Relaciones individuales de trabajo
Enviado por touch95 • 6 de Mayo de 2013 • Ensayo • 493 Palabras (2 Páginas) • 1.814 Visitas
RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO
Principios Generales
La relación de trabajo puede nacer de un contrato, esto es, de un acuerdo de voluntades libremente alcanzado o puede tener otro origen. Así se establece en el artículo 20 de la ley:
“Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, al prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos”.
De acuerdo a esta definición podrían destacarse los siguientes elementos:
a) Elementos subjetivos: Trabajador, patrón.
b) Elementos objetivos: Prestación de un trabajo personal subordinado. Pago de un salario.
Parece que, de manera necesaria, e sujeto “patrón” habrá de tener el carácter de persona. Sin embargo esta idea ya no resulta actual ni congruente con la tendencia patrimonial que se apunta en la propia ley, cuando se destaca el concepto de empresa como “unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios”.
La ley establece que la existencia del contrato y de la relación de trabajo se presume entre el que presta un trabajo persona y el que lo recibe (art. 21).
Existe la presunción de que toda persona que presta un servicio personal, está bajo la protección de la legislación aboral, a menos que el patrón demuestre lo contrario.
Esta presunción ha sido atacada por los empresarios para anular esa ventaja de los trabajadores y lo han hecho de diversas formas: el caso de la contratación de los servicios de los agentes de comercio, bajo contratos de comisión mercantil; el de los trabajadores del volante cuya relación laboral a veces trata de encubrirse con el contrato de arrendamiento; el de los profesionistas a quienes se pretende someter a contratos civiles de prestación de servicios profesionales, etc.
Concepto
“Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo, personal subordinado, mediante el pago de un salario”.
Si se le da la obligación de prestar un trabajo personal subordinado a otra persona y la de pagar un salario, no importando qué denominación se le dé a aquélla, existe un contrato de trabajo y estará sujeto a las normas laborales.
La esencia del contractualismo en el derecho del trabajo radica en la afirmación de que el vínculo que se establece entre el trabajador y el patrón estará necesariamente originado por un acuerdo de voluntades, aunque ese vínculo en alguno de los casos
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