre y cuando lo requiera su naturaleza.
Suspensión individual
Los efectos de la relación de trabajo pueden suspenderse, rescindirse o terminarse.
Relaciones laborales
Suspensión como sanción
En muchas ocasiones se suspende al trabajador por la comisión de una falta grave y por la necesidad de aplicar una medida disciplinaria. La Ley nos da las condiciones necesarias para la sanción:
Que exista un Reglamento Interior de Trabajo
Que no exceda de ocho días
Que antes de aplicar la sanción se escuche al trabajador
Que se establezcan los supuestos específicos de la sanción
Que se precisen los procedimientos para que la sanción opere
Fin de la relación
Para dar por terminada la relación de trabajo debe estarse en todo caso a lo previsto en la ley (ver Figura 7.2.) o en su caso proceder a su rescisión (Artículos 47 y 51), si no se esta en alguno de los supuestos que se establecen la organización se encontrará ante un despido injustificado.
Causas de terminación de las relaciones de trabajo
Relaciones laborales
Rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón.
De igual manera existen causas que son imputables al empleado, es decir hechos o situaciones que son realizadas por los empleados, y que no constituyen responsabilidad para el patrón.
Engaño con la presentación, por parte del trabajador o sindicato, de documentos falsos.
Incurrir en faltas graves de honradez o actos de violencia en contra del patrón, empresa o compañeros de trabajo, dentro de sus horas de labor o fuera de su horario de trabajo, en contra del personal directivo o sus familiares.
Ocasionar intencionalmente perjuicios materiales en las instalaciones o equipo
Comprometer la seguridad de las instalaciones o personas que se encuentren en ellas
Cometer actos inmorales en el lugar de trabajo.
Rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador.
Existen otras circunstancias que pueden provocar la terminación de la relación laboral, que son responsabilidad del patrón.
El trabajador puede concluir la relación de trabajo, por causa imputable al patrón, en los siguientes casos:
Engaño del patrón o de la asociación patronal (Artículo 51 – I), falta de probidad (Artículo 51 – II y III), disminución del salario (Artículo 51 – IV y V), útiles de trabajo (Artículo 51 – VI, 132 – III y IV), seguridad y salud (Artículo 51 – VII y VIII), analogía. La aplicación de este principio supone la existencia de causas tan graves que impidan la continuación de la relación laboral.
Condiciones generales de trabajo.
La Ley Federal del Trabajo señala como condiciones de trabajo:
• la jornada laboral
• días de descanso
• vacaciones
• salario
• aguinaldo
Las condiciones de trabajo deberán ser establecidas en sus contratos individuales, colectivos o ley de trabajo y en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en la Ley.
Causales de terminación de la relación de trabajo
La relación laboral termina en el momento en que deja de existir el vínculo jurídico-laboral entre el patrono y el trabajador. La terminación de la relación laboral se encuentra tutelada entre los artículos 98 al 111 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Son diversas las causas legales que pueden causar la terminación de una relación de trabajo, pero básicamente depende de la clasificación del trabajo.
En primer lugar, la relación laboral puede terminar por la finalización de la obra en caso de contrato para una obra determinada, según lo previsto en el artículo 75 de la Ley Orgánica del Trabajo.
En segundo lugar, la relación de trabajo puede concluir por la expiración del tiempo en caso de contrato por tiempo determinado, según lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica del Trabajo.
En tercer lugar, la relación de trabajo puede terminar por las causales legales para la terminación de un contrato laboral. Estas causas son despido justificado o injustificado, retiro justificado o injustificado, por acuerdo de la voluntad común de las partes o debido a causa ajena a la voluntad de ambas.
Tipos de contratos en materia laboral.
a).-Contrato Individual de Trabajo
Cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual, una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
b).- Contrato Colectivo de Trabajo
Es el convenio celebrado entre uno varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse un trabajador, en una o más empresas o establecimientos.
c).- Contrato Ley
Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas o una o varias Zonas económicas que abarque una o más dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.
La Ley Federal del Trabajo (en lo sucesivo LFT), establece en su artículo 25, que los empleadores se encuentran obligados a establecer las condiciones de trabajo con sus empleados, a través de Contratos por escrito, en caso de no cumplirse con dicha obligación legal, éstos se hacen acreedores a sanciones de carácter administrativo y legal.
Los contratos individuales de trabajo especifican las condiciones de trabajo a que se refiere el artículo mencionado y que a continuación se detallan:
1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio del trabajador y del patrón.
2. Tipo de la relación de trabajo.
3. El servicio que debe prestarse.
4. El lugar en el que deba prestarse el servicio.
5. La duración de
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